Con fecha 3 de agosto de 2018, la Universidad de Deusto y el Consorcio para el diseño, la construcción, el equipamiento y la explotación de la Plataforma Oceánica de Canarias han suscrito un convenio de cooperación educativa.
Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figura como anexo a esta Resolución.
Telde, 11 de octubre de 2018.–El Director del Consorcio PLOCAN, Octavio Llinás González.
En Las Palmas, a 3 de agosto de 2018.
REUNIDOS
De una parte, don Octavio Llinás González, Director del Consorcio para el diseño, construcción, equipamiento y explotación de la plataforma oceánica de canarias (en adelante PLOCAN), con CIF Q3500385D y domicilio en la Carretera de Taliarte, s/n de la ciudad de Telde (Las Palmas), nombrado por resolución del Consejo Rector de PLOCAN celebrado el 28 de julio de 2008, en uso de la facultad atribuida por el Estatuto de PLOCAN (artículo decimoquinto, apartado l), publicados en el «BOE» de 26 de febrero de 2013, según modificación publicada en el «BOE» de 28 de enero de 2016.
De otra parte, por delegación del Rector, don Guillermo Dorronsoro Artabe, en calidad de Decano de la Deusto Business School-Universidad de Deusto con domicilio a los efectos del presente convenio en la avenida de las Universidades, 24, 48007, Bilbao, Bizkaia. Ambas las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y
EXPONEN
Que el presente convenio de cooperación educativa se formaliza al amparo de lo previsto en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios; en el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales; y en las normas de carácter general y específico que resulten de aplicación.
PLOCAN tiene carácter de agente de ejecución del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación y está reconocida como entidad de investigación compartida entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias, de acuerdo con lo dispuesto respectivamente en el artículo 3.4 y disposición adicional vigesimoprimera de la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
De esta forma, PLOCAN tiene entre sus fines, ser una estructura dedicada a la experimentación y a la investigación científica y tecnológica en todos los aspectos relativos a las ciencias y tecnologías marinas y de aquellas cuyo desarrollo exige disponer de laboratorios científico-técnicos situados en el medio marino. La Plataforma estará al servicio de toda la comunidad científica y tecnológica nacional y abierta al a colaboración internacional y se insertará de pleno en las iniciativas, actuales y futuras, de coordinación y colaboración europeas en este campo.
Que, en virtud de sus mutuos intereses y objetivos, consideran conveniente establecer un convenio de colaboración en el que se aprovechen y potencien sus recursos docentes, metodológicos y de ejercicio para colaborar en los procesos de formación de estudiantes de la Universidad de Deusto, a través de programas de prácticas académicas, que se estimen adecuados y faciliten la mejor formación de los futuros profesionales.
Que el objeto del presente convenio es colaborar con la Universidad de Deusto en la formación de sus estudiantes a través de un programa de prácticas académicas en PLOCAN conforme a las condiciones establecidas en este convenio y colaborar en la realización de aquellas actividades que se acuerden entre ambas partes.
Que la Universidad de Deusto desarrolla enseñanzas curriculares en las que se contempla la realización de prácticas externas en instituciones públicas o privadas, tanto antes de obtener el correspondiente título académico, como para aquellos alumnos de postgrado que deseen realizar dichas prácticas una vez finalizada su formación académica. Con ello, pretende completar los conocimientos de los estudiantes de acuerdo con su específica vocación, proporcionándoles una orientación profesional que les permita incorporarse en el mercado de trabajo en condiciones idóneas, y responder con eficacia y garantías a las exigencias de la sociedad y de sus instituciones y empresas.
Que para dar cumplimiento a lo anteriormente expuesto, PLOCAN considera de utilidad para sus fines institucionales el establecimiento de un convenio de colaboración que permita la integración temporal en su ámbito, a efectos de prácticas académicas, de los estudiantes de la Universidad de Deusto.
Por lo expuesto, las partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes
CLÁUSULAS
El objeto del presente convenio, entre PLOCAN, y la Universidad de Deusto, es que los estudiantes de la Universidad de Deusto apliquen y complementen los conocimientos adquiridos en su formación académica, adquieran competencias que les preparen para el ejercicio de actividades profesionales y mejoren su empleabilidad y capacidad de emprendimiento mediante la realización de prácticas académicas externas en la Plataforma Oceánica de Canarias.
1. PLOCAN tutelará, siempre la disponibilidad y programas propios lo aconsejen, a estudiantes de la Universidad de Deusto, en número a determinar anualmente por mutuo acuerdo entre las partes, facilitándole la realización de prácticas académicas en PLOCAN conforme a las condiciones establecidas en este convenio y colaborará en la realización de aquellas actividades que se acuerden entre ambas partes.
2. PLOCAN presentará a la Universidad de Deusto la «Oferta de las prácticas académicas externas a desarrollar por estudiantes de la Universidad de Deusto en PLOCAN», según el modelo del anexo I a este convenio especificando el perfil de formación requerido del estudiante y número de puestos que se ofrecen; órgano/ dependencia, localidad y dirección en el que se realizan las prácticas académicas; duración en horas, período propuesto y horario asignado; y actividades a desarrollar.
3. Una vez que la Universidad de Deusto le remita la lista de los estudiantes seleccionados, PLOCAN preparará, para su firma, las condiciones particulares establecidas en la convocatoria, reflejadas en el documento «Prácticas académicas externas a realizar por estudiantes de la Universidad de Deusto en PLOCAN», uno por estudiante, según el modelo del anexo II a este convenio, donde, entre otros detalles, se indicará el estudiante designado, período de las prácticas (duración en horas y horario), órgano donde se realizan, actividades a desarrollar, tutores y créditos ECTS.
4. Designar al tutor de PLOCAN, que realizará una tutela efectiva, y coordinará la ejecución de las prácticas académicas con un tutor académico de la Universidad de Deusto. El tutor del PLOCAN será responsable del programa de formación del estudiante y de las relaciones con el tutor académico de la Universidad de Deusto.
5. Con la finalidad de mantener en todo momento el registro de estudiantes participantes en el presente convenio, PLOCAN comunicará a la Universidad de Deusto cualquier alta y baja de estudiantes que se produzca.
6. Se proporcionará el «Informe Final de PLOCAN al estudiante de la Universidad de Deusto a la finalización de las prácticas académicas externas», según el modelo del anexo III a este convenio, con mención expresa de las actividades desarrolladas en prácticas, su duración y, en su caso, su rendimiento o nivel de formación alcanzado.
7. PLOCAN se reserva en todo momento el derecho a excluir de este programa de cooperación a todo estudiante que no cumpla con los compromisos reflejados en la cláusula tercera.5.
1. La Universidad de Deusto gestionará todos los aspectos formales de las convocatorias de las prácticas académicas objeto del presente convenio, de acuerdo con su normativa y procedimientos, y conforme a los principios de publicidad, objetividad y concurrencia.
2. La Universidad de Deusto proporcionará a PLOCAN el Proyecto Formativo correspondiente, para que éste realice la oferta de las prácticas académicas externas del anexo I, que remitirá a la Universidad de Deusto.
3. La Universidad de Deusto garantiza en todo caso la cobertura obligatoria de seguros de accidentes y la complementaria de responsabilidad civil de los estudiantes que participen en las prácticas académicas realizadas al amparo del presente convenio, comprometiéndose a suscribir aquellas pólizas de seguro que fuesen necesarias. La Universidad de Deusto remitirá a PLOCAN, copia de las pólizas de los seguros anteriores suscritos, y asumirá como obligación, el pago de sus primas durante el tiempo de vigencia del presente convenio y sus prórrogas.
4. La Universidad de Deusto recabará de cada estudiante participante el compromiso de:
a. Aprovechar al máximo las posibilidades de aprendizaje que PLOCAN le ofrezca.
b. Realizar las tareas que PLOCAN le encomiende dentro de los objetivos establecidos en la convocatoria de la práctica.
c. Respetar lo establecido en éste convenio y la normativa de PLOCAN, especialmente en cuanto se refiere al cumplimiento de horarios de las actividades de formación.
d. Respetar las condiciones particulares establecidas en la convocatoria de prácticas académicas externas a realizar por estudiantes de la Universidad de Deusto en PLOCAN, que serán reflejadas en el anexo II, que se firme a tal efecto, en el que también ha de constar la participación del estudiante en el programa.
e. Mantener la más absoluta reserva sobre los acontecimientos y documentos de PLOCAN, especialmente las normas de confidencialidad de datos, procesos, y actividades de los que tengan conocimiento.
f. Mantener contacto con el tutor de PLOCAN y el tutor académico de la Universidad de Deusto.
5. Respetar los aspectos confidenciales de la actividad desarrollada por sus estudiantes en PLOCAN, así como las normas internas de funcionamiento de éste.
6. Designar de entre sus profesores al tutor académico de la Universidad de Deusto.
7. Realizar una selección previa de los candidatos a las prácticas académicas ofertadas.
1. La relación entre el estudiante y PLOCAN no supondrá más compromiso que el estipulado en el presente convenio, y del mismo no se deriva obligación alguna propia de un contrato laboral, ya que ésta relación no tendrá dicho carácter. La persona que realice las prácticas académicas será considerada estudiante de Universidad de Deusto a todos los efectos. Por lo tanto, este convenio no generará compromiso financiero alguno para PLOCAN.
2. Las prácticas académicas, que tendrán un carácter estrictamente académico, no consistirán en el ejercicio de funciones públicas reservadas por ley o por normas reglamentarias a personal funcionario o contratado por la Administración General del Estado. En ningún caso, darán derecho al ejercicio de la función pública.
3. La relación nominal de estudiantes beneficiarios de las prácticas académicas, así como la aceptación por éstos de las condiciones establecidas en este convenio quedará recogida en el citado anexo II a firmar por el tutor de PLOCAN, por el tutor académico de la Universidad de Deusto y por cada estudiante.
4. El estudiante mantendrá la más estricta confidencialidad en relación con toda la información, datos, documentos, etc. propiedad de PLOCAN, cualquiera que fuere su soporte, de los que tenga conocimiento o acceso durante las prácticas y ello tanto durante la vigencia de estas prácticas, así como después de su terminación, reconociendo expresamente que cualquier información, dato o documento proporcionado por PLOCAN en el transcurso de las prácticas pertenece al Consorcio y no podrá ser de ningún modo usado para otros fines distintos a los de estas prácticas ni ser transferidos a terceros.
5. Sobre los datos de carácter personal a los que el estudiante y los tutores pudiera tener acceso en la realización de las prácticas académicas, recaerá el deber de secreto, así como las limitaciones en el uso y transmisión, impuestas por la Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal, y el resto de normativa de desarrollo aplicable a esta materia, en concreto en el Reglamento UE 2016/679. Las obligaciones de confidencialidad establecidas en éste párrafo tendrán validez durante la vigencia del presente convenio, sus prórrogas, y una vez terminada ésta.
6. Asimismo, los estudiantes deberán mantener contacto con sus tutores en la forma que éstos les indiquen.
7. Los trabajos elaborados por los estudiantes podrán ser publicados en la página web del PLOCAN siempre que se cumpla con los mínimos de calidad académica exigibles.
8. A lo regulado en este convenio podrán acogerse, o beneficiarse para la realización de las prácticas académicas, el número de estudiantes que se determine anualmente, mediante la suscripción del anexo 2 por las partes y por cada estudiante.
Las actuaciones previstas en este convenio no darán lugar a contraprestación económica alguna entre las partes firmantes y no supondrán incremento del gasto público. No podrán suponer incremento de dotaciones ni de retribuciones ni de otros gastos de personal. En concreto, la realización de las mencionadas prácticas académicas, no supondrá, en ningún caso, la percepción de emolumentos o indemnizaciones a cargo del PLOCAN.
Si bien la Universidad de Deusto estará obligada a sufragar los seguros, de accidentes y responsabilidad civil, correspondientes de los estudiantes, y en su caso los equipos personales de protección contra riesgos laborales para prácticas.
El seguimiento y control del presente convenio será llevado a cabo por una Comisión Mixta de Seguimiento, en adelante Comisión Mixta, mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y de los compromisos adquiridos por las partes, que estará compuesta por un representante de PLOCAN y un representante designado por la Universidad de Deusto cuyas funciones serán resolver los problemas de interpretación y cumplimiento de este convenio, así como realizar el control y seguimiento de las actividades que en su aplicación se acuerden.
La periodicidad de las reuniones será anual con carácter ordinario coincidiendo con la finalización de las prácticas académicas y cuando se considere necesario, a criterio de la Comisión Mixta, con carácter extraordinario. Los acuerdos se tomarán por consenso entre las partes.
El régimen jurídico de esta Comisión Mixta será el previsto para los órganos colegiados en el título preliminar, capítulo II, sección 3.ª, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
1. Este convenio tiene la naturaleza administrativa. Está excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, ya que su objeto no es la realización de una obra o la prestación de un servicio, sino la colaboración entre PLOCAN y la Universidad de Deusto para el desarrollo de un programa de cooperación educativa. Se regulará por lo establecido en el Título preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
2. Sin perjuicio de lo anterior, para la interpretación de dudas y controversias que surjan en la interpretación de este convenio se estará a lo dispuesto en las cláusulas del mismo y, subsidiariamente, se acudirá a los principios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en la citada Ley de Contratos del Sector Público, a las restantes normas administrativas que le sean de aplicación y a los principios generales del Derecho.
3. En materia presupuestaria, económica y financiera se atenderá al contenido de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria.
4. Las cuestiones litigiosas que pudieran surgir entre las partes como consecuencia de la ejecución del convenio, o por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos, deberán solventase por mutuo acuerdo de las mismas en el seno de la Comisión Mixta. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, serán de conocimiento y competencia del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo.
El convenio surtirá efectos según lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Su vigencia será de cuatro años, siendo prorrogable por un período de dos años por acuerdo expreso de las partes, mediante una adenda de prórroga al convenio, manifestada con dos meses de antelación a la finalización del plazo de vigencia. Asimismo, el convenio podrá revisarse en cualquier momento a requerimiento de alguna de las partes y, en su caso, modificarse por acuerdo expreso de ambas partes mediante una adenda de modificación a este convenio.
Son causas de resolución del presente convenio:
a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.
b) El acuerdo unánime de las partes.
c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado a la Comisión Mixta de Seguimiento y a la otra parte. Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.
d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
e) Por cualquier otra causa prevista en la legislación vigente que fuera de aplicación.
La comunicación a la otra parte de la decisión de resolución anticipada del convenio deberá realizarse mediante denuncia expresa con tres meses de antelación a la fecha en la que se pretenda que la referida finalización surta efectos.
No obstante y si mediada notificación de rescisión del presente convenio por cualquiera de las partes, algún estudiante se encontrase realizando prácticas académicas en PLOCAN, conforme a las condiciones establecidas en este convenio o colaborando en la realización de aquellas actividades que se acuerden entre ambas partes en PLOCAN, el presente convenio seguirá produciendo todos sus efectos hasta la completa finalización de las mismas.
El cumplimiento y la resolución del convenio, dará lugar a la liquidación del mismo.
En cumplimiento de la actual normativa sobre protección de datos, se informa que los responsables del tratamiento de los datos de carácter personal presentes en este contrato será la plataforma oceánica de canarias, con CIF Q3500385D y domicilio en la Carretera de Taliarte, s/n de la ciudad de Telde (Las Palmas) y la Universidad de Deusto, con CIF R4868004E y domicilio en avenida de las Universidades, 24, 48007, Bilbao, Bizkaia. Dichos datos se utilizarán con la finalidad de ejecutar adecuadamente el mismo y se conservarán hasta que ejerza su derecho de cancelación salvo disposición legal que lo impida. Los datos no se cederán a terceros salvo en los casos en que exista una obligación legal o sean necesarios para la ejecución del presente contrato. Asimismo, los intervinientes quedan informados que tienen derecho a acceder a sus datos personales, rectificarlos o en su caso cancelarlos, en la dirección anteriormente señalada. Para recibir información complementaria sobre la política de protección de datos, se puede consultar en www.plocan.eu o en www.deusto.es
Y en prueba de conformidad con cuanto antecede, firman el presente acuerdo en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fecha arriba indicados.–Por la Plataforma Oceánica de Canarias, el Director, Octavio Llinás González.–Por la Universidad de Deusto, el Decano, Guillermo Dorronsoro.
Documento que se remitirá por PLOCAN a la Universidad de Deusto.
Perfil de formación requerido del estudiante y número de puestos que se ofrecen:
– Órgano/dependencia, localidad y dirección en el que se realizan las prácticas académicas:
Duración en horas, período propuesto y horario asignado:
– Actividades a desarrollar
En……………….., a……….de………………………de 20….
El presente anexo se incorpora al Convenio de cooperación educativa entre el Consorcio para el diseño, la construcción, el equipamiento y la explotación de la Plataforma Oceánica de Canarias y la Universidad de Deusto sobre la realización de prácticas académicas externas por parte de estudiantes de la universidad en PLOCAN, suscrito el día:………………………..
Detalle de las prácticas académicas:
Estudiante:
Dirección: DNI:
Fecha de inicio: Fecha de finalización:
Jornada de horas al día de prácticas académicas:
Días de la semana:
Centro donde realiza las prácticas académicas:
Tutor de PLOCAN:
Tutor de la Universidad:
Número de créditos:
Proyecto formativo:
El proyecto formativo en que se concreta la realización de cada práctica académica externa deberá fijar los objetivos educativos y las actividades a desarrollar. Los objetivos se establecerán considerando las competencias básicas, genéricas y/o específicas que debe adquirir el estudiante. Asimismo los contenidos de la práctica se definirán de forma que aseguren la relación directa de las competencias a adquirir con los estudios cursados. Objetivos educativos (a proporcionar por la Universidad):
– ..........………………………………………………………………………………………..
– ..........………………………………………………………………………………………..
Actividades a desarrollar (a coordinar entre PLOCAN y la Universidad):
– ..........………………………………………………………………………………………..
– ..........………………………………………………………………………………………..
– ..........………………………………………………………………………………………..
– ..........………………………………………………………………………………………..
El estudiante abajo firmante declara su conformidad para realizar prácticas académicas externas al amparo del citado convenio suscrito entre el Consorcio Plataforma Oceánica de Canarias y la Universidad de Deusto, que manifiesta conocer, a fin de completar su formación, ateniéndose a lo establecido en dicho convenio.
Asimismo, el estudiante, se compromete a mantener absoluta confidencialidad sobre toda aquella información a la que pueda tener acceso como consecuencia de la realización de las prácticas académicas.
Los trabajos elaborados por los estudiantes podrán ser publicados en la página web PLOCAN siempre que se cumpla con los mínimos de calidad académica exigibles. Estos trabajos, llevarán la firma del autor/estudiante y sólo podrán ser publicados por PLOCAN.
Y en prueba de conformidad, firma el presente documento, por triplicado ejemplar, en ..................... a de dos mil ..................
Por PLOCAN por la Universidad de Deusto
Conforme del estudiante
El Tutor de PLOCAN El Tutor Académico
Fdo.:
Fdo.: Fdo.:
Don/doña……………..................................…… (nombre y apellidos, DNI), estudiante de ………………………………. de la Universidad de Deusto ha desarrollado una labor en prácticas académicas en PLOCAN en el marco de un convenio de colaboración entre dicho Consorcio para el diseño, la construcción, el equipamiento y la explotación de la Plataforma Oceánica de Canarias y la Universidad de Deusto, entre los días …….. y……..del mes de …….. del año ……… realizando a cabo las siguientes actividades ………….. (relación de actividades realizadas con mención expresa de las actividades desarrolladas en prácticas, su duración y, en su caso, su rendimiento).
Y para que conste a los efectos oportunos, se expide el presente certificado en Telde, Gran Canaria, a día…… del mes de……… del año………
El Tutor de PLOCAN
(Puesto en PLOCAN)
Fdo.: …….…………………………….
DNI:………………………………........
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