Está Vd. en

Documento BOE-A-2018-13687

Resolución de 6 de junio de 2018, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones la Fundación Amigos de Monkole.

Publicado en:
«BOE» núm. 243, de 8 de octubre de 2018, páginas 97672 a 97673 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2018-13687

TEXTO ORIGINAL

Examinada la solicitud de inscripción de la Fundación Amigos de Monkole resultan los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación anteriormente citada fue constituida por don Enrique Barrio García según consta en la escritura pública, otorgada ante el notario de Madrid Don Manuel de Cueto García el 26 de junio de 2017 con el número 2750 de protocolo complementada por otra otorgada ante el mismo notario el 1 de marzo de 2018 con el número 1064 de protocolo.

Segundo. Domicilio y ámbito de la Fundación.

El domicilio de la Fundación quedó establecido en la calle Caribe número 4, escalera 1.ª, 5.º B, 28027 Madrid, y su ámbito de actuación se extiende a todo el territorio del Reino de España

Tercero. Dotación.

Dotación inicial: Treinta mil setenta y un euro (30.071 €). La dotación es dineraria y ha sido desembolsada íntegramente según se acredita con el certificado bancario.

Dicha dotación está sujeta al principio de subrogación real del patrimonio y, en caso de enajenación o gravamen, requerirá autorización del Protectorado en los términos previstos en la Ley.

Cuarto. Fines de la Fundación.

La prosecución de la asistencia y la inclusión social.

La cooperación para el desarrollo.

La promoción del voluntariado.

La defensa de la igualdad social.

La mejora de la asistencia sanitaria.

El desarrollo científico y la investigación en el marco social y sanitario.

La formación y educación en valores de cooperación y solidaridad.

Quinto. Patronato.

Don Enrique Barrio García, don José-Enrique Izquierdo Revilla, don Ignacio Echevarría Munguira, don Ignacio Gil Miró, don Ángel López Barona, don Pablo Táuler San Miguel, doña Elena Ordovás Calafat, doña Beatriz Rodríguez-Rabadán Benito y doña María Rodríguez-Rabadán Benito.

Cargos:

Presidente: don Enrique Barrio García.

Vicepresidente: don Ignacio Gil Miró.

Secretario: don José-Enrique Izquierdo Revilla.

Vocales: don Ignacio Echevarría Munguira, don Ángel López Barona, don Pablo Táuler San Miguel, doña Elena Ordovás Calafat, doña Beatriz Rodríguez-Rabadán Benito y doña María Rodríguez-Rabadán Benito.

Consta la aceptación de los cargos indicados por parte de las personas anteriormente citadas.

Fundamentos de derecho

Primero.

Resultan de aplicación para la resolución del expediente:

El artículo 34 de la Constitución Española, que reconoce el derecho de fundación para fines de interés general.

La Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

El Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de competencia estatal.

El Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal.

La Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispone la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal y demás disposiciones concordantes.

El Real Decreto 1066/2015, de 27 de noviembre por el que se modifica el Real Decreto 257/2012, de 27 de enero, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Educación, Cultura y deporte y se crea el Protectorado de las Fundaciones de competencia estatal.

Segundo.

Según los artículos 35.1 de la Ley de Fundaciones, el 43 del Reglamento de Fundaciones de competencia estatal y el 31.3 del Real Decreto 1611/2007, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro de fundaciones de competencia estatal, la inscripción de las Fundaciones requerirá el informe favorable del Protectorado en cuanto a la idoneidad de los fines y en cuanto a la adecuación y suficiencia de la dotación, constando en el expediente informe favorable del Protectorado de Fundaciones de fecha 26 de marzo de 2018.

Tercero.

Según la Orden PRE/2537/2015, de 26 de noviembre, por la que se dispuso la entrada en funcionamiento y la sede del registro de Fundaciones de Competencia Estatal se procede a la inscripción de la Fundación en este Registro de Fundaciones.

Por todo lo cual, resuelvo:

Inscribir en el Registro de Fundaciones la Fundación Amigos de Monkole, su Patronato y cargos dentro del mismo.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de la presente notificación, ante la Subsecretaría del Ministerio de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 y concordantes, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 6 de junio de 2018.–El Director General de los Registros y del Notariado del Ministerio de Justicia, Francisco Javier Gómez Gálligo.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid