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Documento BOE-A-2018-15995

Resolución 292/2018, de 7 de noviembre, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, por la que se convoca concurso específico para la provisión de puesto singularizado de Coordinador de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra, para el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa.

Publicado en:
«BOE» núm. 283, de 23 de noviembre de 2018, páginas 113887 a 113895 (9 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Comunidad Foral de Navarra
Referencia:
BOE-A-2018-15995

TEXTO ORIGINAL

Por Orden JUS/242/2018, de 1 de marzo, publicada en el BOE número 62, de 12 de marzo, se aprobó, por el Ministerio de Justicia, la relación de puestos de trabajo de los cuerpos generales en la Oficina Fiscal de la Comunidad Foral de Navarra.

La Dirección General de Justicia de la Comunidad Foral de Navarra, de acuerdo con lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la redacción dada por el artículo segundo de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como en los artículos 49 y siguientes del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se propone convocar concurso específico para cubrir el puesto de trabajo vacante de Coordinador/a de la Oficina Fiscal de la Comunidad Foral de Navarra que se relaciona en el anexo I de esta Resolución.

En consecuencia, atendiendo al prevalente interés de necesidad del servicio, conforme a lo dispuesto en la normativa anteriormente mencionada y en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Foral 198/2015, de 9 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica del Departamento de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia, resuelvo:

Llevar a cabo convocatoria, por concurso específico, para la provisión del puesto de trabajo singularizado de Coordinador/a de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra, de conformidad con lo dispuesto en el artículo segundo de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina Judicial, que se relaciona en anexos I y II de la presente convocatoria y todo ello con arreglo a las siguientes

Bases de la convocatoria

Primera. Régimen de participación.

Conforme a lo dispuesto en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, en la redacción dada por el artículo segundo de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal, podrán participar en exclusiva y por una sola vez los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa destinados en Pamplona y que se encuentren en situación de servicio activo o con reserva de puesto de trabajo.

No podrán participar en el presente concurso los funcionarios que se encuentren en situación de excedencia, sin derecho a reserva de puesto de trabajo, los suspensos en firme, mientras dure la suspensión y los sancionados con traslado forzoso, para destino en la misma localidad en la que se les impuso la sanción, mientras no hayan transcurrido uno o tres años, si se trata de falta grave o muy grave, respectivamente.

En cuanto al tiempo mínimo para participar en el presente concurso específico, de conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, no regirá la limitación establecida en el artículo 46.1 del mismo.

Segunda. Puesto de trabajo ofertado.

El puesto a proveer mediante el presente concurso es el que figura en anexos I y II de esta Resolución.

En dichos anexos se hacen constar los datos referentes al puesto de trabajo, así como su descripción, con inclusión de las especificaciones derivadas de la naturaleza de la función encomendada al mismo y la relación de las principales tareas. Asimismo, se indica el complemento general del puesto, complemento específico, cuerpo al que está adscrito, nivel, forma de provisión, requisitos de titulación y los méritos a valorar.

Tercera. Valoración de méritos.

La valoración de todos los méritos se efectuará conforme a lo establecido en la base cuarta de la presente Resolución. Dicha valoración vendrá referida a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes de participación en el concurso. Al efecto, se constituirá una Comisión de Valoración.

La valoración de los méritos específicos en la segunda fase se efectuará mediante la puntuación obtenida con la media aritmética de las otorgadas por cada uno de los miembros de la Comisión de Valoración, debiendo desecharse a estos efectos la máxima y la mínima concedidas o, en su caso, una de las que aparezcan repetidas como tales. Las puntuaciones otorgadas en cada apartado del baremo, así como la valoración final, deberán reflejarse en el acta que se levantará al efecto.

Cuarta. Fases del concurso y puntuación.

El presente concurso específico consta de dos fases:

1. Primera fase. Valoración de los méritos generales:

a) Antigüedad: Por los servicios efectivos como funcionario de carrera en el cuerpo de adscripción del puesto de trabajo al que opta, se otorgarán dos puntos por cada año completo de servicios, computándose proporcionalmente los periodos inferiores por meses o, en su caso, por días. A estos efectos, los meses se considerarán de treinta días. La puntuación máxima por este concepto será de 60 puntos. La puntuación correspondiente por día es de 0,00555556.

b) Conocimiento oral y escrito de la lengua oficial propia de las Comunidades Autónomas. En las zonas vascófona y mixta que determina el artículo 5 de la Ley Foral 18/1986, de 15 de diciembre, del Euskera, de conformidad con lo establecido por el Decreto Foral 103/2017, de 15 de noviembre («Boletín Oficial de Navarra» número 231, de 30 de noviembre), por el que se regula el uso del Euskera en las Administraciones Públicas de Navarra, sus organismos públicos y entidades de derecho público dependientes, el conocimiento oral y escrito del Euskera debidamente acreditado por medio de certificación de superación de cada uno de los niveles expedida por el órgano competente en la materia, supondrá el reconocimiento a estos solos efectos de hasta 12 puntos, según el nivel de conocimientos acreditado en los términos siguientes:

1. Certificado de nivel B1 o títulos homologados: Cuatro puntos.

2. Certificado de nivel B2 o títulos homologados: Ocho puntos.

3. Certificado de nivel C1 o títulos homologados: Doce puntos.

Los conocimientos de idioma serán acreditados mediante copia de la certificación de superación de cada uno de los niveles.

Estos certificados no serán acumulativos, por lo que, en caso de que el concursante posea títulos de varios niveles, solo se valorará el superior.

La puntuación máxima para esta fase será de 60 puntos. No obstante, en el caso de aplicarse puntuación por antigüedad y conocimiento del euskera, la puntuación en esta fase podrá alcanzar un máximo de 72 puntos.

2. Segunda fase. Valoración de los méritos específicos, adecuados a las características y contenido del puesto de trabajo, descritos en anexos I y II de la presente Resolución. La puntuación máxima por este concepto será de 43 puntos, de conformidad con el artículo 49 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre.

En este apartado se valorará la posesión por los/as candidatos/as, de títulos académicos oficiales distintos a los exigidos para el ingreso en el Cuerpo o Escala de Gestión Procesal y Administrativa, que tengan vinculación con las características del puesto. Puntuarán también los cursos de perfeccionamiento, convocados por organismos públicos o entidades de reconocido prestigio, homologados, siempre que estén relacionados con el puesto a cubrir y de forma principal los dirigidos a:

– Conocimientos procesales.

– Conocimientos de informática.

– Conocimiento del módulo específico de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra, del Sistema de Gestión Procesal Avantius.

– Conocimientos de Estadística.

Dichos conocimientos serán acreditados mediante las correspondientes certificaciones, títulos, justificantes o cualquier otro medio documental.

El conocimiento del módulo específico de la Fiscalía de Navarra, del Sistema de Gestión Procesal Avantius, se tendrá por acreditado a quien haya prestado servicios como funcionario titular o interino en la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra, durante un periodo mínimo de seis meses en los últimos cinco años, lo que se acreditará de oficio por la Dirección General de Justicia.

Por el presente apartado se otorgará una puntuación máxima de 10 puntos.

Por otro lado se valorará la posesión por los/as candidatos/as de los cursos de perfeccionamiento, convocados u homologados por organismos públicos o entidades de reconocido prestigio, que estén relacionados con habilidades directivas, sociales y de organización. Cursos de dirección de equipos, desarrollo de interrelaciones, de liderazgo y toma de decisiones, de resolución de conflictos, de capacidad de planificación, coordinación y supervisión. Cursos de dirección y gestión de la calidad, de formación de formadores o cualesquiera otros relacionados con el área de recursos humanos.

Por el presente apartado se otorgará una puntuación máxima de 6 puntos.

Se valorará también la experiencia en puestos análogos. Experiencia desarrollada en puestos de trabajo que atiendan a las aptitudes clave del convocado (responsabilidad en la gestión, compromiso con el equipo y con la prestación de un servicio público eficiente y eficaz), así como en aquellos en que se haya llevado a la práctica los conocimientos, destrezas, habilidades y aptitudes valoradas para este puesto.

Por el presente apartado se otorgará una puntuación máxima de 7 puntos.

Con la solicitud se presentará un proyecto relativo a las competencias del puesto convocado. En él se definirá la nueva propuesta de relaciones de jerarquía dentro de la unidad, gestión de la organización y gestión de personal, de medios materiales así como del sistema de gestión procesal de la Fiscalía, centro de destino del puesto convocado. Se valorará especialmente: el diseño del proyecto, el contenido organizativo, objetivos específicos del puesto, propuesta de acciones para la consecución de los objetivos, así como criterios de seguimiento y evaluación en la gestión.

Por el presente apartado se otorgará una puntuación máxima de 20 puntos.

Todos los méritos serán valorados a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Podrá solicitarse de los candidatos aquella documentación adicional que se considere necesaria para la correcta comprobación de cuantos méritos, requisitos y datos deban valorarse.

Quinta. Solicitudes.

Las solicitudes para tomar parte en la presente convocatoria se presentarán en el Registro de la Dirección General de Justicia del Gobierno de Navarra, calle Monasterio de Irache, número 22, bajo, 31011 Pamplona, o por los medios previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas («Boletín Oficial del Estado» de 2 de octubre), en el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».

Así mismo, las solicitudes podrán presentarse en el Registro General Electrónico de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, conforme a lo dispuesto en la Ley Foral 11/2007, de 4 de abril, y normativa de desarrollo.

Las instancias deberán ajustarse al modelo que figura como anexo III de la presente Resolución e irán dirigidas a la Directora General de Justicia del Gobierno de Navarra.

Sexta. Comisión de Valoración.

La Comisión de Valoración, encargada de valorar los méritos de los solicitantes, estará compuesta de los siguientes miembros:

Presidente/a:

– Titular: Doña Ana Carmen Arboniés Leránoz, Teniente Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra.

– Suplente: Don Vicente Martí Cruchaga, Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra.

Vocales:

– Titular: Don Francisco Javier Isasi Barbier, Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

– Suplente: Doña Isabel Torres Guitián, Letrada de la Administración de Justicia del Tribunal Superior de Justicia de Navarra.

– Titular: Don Gerardo Rodrigo Cabrerizo, Jefe de Sección Unidad de Apoyo a la Nueva Oficina Judicial de la Dirección General de Justicia del Gobierno de Navarra.

– Suplente: Don Martín Elcano Sesma, Jefe de la Sección de Personal de la Administración de Justicia, de la Dirección General de Justicia del Gobierno de Navarra.

– Titular: Doña Sagrario Gamboa Ochagavía, Funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de Justicia, a propuesta de la Comisión de Personal de Justicia de Navarra.

– Suplente: Doña María Belén Rey Huidobro, Funcionaria del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de Justicia, a propuesta de la Comisión de Personal de Justicia de Navarra.

Secretario/a:

– Titular: Don Saturnino Salgado Domínguez, Técnico de Administración Pública (Rama Jurídica) de la Dirección General de Justicia del Gobierno de Navarra.

– Suplente: Doña Raquel Luis Tellechea, Diplomada en Relaciones Laborales de la Dirección General de Justicia de Navarra.

La abstención y recusación de los miembros de dicha Comisión se regirá por lo dispuesto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Criterios de adjudicación.

Por la Comisión de Valoración, se analizará y valorará el cumplimiento de cuantos requisitos y méritos deban ser tenidos en cuenta. El orden de adjudicación del puesto vendrá determinado por la puntuación total obtenida atendiendo al baremo recogido en la Base Cuarta de la presente Resolución. En caso de empate en la puntuación total se atenderá para la concesión del puesto al criterio de antigüedad en el escalafón.

Octava. Proceso resolutorio.

El presente concurso se resolverá en el plazo máximo de seis meses, contados desde el día siguiente al de finalización del plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 51.3 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, y la resolución se publicará en el «Boletín Oficial del Estado» y en el «Boletín Oficial de Navarra». En caso de no poder publicarse simultáneamente, los términos y plazos establecidos en la convocatoria se contarán en todo caso a partir de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», que se motivará de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.4 del citado Reglamento.

Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el portal del Gobierno de Navarra en Internet, http://centcms05/home_es/Temas/Justicia/empleo+publico+justicia.htm, la relación de admitidos y excluidos, si se da el caso, con las causas de exclusión. Se concederá un plazo, que no excederá de diez días hábiles, para presentar alegaciones a dicha relación. Las alegaciones presentadas serán resueltas con anterioridad a la resolución provisional de la convocatoria.

La resolución provisional de la presente convocatoria se publicará, asimismo, en el portal del Gobierno de Navarra en Internet, en la dirección anteriormente indicada, y contendrá el baremo realizado. Se otorgará un plazo de diez días hábiles a contar desde el siguiente a su publicación para presentar alegaciones.

Transcurrido el plazo indicado y una vez resueltas las alegaciones, si las hubiere, se dictará Resolución por la Directora General de Justicia resolviendo definitivamente la presente convocatoria, la cual será publicada en el «Boletín Oficial del Estado», en el «Boletín Oficial de Navarra» y en el portal del Gobierno de Navarra en Internet.

En la Resolución de adjudicación definitiva se establecerá la forma y el plazo de toma de posesión del nuevo puesto.

Novena. Recursos.

Contra la presente Resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Consejera de Presidencia, Función Pública, Interior y Justicia del Gobierno de Navarra, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en «Boletín Oficial del Estado».

Pamplona, 7 de noviembre de 2018.–La Directora General de Justicia, María Lourdes Aldave Villanueva.

ANEXO I
Localidad: Pamplona

Centro de destino: Oficina Fiscal de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra

Denominación de puesto

Dotación

Complem. general de puesto/anual

Complem. especifico/anual

Tipo de puesto

Cuerpo

Nivel

Forma de provisión

Requisitos titulación

Méritos a valorar

Coordinador/a de la Fiscalía de la Comunidad Foral de Navarra.

1

3.643,20

11.205,80

Singularizado.

Gestión PA.

B

Concurso específico.

Diplomatura.

11/12/13/14/15/16/17/18/21/22/23/24/25/30/43/46/49/56/57/58/59/60/70/80 (según el anexo II de la Orden JUS/242/2018, publicada en el BOE de 12 de marzo de 2018).

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