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Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a Novo Banco Gestión, S.G.I.I.C., SAU, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 80 e) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, se procede a publicar, conforme a lo establecido en su artículo 94, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la CNMV de fecha 30 de mayo de 2018 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente Acuerdo:
− Imponer a Novo Banco Gestión, S.G.I.I.C., SAU, por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 80 e) de la Ley 35/2003, de 4 de noviembre, de Instituciones de Inversión Colectiva, por el incumplimiento de los límites de inversión establecidos en el artículo 30.2 de la misma norma, con perjuicio grave de los intereses de los partícipes, multa por importe de 85.000 euros (ochenta y cinco mil euros).
La Resolución que impone la sanción indicada en la presente publicación únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.
Madrid, 4 de septiembre de 2018.−El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Sebastián Albella Amigo.
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