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Documento BOE-A-2018-221

Resolución de 20 de diciembre de 2017, del Instituto Cervantes, por la que se publica la Adenda de prórroga del Convenio de colaboración con la Fundación Premio Convivencia Ciudad de Ceuta.

Publicado en:
«BOE» núm. 6, de 6 de enero de 2018, páginas 2706 a 2707 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación
Referencia:
BOE-A-2018-221

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la Adenda de prórroga del convenio de colaboración entre el Instituto Cervantes y la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta.

Madrid, 20 de diciembre de 2017.–El Secretario General del Instituto Cervantes, Rafael Rodríguez-Ponga Salamanca.

ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL INSTITUTO CERVANTES Y LA FUNDACIÓN PREMIO CONVIVENCIA CIUDAD AUTÓNOMA DE CEUTA

De una parte, don Juan Manuel Bonet Planes, Director del Instituto Cervantes, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 49/2017, de 27 de enero («BOE» del 28), de conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 7/1991, de 21 de marzo, por la que se crea el Instituto Cervantes, actúa en nombre y en representación del Instituto Cervantes, con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Alcalá 49, 28014 Madrid, con NIF Q-2812007 I.

Y, de otra parte, doña María Isabel Deu del Olmo, Excma. Sra. Consejera de Presidencia de la Ciudad Autónoma de Ceuta, en virtud de su nombramiento por Decreto de 10 de noviembre de 2016, de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, y Presidenta de la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta, cargo para el que fue nombrada por acuerdo del Patronato de dicha Fundación, en su sesión de 19 de diciembre de 2003, que fue elevado a público mediante la escritura otorgada ante el Notario del Ilustre Colegio de Andalucía don Antonio Fernández Naveiro, el 22 de febrero de 2011, con el número 173 de su protocolo, de conformidad con lo establecido en el artículo 11 de sus Estatutos, actúa en nombre y en representación de la citada Fundación, con domicilio a los efectos del presente convenio en paseo del Revellín, 30-3.ª, 51001 de Ceuta, y con NIF G-51000024.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran y manifiestan que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir la presente adenda y, a tal efecto

EXPONEN

I. Que, con fecha 11 de abril de 2017, el Instituto Cervantes (en adelante el IC) y la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta (en adelante, la Fundación) suscribieron un convenio con el objeto de establecer las condiciones para que la Fundación colaborase en la financiación del programa de actividades culturales del IC en Tetuán, Marruecos.

II. Que en la cláusula séptima del citado convenio se establecía que las partes podrían suscribir acuerdos de prórroga por años naturales que se incorporarían al mismo progresivamente, a medida que se fueran formalizando. En dichos acuerdos se detallarán las actividades a realizar y la aportación de la Fundación al IC, teniendo en cuenta lo previsto en la cláusula segunda del convenio.

III. Que las partes manifiestan su satisfacción por la colaboración desarrollada y desean prorrogarla.

IV. Que, de conformidad con lo previsto en el artículo 50.2 a) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, la presente adenda ha sido informada favorablemente por el servicio jurídico del Instituto Cervantes.

V. Que esta adenda ha sido autorizada para su suscripción por el Ministerio de Hacienda y de Función Pública con fecha 16 de noviembre de 2017.

De acuerdo con lo anterior, las partes manifiestan su voluntad de formalizar la presente adenda de prórroga del convenio de 11 de abril de 2017, con arreglo a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

La presente adenda tiene por objeto detallar las actividades a realizar y la aportación de la Fundación al IC, teniendo en cuenta lo previsto en la cláusula segunda del convenio de 11 de abril de 2017.

La finalidad exclusiva de la ayuda de la Fundación será la de contribuir a sufragar los gastos originados por el intercambio y/o itinerancia de las actividades que, decididas de forma conjunta y entre otras, se señalan a continuación y que tanto el IC, a través de su centro en Tetuán, como la Fundación llevarán a cabo durante la vigencia de la presente adenda:

− Organizar y promover conferencias, seminarios, jornadas, congresos y manifestaciones artísticas y culturales de todo género.

− Desarrollar y promover toda clase de actividades teatrales y musicales.

− Colaborar, junto con otras instituciones, en la organización de cursos de formación en español.

− Apoyar la promoción de los hábitos de lectura, en particular en los sectores infantil y juvenil, y la difusión de la cultura a través del libro y de las manifestaciones literarias.

− Organizar encuentros con escritores y personajes destacados del mundo de las letras.

− Organizar y desarrollar exposiciones de pintura o fotografía en ambas ciudades.

− Desarrollar la XIV Muestra de Cine Multicultural de Ceuta, de forma paralela, en la ciudad de Tetuán.

Segunda.

La Fundación destinará la cantidad de nueve mil quinientos euros (9.500 euros) para colaborar, en los términos previstos en el convenio de 11 de abril de 2017, en los gastos que se deriven de la realización de las actividades mencionadas en la cláusula anterior, con cargo a su presupuesto para 2018 y supeditados a sus disponibilidades presupuestarias para dicho ejercicio.

Tercera.

Las partes acuerdan prorrogar su colaboración por un año más, hasta el 31 de diciembre de 2018.

Y en prueba de conformidad, firman la presente adenda, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.–Por el Instituto Cervantes, en Madrid, el 20 de noviembre 2017, Juan Manuel Bonet Planes, Director.–Por la Fundación Premio Convivencia Ciudad Autónoma de Ceuta, en Ceuta, el 5 de diciembre de 2017, María Isabel Deu del Olmo, Presidenta.

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