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Documento BOE-A-2018-15709

Orden TFP/1197/2018, de 16 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Ministros de 16 de noviembre de 2018, por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, prevista en el artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 17 de noviembre de 2018, páginas 111921 a 111922 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Política Territorial y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-15709

TEXTO ORIGINAL

El Consejo de Ministros, en su reunión del día 16 de noviembre de 2018, ha aprobado el Acuerdo por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado prevista en el artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón.

Estimando de interés la difusión del mismo, se ordena su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», con el texto que figura como anexo de esta Orden.

Madrid, 16 de noviembre de 2018.–La Ministra de Política Territorial y Función Pública, Meritxell Batet Lamaña.

ANEXO
Acuerdo por el que se designan los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado, prevista en el artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón

El artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón crea la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón–Estado como el instrumento principal de relación entre la Comunidad Autónoma y el Estado, sin perjuicio de las funciones atribuidas a otros órganos concretos de cooperación bilateral o multilateral, a los efectos previstos en dicho precepto.

En el citado artículo se establece que la Comisión se reúne en sesión plenaria y cuando lo solicite una de las partes, y que su presidencia será ejercida de forma alternativa en turnos de un año.

El Acuerdo de la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado de 27 de junio de 2017, por el que se aprueba el reglamento de organización y funcionamiento de la Comisión Bilateral, señala que la Comisión estará constituida por seis representantes de cada parte.

El Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales, así como el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, hacen necesaria la adecuación de los representantes de la Administración General del Estado que figuraban en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de junio de 2017, conforme a la nueva estructura orgánica de los departamentos ministeriales.

En su virtud, a propuesta de la Ministra de Política Territorial y Función Pública, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 16 de noviembre de 2018, acuerda:

Primero.

Los representantes de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral de Cooperación Aragón-Estado creada por el artículo 90 de la Ley Orgánica 5/2007, de 20 de abril, de reforma del Estatuto de Autonomía de Aragón, son:

− Presidencia. La presidencia de la representación de la Administración General del Estado en la Comisión Bilateral corresponderá a la persona titular del Ministerio de Política Territorial y Función Pública.

− Vocales: Los titulares de los siguientes órganos:

• Secretaría de Estado de Política Territorial.

• Secretaría de Estado de Hacienda.

• Delegación del Gobierno en Aragón.

La Presidencia de la representación de la Administración General del Estado designará los otros dos miembros en función de los temas a tratar.

− Secretaría. La Secretaría de la Comisión corresponderá a la persona titular de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local.

Segundo.

Los representantes de la Administración General del Estado podrán ser sustituidos o delegar su representación en una autoridad que ostente el cargo con rango de Secretario de Estado o de Subsecretario, como mínimo, conforme a lo dispuesto en el artículo 3.2 del Reglamento.

Tercero.

La Presidencia de la representación de la Administración General del Estado convocará a las reuniones de la Comisión Bilateral, conforme a lo previsto en el artículo 3.4 de su Reglamento, a los cargos de otros Departamentos sectoriales cuando la naturaleza y contenido de los asuntos a tratar justifique o aconseje su presencia.

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