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En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, el artículo 57 del Reglamento Notarial, según la redacción dada por el Real Decreto 45/2007, de 19 de enero, y visto el expediente personal del notario de Leganés, don Joaquín Antonio Osuna Costa, del cual resulta que ha cumplido la edad en que legalmente procede su jubilación.
Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 10 g) del Real Decreto 725/2017, de 21 de julio, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado notario por haber cumplido la edad legalmente establecida.
Madrid, 10 de septiembre de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado, Pedro José Garrido Chamorro.
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