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Documento BOE-A-2018-17339

Resolución 420/38326/2018, de 13 de diciembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la Adenda correspondiente a la Comunidad de Madrid para el año 2018, al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los centros docentes militares de formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 304, de 18 de diciembre de 2018, páginas 124363 a 124366 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Defensa
Referencia:
BOE-A-2018-17339

TEXTO ORIGINAL

Suscrita el 4 de diciembre de 2018 la Adenda correspondiente a la Comunidad Autónoma de Madrid para el año 2018, al Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de formación profesional de grado superior en los centros docentes militares de formación de suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2018, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha adenda, que figura como anexo de esta resolución.

Madrid, 13 de diciembre de 2018.–El Secretario General Técnico, Emilio Fernández-Piñeyro y Hernández.

ANEXO
Adenda correspondiente a la Comunidad Autónoma de Madrid para el año 2018, al Convenio de Colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, firmado el 24 de marzo de 2015, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas, en el año 2018

En Madrid, a 4 de diciembre de 2018.

REUNIDOS

De una parte, el señor don Alejo de la Torre de la Calle, Subsecretario de Defensa, nombrado por Real Decreto 496/2018, de 18 de junio, actuando en nombre y representación del Ministerio de Defensa, por delegación de firma de la Ministra de Defensa, expresamente concedida para este acto.

Y de otra, don Rafael van Grieken Salvador, Consejero de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 65/2018, de 21 de mayo, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo establecido por los artículos 17.1 y 22.2 del Estatuto de Autonomía y por los artículos 9.a) y 28 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

Las partes, en la representación que ostentan, se reconocen mutua capacidad para obligarse y convenir y

EXPONEN

Primero.

Que el 24 de marzo de 2015, se suscribió el Convenio de colaboración entre el Ministerio de Defensa, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y las Comunidades de Aragón, Castilla-La Mancha, Castilla-León, Galicia, Madrid y Región de Murcia, para impartir las enseñanzas de Formación Profesional de Grado Superior en los Centros Docentes Militares de Formación de Suboficiales de las Fuerzas Armadas.

Segundo.

Que la cláusula séptima establece la creación de una Comisión de Seguimiento mixta, entre cuyas funciones se encuentran las de aprobar las actividades docentes a realizar así como, proponer para cada ejercicio presupuestario las titulaciones a impartir, el número de profesores y el importe a abonar por el Ministerio de Defensa.

Tercero.

Que según establece la cláusula segunda del convenio, le corresponde al Ministerio de Defensa la financiación del coste del personal docente que preste servicios en los centros docentes militares de formación.

Cuarto.

Que según establece la cláusula sexta del convenio, con carácter anual, las autoridades firmantes, a propuesta de la Comisión de Seguimiento, acordarán una adenda al referido convenio, en la que se concretarán, para dicho año económico, titulaciones a impartir, número de profesores necesarios, cuantías de sus retribuciones, la aplicación presupuestaria del Ministerio de Defensa con la que se hará frente al gasto y la forma de efectuar su pago a la Comunidad de Madrid.

En consecuencia, las partes acuerdan suscribir esta adenda que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto de la adenda.

El objeto de esta adenda es acordar el número de profesores que debe proporcionar la Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid, para impartir en el año 2018 las titulaciones de formación profesional de grado superior.

Igualmente, acordar el régimen de dicho profesorado, las cuantías de sus retribuciones y la forma en que el Ministerio de Defensa hará frente a los gastos que ocasione el personal docente.

Segunda. Titulaciones a impartir y centros.

El centro concernido es la Academia de Ingenieros del Ejército de Tierra (ACING), en Hoyo de Manzanares (Madrid).

Durante el año 2018 se impartirán las titulaciones de técnico superior siguientes:

– Técnico Superior de Formación Profesional en Proyectos de Obra Civil.

– Técnico Superior de Formación Profesional en Sistemas de Telecomunicaciones e Informáticos.

Tercera. Aportaciones de la Consejería de Educación e Investigación.

Le corresponde a la Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid proporcionar a la Academia de Ingenieros del Ejército de Tierra el personal docente siguiente:

De 1 de enero a 31 de diciembre: Catorce (14) Profesores a jornada completa con los siguientes requisitos:

– 3 Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Sistemas Electrónicos.

– 2 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Construcciones Civiles y Edificación.

– 5 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de inglés.

– 1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Formación y Orientación Laboral (FOL).

– 1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Proyectos de Construcción.

– 2 Profesores Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, especialidad de Equipos Electrónicos.

De 1 de enero a 30 de junio: cuatro (3) Profesores a jornada completa y uno (1) a media jornada con los siguientes requisitos:

– 2 Profesores del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Construcciones Civiles y Edificación.

– 1 Profesor del Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria, especialidad de Sistemas Electrónicos (a media jornada).

– 1 Profesor del Cuerpo de Profesores Técnicos de Formación Profesional, Especialidad de Proyectos de Construcción.

De estos profesores, uno de ellos, desempeñará las funciones de Jefe de Estudios Adjunto y, dos, las de Jefe de Departamento.

Cuarta. Régimen del personal docente objeto de esta Adenda.

El personal docente estará sujeto al régimen de derechos y obligaciones establecidos en la cláusula quinta del convenio de colaboración suscrito el 24 de marzo de 2015.

Quinta. Aportaciones del Ministerio de Defensa.

La aportación máxima del Ministerio de Defensa por el objeto de esta adenda, será de seiscientos noventa y dos mil ochocientos setenta euros con catorce céntimos (692.870,14 €) con cargo al presupuesto de 2018, de la aplicación presupuestaria 14.01.121N.450.–Transferencias a CCAA. Formación Escuela de Suboficiales.

Una vez concluidas las actividades del año 2018, la transferencia de la cuantía prevista se efectuará tras la tramitación de la correspondiente propuesta de pago, previo reconocimiento de la obligación por el órgano competente y fiscalización de conformidad.

La cantidad correspondiente se abonará mediante ingreso en la cuenta bancaria que a tal efecto designe la Comunidad Autónoma de Madrid de acuerdo con la cláusula sexta del convenio de colaboración del 24 de marzo de 2015. A la finalización de cada uno de los períodos, se transferirá la cantidad requerida por la Comunidad Autónoma de Madrid en función de los costes derivados de los haberes devengados a los profesores en dicho período.

A tal efecto, el jefe de estudios del centro, certificará el número y la especialidad de los profesores que impartieron los correspondientes títulos de Formación Profesional, y la Comunidad Autónoma de Madrid rendirá cuenta justificativa en la que se acrediten los profesores y los haberes devengados por cada uno de ellos, conforme al régimen retributivo que les sea de aplicación.

Sexta. Eficacia.

Con arreglo a lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, esta adenda resultará eficaz una vez inscrita en el Registro Electrónico estatal de Órganos e instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

Y en prueba de conformidad de cuanto antecede, firman las presentes Adendas en dos ejemplares originales, igualmente válidos, en el lugar y fechas arriba indicadas.–Por el Ministerio de Defensa, el Subsecretario de Defensa, Alejo de la Torre de la Calle.–Por la Comunidad de Madrid, el Consejero de Educación e Investigación, Rafael van Grieken Salvador.

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