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Documento BOE-A-2018-17230

Decreto de 26 de noviembre de 2018, de la Fiscal General del Estado, por el que se nombra Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Alicante a don Guillermo Balbín Álvarez.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 17 de diciembre de 2018, páginas 123828 a 123829 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio Fiscal
Referencia:
BOE-A-2018-17230

TEXTO ORIGINAL

El 31 de octubre de 2018 el Fiscal de Sala Jefe de la Fiscalía Especial Antidroga remitió a la Inspección Fiscal escrito del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante en el que propone el nombramiento del Fiscal, Ilmo. Sr. don Guillermo Balbín Álvarez como Delegado de la especialidad en la citada Fiscalía.

Hechos

Único.

Con motivo del cese definitivo del anterior Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga, Ilmo. Sr. don Javier Moltó Delgado, por haber adquirido plaza en propiedad en dicha Fiscalía, quedó vacante en la Fiscalía Provincial de Alicante el cargo de Fiscal Delegado de la especialidad que había desempeñado la delegación en régimen de dedicación exclusiva en esa materia.

Para cubrirlo, el Fiscal Jefe comunicó a todos los miembros de la plantilla que quien estuviera interesado debería formular la correspondiente solicitud. El único solicitante fue el Ilmo. Sr. don Guillermo Balbín Álvarez, que aportó su currículo vítae, tiene acreditada experiencia y formación y fue el Delegado provisional desde el cese del anterior Delegado.

Mediante escrito de 31 de octubre de 2018 el Fiscal de Sala de la Fiscalía Especial Antidroga ha interesado que se eleve dicha propuesta a la Fiscal General del Estado para que oído el Consejo Fiscal designe al Ilmo. Sr. don Guillermo Balbín Álvarez, como Delegado de esa Fiscalía Especial en la Fiscalía Provincial de Alicante, y que el nombramiento se efectué en igualdad de condiciones que la delegación que ostentaba el Sr. Moltó.

Fundamentos de Derecho

Primero.

El Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal dispone que los Fiscales Decanos de las Fiscalías serán nombrados mediante resolución dictada por el Fiscal General del Estado, a propuesta motivada del Fiscal Jefe respectivo. El mismo precepto exige que, para la cobertura de estos cargos y con carácter previo, se realice una convocatoria entre los Fiscales de la plantilla, así como que a la propuesta se acompañe relación del todos los Fiscales que lo hayan solicitado con aportación de los méritos alegados (art. 36.4). Esto último no es aplicable al presente caso, al haber sido don Guillermo Balbín Álvarez el único candidato.

Segundo.

La Instrucción 5/2008 de la Fiscalía General del Estado complementa la anterior disposición, al aclarar que también se seguirá el mismo procedimiento de designación en los casos en los que el Delegado Provincial de la especialidad que se propone no tenga el rango de Decano. como sucede en este caso.

La misma Instrucción establece que los nombramientos y ceses de los Delegados Provinciales de la especialidad irán precedidos de un trámite de audiencia del correspondiente Fiscal de Sala, que podrá efectuar las consideraciones que estime pertinentes y, seguidamente se trasladará la propuesta al Fiscal General del Estado a través de la Inspección Fiscal.

Tercero.

Se han cumplido, por tanto, todos los trámites previstos para proceder al nombramiento interesado. Asimismo, la propuesta del Fiscal Jefe de la Fiscalía Provincial de Alicante está suficientemente motivada y avala la idoneidad del candidato.

En consecuencia, vista la propuesta formulada, de conformidad con las previsiones del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, haciendo propia la fundamentación de la propuesta y habiéndose cumplido el requisito de la puesta en conocimiento del Consejo Fiscal del nuevo nombramiento se acuerda:

Nombrar Fiscal Delegado de la Fiscalía Especial Antidroga en la Fiscalía Provincial de Alicante, en régimen de dedicación exclusiva al Fiscal Ilmo. Sr. don Guillermo Balbín Álvarez.

Publíquese el presente Decreto en el «Boletín Oficial del Estado».

Recursos. Contra el presente Decreto, que pone fin a la vía administrativa de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición, a contar desde el día siguiente a su notificación, ante la Fiscalía General del Estado (c/ Fortuny n.º 4, Madrid 28010) en los términos establecidos por el artículo 123 y concordantes de aquella Ley o, alternativamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, según lo establecido en los artículos 10.1.m) y 14.1 regla la de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a su notificación, conforme a lo dispuesto en el artículo 46 de esta misma Ley.

Madrid, 26 de noviembre de 2018.–La Fiscal General del Estado, María José Segarra Crespo.

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