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El Real Decreto 192/2008, de 6 de abril, que aprueba los Estatutos del organismo autónomo organismo estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, establece la organización y competencias de sus órganos tanto centrales como territoriales.
El artículo 4 del Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón del servicio, atribuye a los titulares de los órganos de dirección de los organismos autónomos la competencia para la designación de comisiones de servicio con derecho a indemnización.
No obstante, razones de eficacia y agilidad en la gestión aconsejan proceder a efectuar la delegación de estas competencias en los titulares de los órganos que constituyen la estructura territorial del organismo estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Por ello, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo:
Se delega en la titular de la Dirección Especial de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la designación de las comisiones de servicio con derecho a la percepción de indemnizaciones económicas en el territorio nacional en relación con el personal dependiente de la Dirección Especial.
Se delega en los titulares de las Direcciones Territoriales de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, la designación de las comisiones de servicio con derecho a la percepción de indemnizaciones económicas dentro de cada Comunidad Autónoma, tanto del personal de la Dirección Territorial como de las Inspecciones Provinciales, excepto las delegaciones realizadas en los Jefes de las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social.
Se delega en los titulares de las Jefaturas de las Inspecciones Provinciales de Trabajo y Seguridad Social, respecto del personal de la Administración General del Estado, que dentro de su competencia, esté destinado en la correspondiente Inspección Provincial, la designación de las comisiones de servicio con derecho a la percepción de indemnizaciones económicas dentro de cada provincia.
Las delegaciones efectuadas en la presente resolución se regirán por lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
La presente resolución entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid 23 de octubre de 2018.–La Directora del organismo autónomo organismo estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, María Soledad Serrano Ponz.
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