Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero,
Esta Secretaría General dispone la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del acuerdo que se transcribe como anexo a la presente Resolución.
Madrid, 11 de octubre de 2018.–La Secretaria General de Coordinación Territorial, María de los Llanos Castellanos Garijo.
La Comisión bilateral de cooperación Administración del Estado-Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco ha adoptado el siguiente acuerdo:
1.º Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias suscitadas en relación con la disposición adicional centésima vigésima y los apartados cinco y siete de la disposición final cuadragésima, así como cualesquiera otros que, vinculados con las anteriores, vulneren principios constitucionales o invadan competencias de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
2.º Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión bilateral de cooperación la solución que proceda.
3.º Comunicar este acuerdo al Tribunal Constitucional a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente acuerdo en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Diario Oficial del País Vasco».
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