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Documento BOE-A-2018-15684

Resolución de 31 de octubre de 2018, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística, O.A. y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., en el ámbito de las Estadísticas de I+D+i.

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 16 de noviembre de 2018, páginas 111686 a 111693 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2018-15684

TEXTO ORIGINAL

El Presidente del Instituto Nacional de Estadística, O.A. y la Directora General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. han suscrito, con fecha 10 de septiembre de 2018, un Convenio en el ámbito de las Estadísticas de I+D+i.

Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido Convenio como anejo a la presente Resolución.

Madrid, 31 de octubre de 2018.–El Subsecretario de la Presidencia, Relaciones con las Cortes e Igualdad, Antonio J. Hidalgo López.

ANEJO
Convenio entre el Instituto Nacional de Estadística y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología en el ámbito de las Estadísticas de I+D+i

Por una parte, D. Gregorio Izquierdo Llanes, Presidente del Instituto Nacional de Estadística, en virtud del Real Decreto 2061/2011 de 30 de diciembre, por el que se dispone su nombramiento, en nombre y representación del mismo, con la capacidad legal que le confiere el artículo 5.2 a) del Real Decreto 508/2001, de 11 de mayo por el que se aprueba el Estatuto del Instituto Nacional de Estadística y, de acuerdo al artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

De otra parte, la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P. (en adelante, denominada FECYT) que cuenta con CIF G-82999871 y domicilio social en Alcobendas, calle Pintor Murillo, núm. 15, CP 28100, Madrid, representada en este acto por Doña Paloma Domingo, como Directora General, en virtud de las competencias atribuidas a su favor en escritura pública de poder, otorgada el día 9 de abril de 2018, ante el Notario del Ilustre Colegio Notarial de Madrid, Don José Ortiz Rodríguez, con el número 1.626 de su protocolo.

EXPONEN

Primero.

Que el Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) es un Organismo autónomo adscrito al Ministerio de Economía y Empresa, que tiene entre sus funciones, asignadas por la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP), la ejecución de las operaciones estadísticas que le encomienda el Plan Estadístico Nacional entre las que se encuentran la Estadística sobre Actividades de I+D y la Encuesta sobre Innovación en las Empresas.

Segundo.

Que la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (en adelante, FECYT) es una fundación del sector público estatal, constituida por acuerdo del Consejo de Ministros de 27 de abril de 2001, adscrita a la Secretaría de Estado de Universidades, Investigación, Desarrollo e Innovación, que opera como entidad sin ánimo de lucro y con autonomía funcional. La FECYT se rige por sus Estatutos, la Ley 50/2002, de 26 de noviembre, de Fundaciones y el Real Decreto 1337/2005, de 11 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Fundaciones de Competencia Estatal. Entre sus funciones se encuentran las de fomentar la investigación científica, el desarrollo tecnológico y la innovación necesarios para incrementar la competitividad de la industria española, y la mejora de la calidad de la vida de la ciudadanía; promocionar la participación social a favor de la I+D+i; analizar y difundir los principales indicadores de la ciencia y la innovación española; la prestación de servicios de apoyo al Sistema Español de I+D y el apoyo a la internacionalización de la ciencia española.

Tercero.

Que, en virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes consideran de interés establecer cauces de comunicación y colaboración para la realización de actuaciones conjuntas que permitan la potenciación de la difusión y utilización de los resultados estadísticos sobre I+D+i y la racionalización de recursos en el desarrollo de sus respectivas competencias en dicho ámbito.

Por ello, acuerdan suscribir el presente Convenio con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El presente convenio tiene por objeto formalizar la colaboración entre el INE y FECYT para optimizar la información estadística sobre I+D+i así como para el aprovechamiento de la misma en el ámbito de sus respectivas competencias.

Segunda. Compromisos y actuaciones de las partes.

Compromisos que asume el INE:

El INE facilitará, cuando estén disponibles y salvaguardando siempre el secreto estadístico, explotaciones a medida sobre agregados e indicadores de las operaciones estadísticas que elabora en materia de I+D+i, a través de la Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control de este convenio.

Asimismo, el INE elaborará el fichero de microdatos anonimizados correspondiente al Panel de Innovación Tecnológica (PITEC) a partir de los microdatos de la última edición de la Encuesta sobre Innovación en las Empresas que realiza el propio organismo y gestionará el acceso al mismo por los usuarios de manera exclusiva. Proporcionará este fichero anonimizado a FECYT únicamente para fines de investigación.

El INE colaborará con FECYT en la traducción al español del Manual de Frascati 2015. El INE revisará y corregirá, en el caso de que sea necesario, una primera versión de la traducción realizada por FECYT y éste, además, se encargará de la impresión y difusión del manual a nivel nacional.

Compromisos que asume FECYT:

FECYT se compromete a no ceder a terceros el fichero de microdatos anonimizado del Panel de Innovación Tecnológica (PITEC) que reciba del INE.

FECYT dejará de gestionar las consultas relacionadas con el PITEC a través de la cuenta de correo pitec@fecyt.es, que se eliminará.

FECYT se compromete a realizar el proyecto solicitado por la OCDE en el grupo NESTI para el análisis de la incidencia y del impacto del apoyo público a la I+D empresarial y descrito en el anexo, un informe de la situación del mismo y una publicación de un documento de trabajo.

Compromisos que asumen ambas partes:

El INE y FECYT se comprometen a intercambiar conocimientos y experiencias con la finalidad de optimizar la elaboración de estadísticas sobre I+D+i, así como el aprovechamiento de las mismas.

Asimismo, se comprometen a impulsar conjuntamente el Proyecto del grupo NESTI de la OCDE para el análisis de la incidencia y del impacto del apoyo público a la I+D empresarial, cuya descripción figura en el anexo de este convenio.

Durante el periodo de vigencia del Convenio en los términos establecidos en la cláusula quinta del mismo, la Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control podrá proponer nuevos temas de investigación que, una vez analizados por las instituciones, se decidirá su incorporación al Convenio mediante adendas al mismo.

Tercera. Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control.

Para velar por la adecuada realización de los compromisos del convenio se constituye una Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control cuya composición, funciones y calendario de reuniones serán los siguientes:

Composición:

• En representación del INE:

– El (La) Subdirector(a) General de Estadísticas de Turismo y Ciencia y Tecnología.

– El (La) Jefe(a) de Área de Indicadores de Ciencia y Tecnología.

– Una persona de la Dirección General de Coordinación Estadística y de Estadísticas Laborales y de Precios.

• En representación de FECYT:

– El (La) Director(a) del Departamento de Fortalecimiento del Sistema de I+D+i y su Internacionalización.

– El (La) Jefe(a) de Unidad de Estudios e Informes.

– El (La) Técnico de la Unidad de Estudios e Informes.

Funciones:

Además de la función genérica de seguimiento vigilancia y control de la ejecución del presente convenio y de sus compromisos adquiridos por las partes, la Comisión resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto del convenio.

Calendario:

La Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control se reunirá a instancia de cualquiera de las partes, pudiéndose incorporar a las reuniones los expertos que cada institución considere en función de la materia a tratar. Las reuniones podrán celebrarse a distancia, según lo previsto en el artículo 17.1 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

La Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control se regirá en cuanto a su funcionamiento y régimen jurídico en lo no establecido expresamente en la presente cláusula, por lo dispuesto para el funcionamiento de los órganos colegiados en la sección 3.ª del capítulo II del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

La Presidencia de la Comisión de Seguimiento será rotatoria por anualidades entre ambos organismos iniciándose por un representante del INE, quien tendrá el voto de calidad en caso de ser necesario.

Cuarta. Financiación.

El presente Convenio no generará ni dará lugar a ninguna clase de contraprestaciones económicas entre los organismos firmantes.

Quinta. Vigencia.

El presente Convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el Boletín Oficial del Estado y mantendrá su vigencia por un periodo de cuatro años. Antes de la finalización de este plazo los firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En caso de producirse la prórroga del mismo esta será comunicada al Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación.

En caso de que transcurridos los ocho años ambas partes estimen necesario continuar la colaboración se deberá suscribir un nuevo convenio.

Sexta. Incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos.

El incumplimiento de las obligaciones asumidas por parte de alguno de los firmantes podrá ser requerido por la otra parte mediante notificación para que en un plazo de 15 días naturales subsane el incumplimiento. Si transcurrido este plazo persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra parte firmante la concurrencia de la causa de resolución y se entenderá resuelto el convenio.

Séptima. Modificación.

El presente Convenio podrá ser modificado por acuerdo de ambas partes a propuesta de cualquiera de ellas, a través de la Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control, mediante la suscripción del oportuno acuerdo de modificación formalizado antes de la finalización de la vigencia del Convenio.

Octava. Régimen de Extinción y Resolución.

El presente convenio, de acuerdo al artículo 51 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución:

• El transcurso del plazo de vigencia sin haberse acordado la prórroga del mismo.

• El acuerdo unánime de los firmantes.

• El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

• Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

• Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en las leyes.

La resolución del convenio por causas distintas a la regulada en la cláusula sexta, en caso de no producirse de mutuo acuerdo habrá de ser comunicada a la otra parte de forma fehaciente con un plazo mínimo de dos meses.

En caso de resolución del convenio por cualquier causa prevista en el mismo o en la Ley, la Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control fijará el plazo para la finalización de las actuaciones derivadas de este convenio que estén en ejecución, plazo que será improrrogable.

Novena. Régimen jurídico y Jurisdicción aplicables.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se regula por los artículos 47 a 53 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector público.

Las partes se comprometen a resolver de común acuerdo cualquier conflicto que pudiera surgir en la interpretación y ejecución del presente convenio.

Por otro lado, las controversias que pudiesen plantearse sobre la interpretación y ejecución del presente Convenio, que no hayan podido ser resueltas por la Comisión de Seguimiento, Evaluación y Control serán de conocimiento de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de este orden jurisdiccional.

Décima. Resolución de anteriores Acuerdos y Convenios de Colaboración.

Se acuerda resolver los Convenios de Colaboración y el Acuerdo Marco que se relacionan a continuación y que fueron suscritos por las partes firmantes de este Convenio, dando lugar a su liquidación y extinción desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado previa inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal.

Convenio de Colaboración entre el Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) en materia de Estadísticas de I+D+i de 23 de octubre de 2009.

Acuerdo Marco de Colaboración entre el Instituto Nacional de Estadística (INE) y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología (FECYT) en materia de Estadísticas de I+D+i de 20 de mayo de 2011.

Convenio de Colaboración entre el Instituto Nacional de Estadística y la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología en el ámbito de la I+D+i de 30 de septiembre de 2013.

Desde la fecha en que el presente convenio adquiera eficacia jurídica, sustituirá en su totalidad a los mismos que, por consiguiente, se declaran resueltos, liquidados y extintos.

Y en prueba de conformidad, en duplicado ejemplar, firman el presente Convenio en Madrid, a 10 de septiembre de 2018.–El Presidente del Instituto Nacional de Estadística, O.A., Gregorio Izquierdo Llanes.–La Directora General de la Fundación Española para la Ciencia y la Tecnología, F.S.P., Paloma Domingo García.

ANEXO
Proyecto de colaboración conjunta entre el INE y FECYT para el análisis de la incidencia y del impacto del apoyo público a la I+D empresarial

Este proyecto de investigación es una actividad del Grupo de Expertos Nacionales en Indicadores de Ciencia y Tecnología (NESTI, por sus siglas en inglés), de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

El proyecto se basa en un enfoque distribuido de microdatos: el Secretariado del Grupo NESTI de la OCDE coordina a un grupo de investigadores que tienen acceso a microdatos confidenciales del apoyo público a la I+D. Esta singular metodología permite a la OCDE recoger varios indicadores de la I+D empresarial, por medio de un programa informático centralizado y que puede ser ejecutado usando fuentes de información de varios países, teniendo en cuenta algunas de sus idiosincrasias.

El proyecto trata de explorar, al nivel de la empresa, el alcance y el impacto del apoyo público a la I+D, aprovechando la gran heterogeneidad en la elegibilidad de las empresas y en las medidas de apoyo a la I+D entre los países de la OCDE.

La parte descriptiva del proyecto persigue generar indicadores armonizados, basados en microdatos, sobre la estructura, la distribución y la concentración de la I+D empresarial, y el origen de la financiación de la I+D entre países. Estos indicadores pueden aportar información sobre los factores microeconómicos que explican las diferencias en el rendimiento agregado de la I+D empresarial. Dicha información se puede usar en el diseño de las políticas de innovación, de competencia o de formación.

El enfoque distribuido garantiza que se preserva la confidencialidad de los datos, a la vez que sirve para responder a preguntas que no pueden analizarse a nivel de un solo país o mediante fuentes de información disponibles públicamente.

El proyecto requiere disponer de microdatos suficientemente comparables entre países: variables con definiciones idénticas y poblaciones con un grado suficiente de semejanza. En concreto, el proyecto se basa en microdatos de la ejecución de la I+D empresarial. Estos microdatos tienen que ser recogidos en encuestas nacionales de I+D que siguen la metodología propuesta por el manual de Frascati de la OCDE.

El proyecto usa datos de encuestas oficiales, lo que garantiza que los indicadores calculados son representativos del conjunto de empresas que ejecutan I+D. Así, cualquier diferencia en los resultados entre países se debe a diferencias reales en el fenómeno analizado y no a la composición de la muestra en cada país.

El estudio requiere disponer de microdatos de las encuestas de 2007 y 2015. En la tabla siguiente se detallan las variables requeridas en la encuesta de 2015; también son necesarias esas mismas variables de la encuesta de 2007.

El acceso a esta información por parte de FECYT se realizará en las instalaciones de los servicios centrales del INE a través de un «Secure Place», es decir, desde un ordenador que no dispone de ningún tipo de dispositivo que facilite la extracción de información fuera del propio equipo y que permite realizar estudios y análisis a partir de ellos. Todas las acciones realizadas en el puesto de usuario habilitado serán monitorizadas por el INE mediante un software incluido en el mismo.

El personal designado por FECYT para acceder al Secure Place queda obligado por el deber de preservar el secreto estadístico en los mismos términos previstos en la Ley 12/1989, de 9 de mayo, de la Función Estadística Pública (LFEP) para el personal estadístico, debiendo firmar el correspondiente Documento de Declaración Individual en Materia de Secreto Estadístico.

Variables necesarias en el registro de fichero de 2015

1

50

252

268

298

2

51

253

269

299

6

52

254

270

300

7

53

255

271

301

10

59

256

272

302

12

60

257

273

303

14

61

258

274

304

16

65

260

275

305

26

69

261

276

306

38

73

262

277

307

40

77

263

278

488

42

81

264

279

44

249

265

295

46

250

266

296

48

251

267

297

En la variable con ID 2: CNAE, es suficiente con la desagregación a dos dígitos.

Los métodos estadísticos utilizados en el análisis de datos son:

• Cálculo de media, percentiles (10, 25, 50, 75 y 90) y desviación típica.

• Cálculo de totales, proporciones y un indicador de concentración (índice de Herfindahl).

La tabla siguiente recoge los indicadores que se calcularán a partir de los microdatos de I+D.

Indicador

Tipo 1-Media, percentiles (10, 25, 50, 75 and 90) y desviación típica

Tipo 2-Total, proporción e índice de concentración

Intensidad en I+D.

1.1 Gasto en I+D interna/Compra de I+D de la empresa.

x

1.2 Intensidad en I+D de la empresa: Gasto en I+D interna con financiación a cargo de la propia empresa como porcentaje de las ventas interiores.

x

Estructura del gasto en I+D dentro de las empresas.

2.1 Proporción del gasto en I+D interna, por tipo de I+D.

x

2.2 Proporción del gasto en I+D interna, por tipo de gasto.

x

2.3 Proporción del gasto en I+D interna, por origen de fondos.

x

2.4 Proporción de la compra en I+D, por destino.

x

2.5 Ratio de la compra de I+D sobre el total de gasto en I+D (suma de I+D interna y compra de I+D).

x

Personal dedicado a actividades de I+D interna.

3.1 Número del personal de I+D.

x

3.2 Proporción del personal de I+D en el empleo total.

x

3.3 Gastos en retribuciones de I+D por personal de I+D.

x

3.4 Composición del personal de I+D (proporción).

x

Por ocupación.

Por titulación.

Por género.

Concentración de gasto en I+D (I+D interna y compra de I+D), personal de I+D y apoyo directo.

4.1 Proporción de las empresas en:

x

Gasto en I+D.

Personal de I+D.

Apoyo directo a la I+D.

4.2 Proporción que representan las 10-20-50-100 empresas con mayor valor en:

x

Gasto en I+D.

Personal de I+D.

Apoyo directo a la I+D.

4.3 Proporción que representan el top 5-10% con mayor valor en:

x

Gasto en I+D.

Personal de I+D.

Apoyo directo a la I+D.

4.4 Número de ejecutores que representan el 50-75-90% del:

x

Gasto en I+D.

Personal de I+D.

Apoyo directo a la I+D.

4.5 Índice de Herfindahl (concentración):

x

Gasto en I+D.

Personal de I+D.

Apoyo directo a la I+D.

El programa informático calcula esos indicadores tanto para el conjunto de empresas como para los siguientes niveles de desagregación, siempre que se salvaguarde el secreto estadístico:

Variable para desagregar

Descripción

all

Todas las unidades.

size2

Número medio de empleados (2 categorías): umbral 250.

size4

Número medio de empleados (4 categorías): umbrales 10, 50, 250 (micro, pequeña, mediana y grande).

size5

Número medio de empleados (5 categorías): umbrales 10, 20, 50, 250 (de acuerdo con el Proyecto MultiProd de la OCDE). Los indicadores solo se calculan en interacción con la variable ind_a38.

ind_a38

Actividad principal (38 categorías).

age2

Edad (2 categorías): umbral 5 años (de acuerdo con el Proyecto MultiProd de la OCDE).

Group

Parte de un grupo de empresas (binaria).

FgnContAff

Privada con participación >= 50% de capital extranjero (binaria).

firm_rdtype2

Tipo dominante de I+D (2 categorías): investigación básica y aplicada, desarrollo experimental.

firm_intra5

Quintiles del gasto en I+D interna (5 categorías).

firm_intensity

Intensidad en I+D a nivel de empresa (5 categorías).

interacciones dobles

size4 con: ind_a38, age2, FgnContAff, Group, firm_intra5.

age2 con ind_a38.

ind_a38 con: FgnContAff, Group, firm_intra5, size5.

Interacciones triples

size2 + age2 + ind_a38.

size4 + age2 + ind_a38.

Los resultados solo contienen aquellos indicadores y desagregaciones que cumplen con los requisitos de confidencialidad que establece el INE.

Para cumplir con estos requisitos, el programa informático del proyecto incluye los siguientes controles:

• Solo se calculan indicadores a partir de un mínimo de 5 observaciones. Puede aumentarse este mínimo, si el INE lo considera oportuno.

• Los percentiles se calculan como la media de las 5 observaciones más cercanas al verdadero percentil. Por tanto, para calcular la mediana hacen falta 5 observaciones como mínimo; 10 para los percentiles 25 y 75; y 20 para los percentiles 10 y 90. Pueden aumentarse estos números si el INE lo considera oportuno.

Los resultados de este proyecto se presentarán en:

• Conferencia y presentación del informe de situación del proyecto en la reunión del grupo NESTI en 2018.

• Publicación de un documento de trabajo en 2018.

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