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Documento BOE-A-2018-1732

Resolución de 22 de diciembre de 2017, de la Secretaría de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, por la que se publica el Convenio específico para el año 2017 con la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Publicado en:
«BOE» núm. 35, de 8 de febrero de 2018, páginas 15465 a 15467 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad
Referencia:
BOE-A-2018-1732

TEXTO ORIGINAL

Suscrito el 24 de octubre de 2017, Convenio específico para el año 2017 entre el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha y, en cumplimiento de lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y el Acuerdo del Consejo de Ministros de 2 de marzo de 1990, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho Convenio, que figurará como anexo de esta Resolución.

Madrid, 22 de diciembre de 2017.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés Sanagustín.

ANEXO
Convenio específico para el año 2017 del protocolo general de colaboración suscrito el 2 de junio de 1999 entre el Ministerio del Interior (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) y la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha

En Madrid, a 24 de octubre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, don Mario Garcés Sanagustín, Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, nombrado por Real Decreto 539/2016, de 18 de noviembre («BOE» n.º 280, del 19), en nombre y representación del citado Ministerio, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 62.2, apartados g) y h), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y en virtud del Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.

De otra parte, don Jesús Fernández Sanz, Consejero de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en virtud del nombramiento realizado por Decreto 57/2015, de 5 de julio («DOCM» número 130), y de conformidad por lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha, así como el Decreto 83/2015, de 14 de julio, de estructura orgánica y competencias de la Consejería de Sanidad («DOCM» n.º 138 del 16).

EXPONEN

Que el Ministerio del Interior y la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha suscribieron un Protocolo General de Colaboración, de fecha 2 de junio de 1999, en materia de drogodependencias, que establece que los programas en que se concrete la colaboración entre la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones y la Consejería de Sanidad de dicha Comunidad Autónoma en dicho Protocolo general se establecerán en un convenio específico anual.

Que en la actualidad la Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas y la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones están adscritas al Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, según lo dispuesto en el artículo 6 del Real Decreto 485/2017, de 12 de mayo.

Que la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, en reunión celebrada el 1 de junio de 2017, con base a las atribuciones conferidas en el artículo 6 de la Ley 17/2003, de 29 de mayo, acordó asignar a la Comunidad Autónoma de Castilla la Mancha la cantidad de 578.000,00 euros procedentes del Fondo de bienes decomisados.

En virtud de ello,

ACUERDAN

Primero.

Que la actuación de la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en el año 2017 se concretará en el desarrollo del programa:

– Programa de intervención con drogodependientes en los centros penitenciarios de Castilla-La Mancha: 243.000,00 euros.

– Programa de prevención selectiva e indicada del consumo de drogas: 335.000,00 euros.

Segundo.

Que el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad (Delegación del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas) financiará la realización de este programa, según lo acordado por la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones, con un total de 578.000,00 euros con cargo al concepto 26.18.231A.458, que a tal fin ha sido dotado con créditos provenientes del Fondo de bienes decomisados por tráfico de drogas y otros delitos relacionados, en aplicación del artículo 3.1.b) de la ley 17/2003, de 29 de mayo, reguladora del Fondo de bienes decomisados por tráfico ilícito de drogas y otros delitos relacionados. El abono de los fondos se realizará tras la firma del presente Convenio.

Tercero.

Que durante el primer trimestre del próximo ejercicio, la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha remitirá a la Mesa de Coordinación de Adjudicaciones un informe final y de evaluación del desarrollo de los programas y una certificación detallada y pormenorizada del gasto efectuado en la ejecución de los mismos.

Cuarto.

Que la vigencia del convenio se iniciará en el momento de su firma y finalizará el 31 de diciembre de 2017, surtiendo efectos en los términos previstos en el apartado 8 del artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

No obstante, los programas citados en el Acuerdo primero, se desarrollarán por la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha durante el ejercicio 2017.

Quinto.

Que en el desarrollo y aplicación de este convenio se estará a lo establecido en el Protocolo general de colaboración suscrito por ambas partes, y si el gasto realizado fuera menor que la cantidad subvencionada el remanente será reembolsado al Tesoro Público. Además, en todo lo no previsto expresamente en el Convenio específico, regirán las disposiciones del citado Protocolo general.

Sexto.

El presente Convenio se suscribe al amparo del artículo 4.1.c, del Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto-Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, quedando excluido del ámbito de la normativa contractual. No obstante, serán de aplicación los principios de esta Ley para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse. Asimismo, su régimen jurídico viene determinado por lo dispuesto en el Capítulo VI del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las controversias que pudieran surgir serán de la competencia de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para la debida constancia de lo acordado, se firma en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicados.–El Secretario de Estado de Servicios Sociales e Igualdad, Mario Garcés Sanagustín.–El Consejero de Sanidad de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, Jesús Fernández Sanz.

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