En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto-ley 13/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para el refuerzo de la lucha contra el fraude fiscal, en la Seguridad Social, en el ámbito laboral y del control del gasto, para la mejora en la prestación de determinados servicios a los ciudadanos, y por el que se crean especialidades en Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y sus organismos públicos; en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018, así como de lo previsto en el apartado B.2. del Real Decreto 895/2011, de 24 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco, en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y su Acuerdo complementario número 1, y con el fin de atender a las necesidades de personal de la Administración pública.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 y la disposición adicional quinta de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social, el Cuerpo de Subinspectores de Empleo y Seguridad Social pasa a denominarse Cuerpo de Subinspectores Laborales, contando con dos escalas especializadas, la Escala de Empleo y Seguridad Social y la Escala de Seguridad y Salud Laboral.
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Seguridad y Salud Laboral.
La presente convocatoria tiene en cuenta el principio de igualdad de trato entre hombres y mujeres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y lo previsto en la Resolución de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, de 26 de noviembre de 2015, por la que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre Mujeres y Hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos.
Esta convocatoria se desarrollará de acuerdo con las siguientes bases:
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (Boletín Oficial del Estado núm. 174, de 22 de julio de 2017.
Bases específicas
La presente convocatoria, se publicará, entre otras, en la página web www.administración.gob.es y en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.meyss.es/itss.
1. Descripción de las plazas
1.1 Se convoca proceso selectivo para cubrir un total de 126 plazas del Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Seguridad y Salud Laboral, Código 1504, por el sistema general de acceso libre; 60 son las comprendidas en el artículo 2 del Real Decreto-ley 13/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para el refuerzo de la lucha contra el fraude fiscal, en la Seguridad Social, en el ámbito laboral y del control del gasto, para la mejora en la prestación de determinados servicios a los ciudadanos, y por el que se crean especialidades en Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y sus organismos públicos; otras 60 son las comprendidas en el Anexo I del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018, y 6 plazas se convocan a petición del Departamento de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco de conformidad con lo previsto en el apartado B.2. del Real Decreto 895/2011, de 24 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco, en materia de Función Pública Inspectora de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y su Acuerdo complementario número.
Del total de las 126 plazas antes señaladas, se reservarán 6 plazas para quien tenga la condición legal de persona con discapacidad, con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, y que sea compatible con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 59.1 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, correspondiendo 3 plazas a las comprendidas en el en el artículo 2 del Real Decreto-ley 13/2017, de 7 de julio, por el que se aprueba una oferta de empleo público extraordinaria y adicional para el refuerzo de la lucha contra el fraude fiscal, en la Seguridad Social, en el ámbito laboral y del control del gasto, para la mejora en la prestación de determinados servicios a los ciudadanos, y por el que se crean especialidades en Cuerpos y Escalas de la Administración del Estado y sus organismos públicos, y otras 3 a las comprendidas en el Anexo I del Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por la que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018.
De acuerdo con lo previsto en el artículo 4.9 del Real Decreto 955/2018 de 27 de julio, las plazas no cubiertas en el cupo de reserva para personas con discapacidad no se acumularán a las de acceso general.
En el supuesto de que alguno de los aspirantes con discapacidad que se hubiera presentado por el cupo de reserva superase los ejercicios, y no obtuviese plaza en el citado cupo, siendo su puntuación superior a la obtenida por otros aspirantes del sistema de acceso general, éste, será incluido por su orden de puntuación en el sistema de acceso general.
1.2 De conformidad con lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad, los interesados deberán formular la correspondiente petición concreta en la solicitud de participación, adjuntando el dictamen técnico facultativo en los términos establecidos en el Anexo I de la citada Orden, en el que reflejarán sus necesidades específicas.
2. Proceso selectivo
2.1 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
2.2 La duración máxima de la fase de oposición será de nueve meses; en todo caso, la celebración del primer ejercicio de la citada fase, tendrá que celebrarse en un plazo máximo de cuatro meses contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
2.3 Este proceso incluirá la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso selectivo, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
2.4 Se adoptarán las medidas precisas para que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones que el resto de los aspirantes en la realización de los ejercicios. En este sentido, para las personas con discapacidad, que así lo hagan constar en su solicitud, se establecerán las adaptaciones posibles en tiempos y medios para su realización. A efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de lo solicitado, el candidato adjuntará el Dictamen Técnico Facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad competente, acreditando de forma fehaciente, las condiciones permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido.
2.5 Las fechas de la celebración de los ejercicios del presente proceso selectivo pueden coincidir con las fechas de celebración de otros procesos selectivos.
3. Programas
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II en esta convocatoria.
4. Titulación
De acuerdo con lo previsto en la disposición adicional quinta de la Ley 23/2015, de 21 de julio, los aspirantes deberán estar en posesión o en condiciones de obtener el título universitario oficial de Graduado adscrito a la rama del conocimiento de ciencias, ciencias de la salud, o ingeniería y arquitectura. Asimismo, seguirán siendo válidos para el acceso a dicha Escala los títulos de la ordenación universitaria anterior en los términos previstos en el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, siempre que se trate de títulos que se correspondan con dichas ramas o áreas de conocimiento.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Nacionalidad
Sólo podrán participar los candidatos de nacionalidad española, según lo establecido en el Anexo del R.D. 543/2001, de 18 de mayo.
6. Solicitudes
6.1 Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 (aprobado por Resolución de 16 de junio de 2016 de la Secretaria de Estado de Administraciones Públicas («B.O.E» de 21 de junio), disponible en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/pag/ips), y en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.mitramiss.es/itss.
6.2 La presentación se realizará por cualquiera de los medios siguientes:
a) Los interesados podrán presentar su solicitud por vía electrónica haciendo uso del servicio de Inscripción en Procesos Selectivos del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/pag/ips), siguiendo las instrucciones que se vayan indicando en el mismo. Para la presentación por este medio es requisito previo poseer un certificado digital de persona física válido, o el DNI electrónico con los certificados activados.
La presentación por esta vía permitirá, siguiendo las instrucciones que se le indiquen en pantalla, lo siguiente:
1. Inscripción en línea del modelo 790.
2. Anexar documentos a su solicitud en formato PDF.
3. Pago electrónico de las tasas.
4. El registro electrónico de la solicitud.
Una vez completados los datos requeridos en la solicitud, y pulsando sobre el botón de «Inscribirse», se mostrará una pantalla de progreso en la que se confirmarán todos los pasos efectuados en el proceso de inscripción. El trámite se da por completado cuando se muestren los justificantes de pago y registro de la inscripción, en caso contrario el proceso no se considerará completado.
El pago electrónico de la tasa de derechos de examen se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministerio de Hacienda (BOE de 2 de abril), por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus Organismos Públicos. La constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el Número de Referencia Completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
En las solicitudes presentadas por vía telemática, la documentación adicional que deba remitirse junto con la solicitud, se podrá anexionar en documento PDF a la solicitud telemática o presentarla directamente en los lugares previstos en la letra b).
b) Los interesados podrán presentar su solicitud en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, disponible en el Punto de Acceso General (http://administracion.gob.es/pag/ips) y en la página web de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social www.mitramiss.es/itss.Una vez cumplimentados todos los datos solicitados de dicho formulario, se pulsará, en la parte inferior del mismo, la opción «generar solicitud», imprimiendo de esta forma tres copias. («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»).
En este supuesto, el pago de la tasa de derechos de examen se efectuará, junto con la presentación de los tres ejemplares generados de la solicitud, en cualquier banco, caja de ahorros de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica, o en su defecto, sello y firma autorizado de la misma en el espacio reservado para ello.
Una vez cumplimentada, firmada y abonada la tasa por los derechos (salvo los supuestos en que se exime el abono de la misma), se deberá presentar la solicitud en el Registro General del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, así como en los registros de las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno de la Administración General del Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado decimocuarto de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio, por la que se establecen las bases comunes que regirán los procesos selectivos para ingreso o acceso en cuerpos o escalas de la Administración General del Estado.
6.3 En todo caso, la solicitud deberá presentarse en un plazo de veinte días hábiles contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
6.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
7. Tribunal
7.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como Anexo III a esta convocatoria.
7.2 El Tribunal de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
7.3 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Escuela de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, calle Rafael Alberti número 18, Madrid 28071, teléfono (91) 363.28.00, dirección de correo electrónico tribunalsubinspectoresseguridad@mitramiss.es, correo que no tiene la consideración de registro telemático.
8. Desarrollo del proceso selectivo
El orden de actuación de los aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra «Ñ» según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, de 11 de abril de 2018 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de abril de 2018). En el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo primer apellido comience por la letra «Ñ» el orden de actuación se iniciará por aquellos cuyo primer apellido comience por la letra «O» y así sucesivamente.
9. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente Resolución, se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del correspondiente Tribunal Superior de Justicia, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015 de 1 de octubre, de procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, significándose, que en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 11 de octubre de 2018.–El Subsecretario de Trabajo; Migraciones y Seguridad Social, Raúl Riesco Roche.
1.1 El proceso selectivo para ingresar en el Cuerpo de Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Seguridad y Salud Laboral constará de dos partes:
a) Fase de oposición.
b) Curso Selectivo de Formación.
1.1.a) Fase de oposición: La fase de la oposición se realizará en Madrid y constará de los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio:
El opositor deberá contestar, por escrito, en el plazo máximo de dos horas, a un cuestionario de 40 preguntas, que versarán sobre el contenido del programa que figura en el Anexo II.
De las 40 preguntas, 20 se referirán a las materias incluidas en la primera parte del programa: Organización del Estado, de la Administración Pública y de la Unión Europea. Derecho Administrativo y Derecho Mercantil. Temas generales de empresa, relaciones laborales y Seguridad Social. Organización y procedimiento. Las otras 20 corresponderán a la segunda parte: Conceptos Generales de la Prevención de Riesgos Laborales. Seguridad en el Trabajo. Condiciones de Seguridad en determinados sectores de actividad. Higiene Industrial. Ergonomía y psicosociología aplicada.
Cada aspirante entregará el ejercicio siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura posterior de este ejercicio.
Segundo ejercicio:
Consistirá en la contestación por escrito, durante el plazo máximo de tres horas, de 10 preguntas que versarán sobre las siguientes partes del programa.
– Cinco preguntas corresponderán al segundo bloque de la primera parte: Organización y procedimiento, y al primer bloque de la segunda parte: Conceptos Generales de la Prevención de Riesgos Laborales. Seguridad en el Trabajo.
– Cinco preguntas corresponderán al segundo bloque de la segunda parte: Condiciones de Seguridad en determinados sectores de actividad. Higiene industrial. Ergonomía y psicosociología aplicada.
Las preguntas podrán corresponderse con un epígrafe completo o con una parte del mismo.
Cada aspirante entregará el ejercicio siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura posterior de este ejercicio.
En este ejercicio se valorarán los conocimientos, el orden de ideas y la claridad de la expresión escrita, así como su forma de presentación o exposición.
Tercer ejercicio:
Consistirá en la resolución por escrito, durante el plazo máximo de tres horas, de un supuesto de Inspección sobre materias relativas a: Organización y procedimiento. Conceptos Generales de la Prevención de Riesgos Laborales. Seguridad en el Trabajo. Condiciones de Seguridad en determinados sectores de actividad. Higiene industrial. Ergonomía y psicosociología aplicada, que podrá incluir la redacción de algunos documentos que de dicho supuesto se deriven.
Cada aspirante entregará el ejercicio siguiendo las instrucciones del Tribunal, que garantizará, en todo caso, el anonimato del aspirante. No habrá lectura posterior de este ejercicio. En este ejercicio se valorará el conjunto de ideas para la elaboración de una propuesta razonada, la sistemática y la claridad de exposición escrita.
1.1.b) Curso Selectivo de Formación: Los opositores que hubieran superado la Fase de oposición asistirán a un Curso Selectivo de Formación, de carácter teórico-práctico, que tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos para la preparación específica y práctica de los aspirantes para el mejor desempeño de la función inspectora, dentro del ámbito competencial de los Subinspectores Laborales pertenecientes a la Escala de Seguridad y Salud Laboral, establecido en la Ley 23/2015, de 21 de julio, y su normativa de desarrollo.
Este curso tendrá una duración máxima de tres meses.
1.2 Calificación.
a) Los ejercicios de la fase de oposición se calificarán de la forma siguiente:
Primer ejercicio: Se calificará de cero a 40 puntos. Para superarlo será necesario obtener un mínimo de 20 puntos, siempre que en ninguno de los dos grupos de 20 preguntas se haya obtenido una calificación inferior a 5 puntos.
Segundo ejercicio: Se calificará de 0 a 20 puntos. Cada pregunta se calificará con un máximo de 2 puntos. Para superarlo será necesario obtener, al menos, 10 puntos, siempre que no se tuviera una calificación inferior a cuatro puntos en cada uno de los bloques.
Tercer ejercicio: Se calificará de cero a 30 puntos y para superarlo será necesario obtener, al menos, 15 puntos.
A las personas que participen por el turno de reserva de discapacidad que superen algún ejercicio con una nota superior al 60 por ciento de la calificación máxima del mismo, se les conservará la puntuación obtenida en la convocatoria inmediata siguiente, siempre y cuando ésta sea análoga en el contenido y forma de calificación.
La puntuación final de la fase de oposición vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
En caso de empate, el orden se establecerá atendiendo a la mayor nota obtenida en la fase de oposición. De persistir el empate, a la mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio; si en éste la nota fuese igual, a la obtenida en el tercero y, finalmente, la nota del segundo.
b) El Curso Selectivo de Formación: El curso selectivo de formación se valorará al finalizar, mediante la realización de un examen final práctico sobre las materias impartidas en el mismo. Este examen se calificará de cero a diez puntos, siendo necesaria la obtención de un mínimo de cinco para superar el curso selectivo. Quienes hubiesen superado la fase de oposición y no hubiesen superado el curso selectivo de formación, quedarán exentos de realizar la fase de oposición en la convocatoria siguiente, conservando las calificaciones obtenidas, siempre que en la misma se contengan unos ejercicios de similares características.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán incorporarse al inmediatamente posterior intercalándose en el lugar que les corresponda de acuerdo con la puntuación obtenida.
La puntuación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo de formación.
Periodo de prácticas: Los aspirantes que hubieran superado el proceso selectivo realizarán un periodo de prácticas que podrá prolongarse hasta el nombramiento como funcionarios de carrera. Estas prácticas podrán efectuarse en una provincia distinta a la de su residencia habitual.
Primera parte
Primer bloque
Organización del Estado, de la Administración Pública y de la Unión Europea
Tema 1. La Constitución española de 1978: Estructura y contenido. Derechos y deberes fundamentales. Principios rectores de la política social y económica. El Tribunal Constitucional. El Defensor del Pueblo. La Corona. Funciones constitucionales del Rey. El refrendo.
Tema 2. El Congreso: composición y atribuciones. El Senado: composición y atribuciones. Procedimiento de elaboración de las leyes. El Gobierno y la Administración. Relaciones entre el Gobierno y las Cortes Generales. El Poder Judicial en la Constitución. El Consejo General del Poder Judicial.
Tema 3. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; objeto y ámbito de aplicación. Estructura de la Administración General del Estado. Organización central de la Administración General del Estado. Organización territorial de la Administración General del Estado. Las Delegaciones y Subdelegaciones del Gobierno. Los servicios territoriales.
Tema 4. Las Comunidades Autónomas: Constitución y competencias. Estatutos de Autonomía. El sistema institucional de las Comunidades Autónomas. La provincia. El municipio. Relaciones entre las Administraciones Públicas, colaboración y cooperación.
Tema 5. La Unión Europea. El Derecho Comunitario. Sus Fuentes. El Derecho Originario: los Tratados. El Derecho Derivado: Los Reglamentos, las Directivas, las Decisiones, las Recomendaciones y los Dictámenes. La eficacia del Derecho Comunitario en el ordenamiento jurídico estatal.
Derecho Administrativo y Derecho Mercantil
Tema 6. Las fuentes del Derecho administrativo. La Ley. Los Decretos-leyes. Legislación delegada. La potestad reglamentaria de la Administración. El Reglamento. Jerarquía de fuentes.
Tema 7. La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Objeto y ámbito de aplicación. Los interesados en el procedimiento. Derechos de las personas en sus relaciones con la Administración. Términos y plazos. Los actos administrativos: concepto. Requisitos. Eficacia. Nulidad y anulabilidad.
Tema 8. El procedimiento administrativo común. Concepto y naturaleza. El procedimiento administrativo como garantía. Iniciación. Ordenación. Instrucción: disposiciones generales, prueba, informes, participación de los interesados. Finalización. Ejecución.
Tema 9. Los recursos administrativos: recurso de reposición, recurso de alzada y recurso extraordinario de revisión. Reclamaciones previas al ejercicio de acciones civiles y laborales. Recurso contencioso administrativo: naturaleza, extensión y límites.
Tema 10. La Administración electrónica. Marco normativo general. Medidas para promover y favorecer la igualdad de género en el acceso al empleo y en la promoción profesional. La igualdad de género en la Administración Pública. Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género.
Tema 11. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno. El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno: Funciones. La Oficina de Transparencia y Acceso a la Información (OTAI). El Portal de Transparencia. Las Unidades de Información y Transparencia (UITS).
Tema 12. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. Derechos y deberes de los funcionarios. Situaciones. Incompatibilidades. Régimen disciplinario. Responsabilidad de las Administraciones Públicas. Responsabilidad de los funcionarios.
Tema 13. Concepto de derecho mercantil. Clases de empresarios: individual y social. Concepto legal de sociedad mercantil. Sociedades civiles en forma mercantil. Clasificación de las Sociedades Mercantiles. La Sociedad de Responsabilidad Limitada. La Sociedad Anónima.
Temas generales de empresa, relaciones laborales y Seguridad Social
Tema 14. El derecho del trabajo: Concepto. Sus fuentes. Criterios de aplicación. Conflicto entre normas laborales estatales o pactadas. El contrato de trabajo. Modalidades de contratación. Las empresas de trabajo temporal. Contratación y subcontratación de obras y servicios.
Tema 15. La representación colectiva de los trabajadores en la empresa. Delegados de personal y Comités de Empresa. Composición. Competencias y funciones. Garantías de los representantes de los trabajadores.
Tema 16. Los convenios colectivos de trabajo. Concepto y clases. Legitimación y capacidad para negociar. Contenido. La comisión paritaria: aplicación e interpretación del convenio.
Tema 17. La Seguridad Social en España: Texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Su organización en regímenes. El Régimen General: acción protectora. Las entidades gestoras. Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social. Empresas colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social.
Tema 18. Ámbito subjetivo de aplicación del sistema. Ámbito subjetivo de aplicación del régimen general: Regla general, inclusiones y exclusiones. Extranjeros. Inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores en el Régimen General de la Seguridad Social. Las altas de oficio.
Tema 19. La cotización. La cuota: Concepto y naturaleza jurídica. Sujetos obligados y sujetos responsables. La responsabilidad solidaria y subsidiaria en el pago de cuotas: supuestos. Base de cotización y tipos de cotización: concepto.
Segundo bloque
Organización y procedimiento
Tema 20. Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social. Organización central y periférica. El Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo, funciones y competencias. Competencias en materia de seguridad y salud de las Comunidades Autónomas.
Tema 21. Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Principios ordenadores del Sistema de Inspección. Funcionarios que integran el sistema. Dependencia orgánica y funcional del personal inspector. La Función Inspectora. Facultades de los Inspectores de Trabajo y Seguridad Social. Funciones de los Subinspectores Laborales. Garantías en el ejercicio de las funciones inspectoras. Técnicos habilitados por las Comunidades Autónomas para realizar funciones de comprobación.
Tema 22. De las actuaciones de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social: ámbito de actuación, normas generales, modalidades y documentación, medidas derivadas de la actividad inspectora, presunción de certeza e información del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Disposiciones de la parte final de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Tema 23. Organización del Sistema previsto en la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Real Decreto 192/2018, de 6 de abril, Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social: Estructura. El Consejo Rector. El Consejo General. El Director. Estructura territorial del Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Cooperación autonómica. La Dirección Especial. Órganos de las Comunidades Autónomas en materia de seguridad y salud.
Tema 24. Procedimiento para la imposición de sanciones por infracciones en el orden social. Disposiciones generales. Actividades previas al procedimiento sancionador: Iniciación, contenido, caducidad y consecuencias.
Tema 25. Normas generales sobre infracciones: sujetos responsables. Concurrencia con el orden penal. Prescripción de las infracciones. Infracciones en materia de prevención de riesgos laborales.
Tema 26. Normas generales sobre sanciones: criterios de graduación, cuantía. Normas específicas en materia de prevención de riesgos laborales. Atribución de competencias sancionadoras. Reincidencia. Infracciones por obstrucción.
Tema 27. Procedimiento de actuación inspectora en materia de infracción de leyes sociales. Actas de infracción. Requisitos legales. Tramitación. Requerimientos en materia de prevención de riesgos laborales. Paralización de actividades. Suspensión o cierre del centro de trabajo.
Segunda parte
Primer bloque
Conceptos Generales de la Prevención de Riesgos Laborales
Tema 28. El marco jurídico de la prevención de riesgos laborales en España. Antecedentes y normativa vigente. La Ley 31/1995, de 8 de noviembre: contenido, objeto y ámbito de aplicación. La articulación jurídica de la prevención de riesgos derivados del trabajo.
Tema 29. Convenios y recomendaciones de la OIT en materia de prevención de riesgos laborales: De carácter general, de protección contra riesgos específicos y en determinadas ramas de actividad.
Tema 30. Las normas técnicas. Conceptos y tipos de normas. Origen y evolución de la normalización. Organismos internacionales, ISO y CEI. Organismos europeos de normalización. Situación en España. El mercado único y las normas armonizadas. La certificación CE. El marcado CE. Las normas técnicas en el ámbito de la seguridad y salud en el trabajo.
Tema 31. Unión Europea (I): Las directivas sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo. La directiva marco 89/391/CEE. Las directivas específicas y otras que amplían y completan lo establecido en la directiva marco. Recomendaciones. Programas estratégicos de ámbito europeo y español en materia de seguridad y salud en el trabajo.
Tema 32. Unión Europea (II): Las directivas del mercado interior único y su relación con la seguridad y salud en el trabajo. El funcionamiento y características del mercado único. El Espacio Económico Europeo. El concepto de seguridad del producto. Los requisitos esenciales de los productos. El enfoque global.
Tema 33. Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que aprueba el Reglamento de los servicios de prevención: contenido. Plan de prevención de riesgos laborales. Evaluación de riesgos laborales. Revisiones de la evaluación inicial. Planificación de la actuación preventiva.
Tema 34. Principios de la actuación preventiva. La integración de la actividad preventiva en la empresa. Los deberes de formación e información. La vigilancia de la salud. Actuación en caso de riesgo grave e inminente. Medidas de emergencia.
Tema 35. La obligación de coordinación de actividades empresariales. Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, sobre coordinación de actividades empresariales. Documentación obligatoria de las empresas.
Tema 36. Derechos y obligaciones de los trabajadores. El deber de consulta del empresario. Los derechos de participación y representación específica de los trabajadores. Los delegados de prevención, su designación, garantías, competencias y facultades. El Comité de Seguridad y Salud.
Tema 37. Organización de la prevención en la empresa. Modalidades organizativas: Asunción por el propio empresario, trabajadores designados y servicios de prevención propios y mancomunados. Recursos preventivos.
Tema 38. Los Servicios de Prevención Ajenos. Recursos materiales y humanos. Acreditación y memoria. Actividad sanitaria de los servicios de prevención. Las sociedades de prevención. Las auditorías preventivas.
Tema 39. Protección de trabajadores especialmente sensibles a determinados riesgos. Riesgos laborales específicos para la mujer trabajadora durante el embarazo, postparto y lactancia. Legislación vigente de protección de la maternidad. Medidas preventivas frente a los riesgos específicos. Riesgos específicos para los menores en razón de su trabajo. Legislación vigente de protección de los menores.
Tema 40. Relaciones de trabajo temporal y empresas de trabajo temporal. Obligaciones empresariales con relación a la prevención de riesgos laborales. El Real Decreto 216/1995, de 5 de febrero, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en el trabajo en el ámbito de las Empresas de Trabajo Temporal.
Tema 41. Las responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales (I). La responsabilidad administrativa derivada de los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales, así como de otros incumplimientos en materia de P.R.L. La responsabilidad civil: alcance y jurisdicción competente. Posibles sujetos responsables. La responsabilidad de Seguridad Social.
Tema 42. Las responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales (II). La protección penal de la seguridad y salud en el trabajo. El delito contra la seguridad y salud en el trabajo. La responsabilidad por imprudencia ante accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. Posibles sujetos responsables.
Tema 43. La formación en prevención de riesgos laborales. Derechos y obligaciones. La planificación de la formación en la empresa. El diagnóstico de necesidades. La teleformación y las nuevas tecnologías aplicadas a la formación. La evaluación de la formación.
Tema 44. La prevención de riesgos laborales en el Sector Público. Peculiaridades del régimen preventivo general: marco normativo y obligaciones preventivas. Los Regímenes preventivos especiales: centros y establecimientos militares, guardia civil, cuerpo nacional de policía, centros penitenciarios y otros.
Seguridad en el Trabajo
Tema 45. Accidentes de trabajo. Concepto y ámbito de aplicación y riesgos que cubre. El accidente «in itinere» y en misión. Notificación de accidentes de trabajo. La actuación de la ITSS en relación con los accidentes de trabajo.
Tema 46. Enfermedades profesionales. Cuadro vigente y lista de principales actividades capaces de producirlas. Notificación de las enfermedades profesionales. Normativa sobre reconocimientos obligatorios, diagnóstico y calificación. La actuación de la ITSS en relación con las enfermedades profesionales.
Tema 47. Normas y señalización de seguridad: Concepto de norma de seguridad. Clasificación de las normas de seguridad. Contenido de una norma de seguridad y fases de implantación de una norma. Disposiciones mínimas en materia de señalización. El Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre señalización de seguridad y salud en el trabajo.
Tema 48. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo. El Real Decreto 486/1997, de 14 abril: disposiciones generales y obligaciones del empresario. Condiciones generales de seguridad en los lugares de trabajo. Orden, limpieza, mantenimiento, condiciones ambientales e iluminación. Servicios higiénicos y locales de descanso, material y locales de primeros auxilios. Comunicación de apertura del centro de trabajo.
Tema 49. El riesgo de incendio (I). Reglamentación de protección contra incendios según la actividad de los establecimientos: ámbito de aplicación del R.D. 314/2006 Código Técnico de la Edificación y su Doc. Básico S.I, y del R.D 2267/2004 Reglamento de incendios en establecimientos industriales. El carácter residual de la antigua Ordenanza Seguridad e Higiene de 9-3-1.971. Química del fuego. Cadena del incendio. Prevención de incendios. Comportamiento ante el fuego de los materiales de construcción y elementos constructivos. Protección estructural de edificios y locales. Clasificación de los fuegos en función de la naturaleza del combustible. Sistemas de detección y alarma.
Tema 50. El riesgo de incendio (II). Medios de lucha contra incendios. Medios de protección contra incendios: extintores, bocas de incendio equipadas, hidrantes, columnas secas y rociadores automáticos. Alumbrado de señalización y emergencia. Reglamento de instalaciones de protección contra incendios.
Tema 51. Seguridad química en instalaciones de proceso. Explosiones: Concepto de explosión y atmósfera explosiva. Polvos inflamables y combustibles. Límites y valores de referencia. Emplazamientos peligrosos. Clasificación y características de las áreas en las que puedan formarse atmósferas explosivas. Medidas de protección para uso en atmósferas potencialmente explosivas. Los accidentes graves en los que intervengan sustancias peligrosas.
Tema 52. Máquinas: El Real Decreto 1644/2008, de 10 de octubre, por el que se establecen las normas para la comercialización y puesta en servicio de las máquinas. Requisitos esenciales de seguridad y salud. Normas armonizadas y presunción de conformidad. Procedimiento de certificación de conformidad. Declaración de conformidad y marcado CE.
Tema 53. Utilización de equipos de trabajo: El Real Decreto 1215/1997, de 18 de julio, sobre utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo. Análisis y evaluación de riesgos. Procedimientos de adecuación y puesta en conformidad de equipos de trabajo.
Tema 54. Manutención mecánica. Características de los locales y áreas de almacenamiento de materiales a excepción de productos químicos peligrosos. Apilado y almacenamiento en altura. Paletizado de materiales. Equipos de elevación y transporte. Carretillas elevadoras. Formación y acreditación de conductores de equipos de elevación y transporte.
Tema 55. Riesgos debidos a la electricidad (I): Efectos nocivos de la electricidad. Lesiones producidas por la electricidad en el cuerpo humano. Factores que influyen en el efecto eléctrico. Tipos de contactos eléctricos. Protección contra contactos eléctricos directos. Protección contra contactos eléctricos indirectos. Actuación en caso de accidente eléctrico.
Tema 56. Riesgos debidos a la electricidad (II): El Real Decreto 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico; Trabajos sin tensión, trabajos en tensión, maniobras, mediciones, ensayos y verificaciones, trabajos en proximidad, trabajos en emplazamientos con riesgo de incendio y explosión.
Tema 57. Soldadura eléctrica y oxiacetilénica: Principales riesgos presentes en operaciones de soldadura. Medidas preventivas. Equipos de protección individual utilizados en operaciones de soldadura.
Tema 58. El Real Decreto 2060/2008, de 12 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de equipos a presión y sus instrucciones técnicas complementarias: Disposiciones generales. Instalación y puesta en servicio. Inspecciones periódicas, reparaciones y modificaciones. Otras disposiciones. El Real Decreto 769/1999, de 7 de mayo, por el que se dictan las disposiciones de aplicación de la Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo, 97/23/CE, relativa a los equipos de presión y se modifica el Real Decreto 1244/1979, de 4 de abril, que aprobó el Reglamento de aparatos a presión.
Tema 59. Espacios confinados: Concepto de espacio confinado. Peligros asociados a un espacio confinado. Actuación ante un espacio confinado. El Permiso de Trabajo; Contenido del permiso de Trabajo. Procedimientos de emergencia y rescate. Entrenamiento y deberes del equipo de trabajo en el espacio confinado. Cancelación del Permiso de Trabajo.
Tema 60. Condiciones de comercialización y libre circulación intracomunitaria de los equipos de protección individual según R.D 1407/1992, de 20 de noviembre y su modificación por el R.D 159/1995, de 3 de febrero. Definiciones y tipos de equipos de protección individual. Exigencias esenciales de seguridad y salud. Procedimiento de certificación de conformidad. Declaración de conformidad y marcado CE.
Tema 61. Real Decreto 773/1997, de 30 de mayo, sobre Disposiciones mínimas de Seguridad y Salud relativas a la utilización de equipos de protección individual: contenido del Real Decreto y sus Anexos. Concepto de equipos de protección individual. Condiciones que deben reunir. Elección de equipos. Utilización y mantenimiento. Formación e información. Obligaciones del empresario. Obligaciones del trabajador. Criterios para el empleo, evaluación y selección de dichos equipos de protección individual.
Tema 62. Disposiciones mínimas de seguridad y salud relativas a la manipulación manual de cargas que entrañe riesgos, en particular dorsolumbares, para los trabajadores: disposiciones generales del Real Decreto 487/1997, de 14 de abril. Factores de riesgo (Anexo del Real Decreto 487/1997). Trabajos con equipos que incluyen pantallas de visualización: disposiciones generales del Real Decreto 488/1997, de 14 de abril. Disposiciones mínimas aplicables a equipos que incluyen pantallas de visualización (Anexo del Real Decreto 488/1997).
Segundo bloque
Condiciones de Seguridad en determinados sectores de actividad
Tema 63. Obras de construcción (I). El Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. El estudio y el plan de seguridad y salud. Obligaciones en materia de prevención de riesgos laborales de los principales intervinientes en el proceso constructivo.
Tema 64. Obras de construcción (II). La dirección facultativa de la obra. El Libro de incidencias. La paralización de los trabajos. La Ley 32/2006, de 18 de octubre, reguladora de la subcontratación en el Sector de la Construcción.
Tema 65. Obras de construcción (III). Anexo IV del Real Decreto 1627/1997, de 24 de octubre y regulación de condiciones de seguridad en el título II del Convenio General del Sector de la Construcción. Riesgos específicos en cada fase: demolición, movimientos de tierras, cimentación, cerramientos y acabados. Especial referencia a la protección de los riesgos de caída de altura. La maquinaria y equipos de demolición y movimiento de tierras.
Tema 66. Obras de construcción (IV). Riesgos y medidas preventivas en el uso de equipos de trabajo y maquinaria de obra. Escaleras de mano. Andamios de caballetes. Andamios tubulares de pie derecho. Plataformas suspendidas de nivel variable. Maquinaria y equipos de elevación de cargas. Maquinaria y equipos de elevación de personas. Otra maquinaria de obra: sierras circulares, herramientas eléctricas portátiles, grupos de presión, equipos de soldadura.
Tema 67. Seguridad y salud en los trabajos a bordo de los buques de pesca: Principales riesgos. El Real Decreto 1216/1997, de 18 de julio. El Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, por el que se establecen condiciones mínimas sobre la protección de la salud y la asistencia médica de los trabajadores del mar.
Tema 68. Seguridad y salud en los trabajos agrícolas y forestales: Riesgos derivados de la utilización de maquinaria agrícola y forestal. Normativa aplicable. Riesgos específicos del trabajo en invernaderos. Las limitaciones de jornada en el campo por razones de extraordinario esfuerzo físico o especial penosidad.
Higiene Industrial
Tema 69. La higiene industrial. Concepto de tóxico. Definición y clasificación de los contaminantes. Vías de exposición. Mecanismos de toxicidad. Relación dosis-efecto y dosis-respuesta.
Tema 70. Legislación sobre registro, evaluación, autorización y restricción de sustancias y mezclas químicas. Legislación sobre clasificación, envasado y etiquetado de sustancias y mezclas químicas. Características de peligrosidad de los productos químicos. Criterios de clasificación de sustancias y mezclas químicas. Fichas de datos de seguridad.
Tema 71. Criterios de valoración de agentes químicos. Límites de exposición profesional para agentes químicos en España. Valores límites ambientales (VLA). Directrices para la evaluación de la exposición por inhalación de agentes químicos. Valoración por comparación con el VLA de exposición diaria VLA-ED. Valoración por comparación con el VLA de exposiciones cortas VLA-EC. Mediciones periódicas de control. Valores límites biológicos (VLB). Control biológico.
Tema 72. Ventilación por dilución o general: concepto y condiciones para su utilización. Ventilación por extracción localizada. Conceptos, componentes y condiciones para su utilización.
Tema 73. El Real Decreto 374/2001, de 6 de abril, sobre riesgos relacionados con los agentes químicos durante el trabajo. Objeto y ámbito de aplicación. Evaluación de los riesgos. Medidas de prevención generales y específicas. Vigilancia específica de la salud. Medidas a adoptar frente a accidentes, incidentes y emergencias. Prohibiciones de agentes y actividades. Información y formación a los trabajadores con relación a los agentes químicos.
Tema 74. La protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes cancerígenos durante el trabajo. El Real Decreto 665/1997, de 12 de mayo, el Real Decreto 1124/2000, de 16 de junio y Real Decreto 349/2003, de 21 de marzo.
Tema 75. Normativa sobre trabajo con riesgo de amianto. Real Decreto 396/2006, de 31 de marzo.
Tema 76. Agentes biológicos como contaminantes. Real Decreto 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a agentes biológicos durante el trabajo.
Tema 77. El ruido como agente contaminante. Real Decreto 286/2006, de 10 de marzo, sobre la protección de la salud y seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición al ruido. Medición del ruido. Valoración de la exposición laboral al ruido. Control de la exposición a ruido.
Tema 78. Vibraciones. Real Decreto 1311/2005, de 4 de noviembre, sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores frente a los riesgos derivados de la exposición a vibraciones mecánicas. Medida de las vibraciones. Valoración de exposición laboral a vibraciones. Control de la exposición a vibraciones.
Tema 79. Ambiente térmico. Ecuación del Balance Térmico. Mecanismos de termorregulación e intercambio de calor entre el organismo y el ambiente. Efectos del calor y del frío sobre el organismo. Métodos de valoración. Control de las exposiciones. Principales medidas preventivas.
Tema 80. Prevención de riesgos laborales por exposición a radiaciones no ionizantes. Clasificación y características físicas de las principales radiaciones no ionizantes. Riesgos, actividades con riesgo, evaluación del riesgo por exposición y medidas preventivas contra la exposición a radiaciones ultravioleta, luz visible, radiaciones infrarrojas, microondas y láseres. Problemática de las radiaciones de baja frecuencia. Exposición a campos eléctricos y magnéticos.
Tema 81. Radiaciones ionizantes. Tipos de radiaciones ionizantes. Interacción de las radiaciones ionizantes en la materia: Irradiación y Contaminación. Efectos de las radiaciones ionizantes. Métodos de detección y medición de las radiaciones ionizantes.
Tema 82. Riesgos higiénicos de carácter general en la industria química y su prevención. Actividades específicas: Industria farmacéutica. Industria del plástico y del caucho. Particularidades de los procesos, riesgos higiénicos y su prevención. Laboratorios químicos: riesgos específicos. Diseño de los laboratorios. Ventilación de laboratorios. Evaluación y control de sus riesgos.
Tema 83. Centros sanitarios. Riesgos específicos asociados a las diferentes actividades. Agentes químicos: citostáticos, anestésicos, desinfectantes y esterilizantes; evaluación y control de riesgos. Peculiaridades de la exposición a agentes biológicos en hospitales. Evaluación y control de riesgos. Agentes físicos: Uso médico de las radiaciones ionizantes y no ionizantes. Evaluación y control de riesgos. Riesgos asociados a las actividades no sanitarias de los centros sanitarios.
Tema 84. Riesgos higiénicos en la agricultura y en la industria de la alimentación. Agricultura. Riesgos específicos. Riesgos derivados del manejo de plaguicidas. Evaluación y control de riesgos. Operaciones en viveros e invernaderos. Industria de la alimentación, sectores específicos: cárnica, avícola, láctea, conservas alimenticias, cereales, panaderías. Riesgos específicos y su prevención.
Tema 85. Riesgos higiénicos en el sector de la madera. Riesgos específicos, químicos y físicos. Riesgos derivados de la aplicación de lacas, barnices y disolventes. Evaluación y control de riesgos.
Tema 86. Riesgos higiénicos de carácter general en la Construcción. Productos tóxicos y peligrosos. Trabajos con riesgo de exposición al amianto en el sector de la construcción. Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA).
Tema 87. Riesgos higiénicos en los trabajos de fundición de metales. Riesgos específicos químicos y físicos. Evaluación y control de riesgos.
Ergonomía y psicosociología aplicada
Tema 88. Ergonomía: Conceptos y objetivos. Metodología ergonómica. Modelos y métodos aplicables en Ergonomía. Procedimiento metodológico para la evaluación de riesgos en Ergonomía y Psicosociología. Técnicas de investigación en Ergonomía y Psicosociología.
Tema 89. Principios ergonómicos aplicables para el diseño del puesto de trabajo. Bases antropométricas dinámicas y estáticas.
Tema 90. Carga física de trabajo: Fisiología de la actividad muscular. La capacidad de trabajo física. Medición de la carga derivada del trabajo dinámico mediante el consumo de oxígeno. Fatiga física y su recuperación. Carga física de trabajo: Su valoración mediante la medición de la frecuencia cardiaca.
Tema 91. Posturas de trabajo: Factores que las determinan. Criterios para la evaluación de las posturas de trabajo. Riesgos derivados de las posturas de trabajo y su prevención. Métodos de evaluación de las posturas de trabajo basados en la observación.
Tema 92. Trastornos osteomusculares de la extremidad superior. Identificación de los factores de riesgo asociados y su prevención. Evaluación de estos riesgos.
Tema 93. Carga mental de trabajo: Factores determinantes y características de la carga mental. Efectos derivados y su prevención. Métodos de evaluación basados en factores de carga inherentes a la tarea. Métodos de evaluación basados en las alteraciones fisiológicas, psicológicas y de comportamiento de los individuos. Criterios de selección de la metodología de evaluación.
Tema 94. Estrés laboral: Estresores, factores modulares del estrés; respuestas fisiológicas, cognitivas y comportamentales al estrés. Consecuencias del estrés para la empresa y el individuo. Evaluación y prevención del riesgo derivado del estrés laboral. Metodologías y criterios de su selección.
Tema 95. La violencia, el acoso y hostigamiento en el trabajo (mobbing). El trabajo bajo presión. Motivación y satisfacción laboral. El efecto del «quemado» (burn out). Otros aspectos de índole psicosocial.
Tema 96. Factores psicosociales: Los aspectos relativos al diseño de las tareas. Riesgos derivados de la división del trabajo y su prevención. Los aspectos relativos a la organización del tiempo de trabajo. Riesgos derivados del trabajo a turnos y nocturno. Metodología para la evaluación de los factores psicosociales: criterios de su selección. El método de evaluación del INSHT.
Tribunal titular
Presidente: Don Juan Díaz Rokiski, Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Vocales:
Don Raúl Eugenio Arrios Ramírez, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Don Juan Antonio Benítez González, Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Doña Aurora Laguarta Val, Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Secretario: Don Luis Fernando Gutiérrez Trashorras, Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Tribunal suplente
Presidenta: Doña. María Macarena Montalbán Gordón, Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Vocales:
Doña Julia Alicia García de Hoyos, Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
Don Juan José Jorquera Moya, Cuerpo de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos del Estado.
Doña M. Mercedes Tejedor Aibar, Escala de Titulados Superiores del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
Secretaria: Doña Ana García Torres, Cuerpo Superior de Inspectores de Trabajo y Seguridad Social.
El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas para todos o alguno de los ejercicios.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración Pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y con las siguientes instrucciones particulares:
En el encabezamiento de la solicitud, en el recuadro correspondiente a Ministerio, los aspirantes consignarán: «Trabajo, Migraciones y Seguridad Social».
En el recuadro relativo a centro gestor se hará constar: «Subsecretaría».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala» se consignará «Subinspectores Laborales. Escala de Seguridad y Salud Laboral».
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará L: Acceso por el sistema general de acceso libre.
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Trabajo, Migraciones y Seguridad Social».
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado Discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria.
Los aspirantes con grado de discapacidad igual o superior al 33 % que deseen participar en el proceso selectivo por el cupo de reserva para personas con discapacidad, deberán indicarlo en el recuadro 22, con la letra G.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará la titulación que se posee para participar en las pruebas selectivas.
Para turno libre, el importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 22,87 €, y para las familias numerosas de categoría general de 11,44 €.
Quedarán exentos de dicha tasa, las personas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado decimocuarto.6 de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen en la cuenta corriente número ES06-0182-2370-49-0200203962 del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de Subdirección General de Administración Financiera de la Administración Periférica. El ingreso podrá efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria o mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria.
De conformidad con lo establecido por el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que se hubieran exigido cuando no se realice su hecho imponible por causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
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