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Documento BOE-A-2018-16897

Resolución CLT/2637/2018, de 8 de noviembre, por la que se incoa expediente de declaración de bien cultural de interés nacional, en la categoría de monumento histórico, a favor de la obra de Subirachs en la Sagrada Familia, en Barcelona, y se abre un periodo de información pública.

Publicado en:
«BOE» núm. 297, de 10 de diciembre de 2018, páginas 121340 a 121340 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Cataluña
Referencia:
BOE-A-2018-16897

TEXTO ORIGINAL

El 19 de octubre de 2017, la Dirección General del Patrimonio Cultural emitió informe favorable a la incoación del expediente de declaración de Bien Cultural de Interés Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, a favor de la obra de Subirachs en la Sagrada Familia, en Barcelona.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, resuelvo:

1. Incoar expediente de declaración de Bien Cultural de Interés Nacional, en la categoría de Monumento Histórico, a favor de la obra de Subirachs en la Sagrada Familia, en Barcelona.

2. Notificar esta Resolución a las personas interesadas, dar traslado de la misma al Ayuntamiento de Barcelona y hacerle saber que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán, esta incoación comporta la suspensión de la tramitación de las licencias de parcelación, edificación o derribo en la zona afectada, y también la suspensión de los efectos de las licencias ya concedidas. No obstante, el Departamento de Cultura puede autorizar las obras que sea manifiesto que no perjudican a los valores culturales del bien. Esta autorización debe ser previa a la concesión de la licencia municipal, salvo que se trate de licencias concedidas antes de la publicación de la presente Resolución.

3. Abrir un periodo de información pública, de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 de la Ley 9/1993, de 30 de septiembre, del patrimonio cultural catalán. Durante el plazo de veinte días a contar desde la publicación de esta Resolución en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya», el expediente estará a disposición de quienes quieran examinarlo en la sede de los Servicios Territoriales del Departamento de Cultura en Barcelona (pl. Salvador Seguí, 1-9, 08001 Barcelona). Durante este plazo se podrá alegar lo que se considere conveniente sobre dicho expediente.

4. Comunicar esta Resolución al Registro de Bienes Culturales de Interés Nacional para su anotación preventiva y dar traslado de la misma al Registro General de Bienes de Interés Cultural de la Administración del Estado.

Barcelona, 8 de noviembre de 2018.–La Consejera de Cultura, Laura Borràs i Castanyer.

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