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Documento BOE-A-2018-12685

Resolución de 28 de agosto de 2018, de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, por la que se determina el sometimiento del neuroestimulador del ganglio esfenopalatino para el tratamiento de cefaleas en racimos crónicas refractarias a estudio de monitorización y se establecen sus requisitos específicos.

Publicado en:
«BOE» núm. 226, de 18 de septiembre de 2018, páginas 90294 a 90295 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social
Referencia:
BOE-A-2018-12685

TEXTO ORIGINAL

El artículo 4 de la Orden SSI/1356/2015, de 2 de julio, por la que se modifican los anexos II, III y VI del Real Decreto 1030/2006, de 15 de septiembre, por el que se establece la cartera de servicios comunes del Sistema Nacional de Salud y el procedimiento para su actualización, y se regulan los estudios de monitorización de técnicas, tecnologías y procedimientos, señala que se dictaminará el sometimiento de una técnica, tecnología o procedimiento a estudio de monitorización mediante resolución de la persona titular de la Dirección General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia. En dicha resolución se establecerán los requisitos técnicos específicos de cada estudio de monitorización, a propuesta de la Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación, y se determinará la Agencia de evaluación que se encargará de la coordinación técnica del estudio.

La Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación acordó someter a estudio de monitorización el neuroestimulador del ganglio esfenopalatino para el tratamiento de cefaleas en racimos crónicas refractarias, a la vista del correspondiente informe de evaluación presentado el 20 de marzo de 2018, y el 17 de mayo de 2018 se le remitió a la citada Comisión el contenido de esta resolución, a la que dieron su conformidad.

En aplicación de lo señalado en el artículo 4 de la Orden SSI/1356/2015, de 2 de julio, esta Dirección General resuelve:

Primero.

Se somete a estudio de monitorización el neuroestimulador del ganglio esfenopalatino para el tratamiento de cefaleas en racimos crónicas refractarias, incluido en la cartera común de implantes quirúrgicos dentro del epígrafe NQ 1 0 3 3 Generador para estimulación periférica de otras localizaciones, para el tratamiento del dolor crónico refractario a tratamientos médicos y quirúrgicos convencionales.

Segundo.

La Agencia de Evaluación de Tecnologías Sanitarias del Instituto de Salud Carlos III se encargará de la coordinación técnica del estudio de monitorización.

Tercero.

Para determinar los centros participantes en el estudio de monitorización se deberá seguir el correspondiente procedimiento de designación de centros acordado por la Comisión de prestaciones, aseguramiento y financiación.

La propuesta de designación de cada centro formulada por la respectiva comunidad autónoma será ratificada por la Subdirección General de Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Fondos de Compensación, una vez comprobada que la documentación aportada está completa y cumple las condiciones exigidas en el correspondiente protocolo.

Cuarto.

Los centros participantes deberán estar inscritos en el Registro general de centros, servicios y establecimientos sanitarios (REGCESS) con la oferta asistencial que se establezca en el correspondiente protocolo.

Cuando se trate de una alianza de centros, tendrá que disponer de la autorización sanitaria de funcionamiento como tal alianza de la comunidad autónoma donde estén ubicados los centros, servicios o unidades que forman parte de ella, cada uno de los cuales deberá estar inscrito en REGCESS.

Quinto.

Los centros participantes en este estudio de monitorización utilizarán el Sistema de Información de los Estudios de Monitorización (SIEM) para facilitar los datos de los casos intervenidos a la Agencia coordinadora. El acceso a SIEM se realiza a través de la dirección https://siem.msssi.es.

Sexto.

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 28 de agosto de 2018.–La Directora General de Cartera Básica de Servicios del Sistema Nacional de Salud y Farmacia, Patricia Lacruz Gimeno.

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