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Documento BOE-A-2018-3518

Resolución de 20 de febrero de 2018, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., por la que se actualiza la de 30 de agosto de 2017, de concesión de ayudas del programa de fomento de la demanda de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad de Madrid.

Publicado en:
«BOE» núm. 63, de 13 de marzo de 2018, páginas 29777 a 29780 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital
Referencia:
BOE-A-2018-3518

TEXTO ORIGINAL

Don Jose Manuel Leceta García, Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., habilitado para este acto como órgano concedente, según lo establecido en el apartado tercero de la base sexta de las bases reguladoras,

CONSIDERANDO

Primero.

Que, por Resolución de 30 de agosto de 2017, de la Entidad Pública Empresarial Red.es, («Boletín Oficial del Estado» número 216, de 8 de septiembre), se resolvió la concesión de las ayudas del programa de fomento de la demanda de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas, en la Comunidad de Madrid, haciendo referencia al detalle de las categorías, suscripciones y proveedores asignados a cada beneficiario.

Segundo.

Que, por otra parte, los proveedores de las soluciones objeto de las ayudas a conceder fueron seleccionados a través de la Resolución de 28 de abril de 2016, del Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, por la que se homologa a las empresas colaboradoras del programa de fomento de la demanda de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas. Dicha resolución fue actualizada por las Resoluciones de 3 de junio de 2016 y de 15 de julio de 2016. Las citadas resoluciones fueron publicadas en las respectivas fechas de firma en el Perfil del Contratante de Red.es.

El pasado 25 de octubre de 2017 se publicó en el citado medio la Resolución de esa misma fecha del Director General de Red.es por la que se actualizan datos en la Resolución de 28 de abril de 2016, del Director General de Red.es, por la que se homologan a las empresas colaboradoras del programa de fomento de la demanda de soluciones de computación en la nube para pequeñas y medianas empresas (y por tanto, de forma posterior a la notificación de la Resolución de 30 de agosto de 2017, de concesión de ayudas en la mencionada región).

La Resolución de 25 de octubre aceptaba la renuncia de diversos proveedores, de tal forma que se concedió un plazo a los beneficiarios provisionales afectados, para que pudieran seleccionar un proveedor alternativo o, en su caso renunciar a una o varias de las categorías seleccionadas con los proveedores que renunciaban. En cualquier caso, se advertía a los beneficiarios provisionales que la cuantía concedida mediante resolución suponía un máximo que no se podía superar.

Tercero.

Transcurrido el plazo para seleccionar un nuevo proveedor por parte de los beneficiarios afectados, el Director de Economía Digital recogió, a través de su Propuesta de 11 de enero de 2018, el resultado de dicho procedimiento, junto con el listado de beneficiarios que habían presentado renuncia expresa a la ayuda concedida fuera del procedimiento derivado de la renuncia presentada por ciertos proveedores.

A la vista de lo anterior, resuelvo:

Primero.

Que se actualicen los siguientes aspectos de la Resolución de 30 de agosto de 2017, de la Entidad Pública Empresarial Red.es:

• Al no existir en el Catálogo de proveedores homologados una solución de precio similar o inferior al ofertado por el proveedor «Futuver Consulting, S.L.», (cuya renuncia ha sido aceptada), los beneficiarios provisionales afectados pierden la ayuda para las categorías afectadas por la citada renuncia, debido a que, por causas sobrevenidas, resulta imposible materialmente la ejecución de las mismas en los términos establecidos en la resolución de concesión. De acuerdo con lo anterior, debe eliminarse la siguiente entrada de la tabla de beneficiarios provisionales, reflejada en las páginas números 88992-89002:

Razón social

NIF

Categoría

Proveedor

N.º Suscripciones

Importe presupuesto subvencionable Categoría no ejecutable

(Euros)

Importe ayuda perdido

(Euros)

Nyuron Synaptics, S.L.

B87230371

3

Futuver Consulting, S.L.

1

171,00

85,50

• Ante la falta de presentación de la solicitud de cambio de proveedor en tiempo y forma, y debido a la imposibilidad de ejecutar la ayuda en los términos establecidos en la Resolución de 30 de agosto de 2017, se considera que los siguientes beneficiarios renuncian a las soluciones enunciadas a continuación, por lo que, al no contravenir el Ordenamiento Jurídico, deben eliminarse de la tabla de beneficiarios provisionales, reflejada en las páginas números 88992-89002:

Razón social

NIF

Categoría

Proveedor

N.º Suscripciones

Importe Presupuesto

(Euros)

Importe ayuda

(Euros)

Electrofilm Española, S.A.

A28142735

4

Sage Spain, S.L.

1

1.269,00

1.015,20

Studyplan, S.L.U.

B80212582

4

Sage Spain, S.L.

2

1.674,00

837,00

• Adicionalmente, y fuera del procedimiento relacionado con las renuncias de ciertos proveedores, las siguientes pymes han presentado renuncia a las soluciones enunciadas a continuación, por lo que, al no contravenir el Ordenamiento Jurídico, deben eliminarse de la tabla de beneficiarios provisionales, reflejada en las páginas números 88992-89002:

Razón social

NIF

Categoría

Proveedor

N.º Suscripciones

Importe Presupuesto subvencionable Categoría renunciado

(Euros)

Importe Ayuda renunciado

(Euros)

Autoescuela Lara, S.L.

B28876829

7

UTE (Clave Informática S.L.; Ceginfor, S.L.U)

2

10.016,00

7.011,20

8

Infortelecom Hosting, S.L.

2

3.380,00

2.366,00

9

Infortelecom Hosting, S.L.

2

6.000,00

4.200,00

Cayetano Carrasco Suárez.

24088094X

7

Amvos Consulting, S.L.

1

18.750,00

15.000,00

Cuadriman, S.L.

B78414307

1

Cartagon, S.L.

1

36,00

25,20

7

Trevenque Sistemas de Información, S.L.

1

5.400,00

3.780,00

10

UTE (Ringsouth Europa, S.L.; Databytes Software, S.L.)

1

30,00

21,00

Dynamic Tours, S.A.

A82863549

1

Acens Technologies, S.L.

1

94,50

75,60

4

UTE (Nuevas Tecnologías Mediterráneo, S.L.; Veridata, S.L.; Sistemas de Datos, S.L.)

6

2.400,00

1.920,00

6

UTE (Nuevas Tecnologías Mediterráneo, S.L.; Veridata, S.L.; Sistemas de Datos, S.L.)

1

15.500,00

12.400,00

8

UTE (Nuevas Tecnologías Mediterráneo, S.L.; Veridata, S.L.; Sistemas de Datos, S.L.)

1

700,00

560,00

10

UTE (Ringsouth Europa, S.L.; Databytes Software, S.L.)

1

30,00

24,00

Exoandamiajes, S.L.

B85984284

6

Hibu Connect, S.A.U.

7

11.000,00

5.500,00

Ibáñez Viejo, S.A.

A78023165

7

UTE (Clave Informática, S.L.; Ceginfor, S.L.U.)

2

10.016,00

7.011,20

8

Infortelecom Hosting, S.L.

2

3.380,00

2.366,00

9

Infortelecom Hosting, S.L.

2

6.000,00

4.200,00

María Eugenia Puertas Serrano.

01927783S

7

UTE (La Primera Comunica; Innova Empr; Averroes Form; Cubetic Cons; Solu Center)

1

1.800,00

1.440,00

Mario Gonzalo Perdomo Piquero.

51266658A

1

Acens Technologies, S.L.

1

94,50

66,15

2

Tier 1 Technology, S.L.

1

10.250,00

7.175,00

4

Tier 1 Technology, S.L.

1

2.500,00

1.750,00

7

Tier 1 Technology, S.L.

1

6.000,00

4.200,00

8

Vector Software Factory, S.L.

1

70,00

49,00

10

UTE (Ringsouth Europa, S.L.; Databytes Software, S.L.)

1

30,00

21,00

Óscar Juan Ramos Navarro.

52501725Q

7

Ute (Clave Informática, S.L.; Ceginfor, S.L.U.)

2

10.016,00

7.011,20

8

Infortelecom Hosting, S.L.

2

3.380,00

2.366,00

9

Infortelecom Hosting, S.L.

2

6.000,00

4.200,00

Pinturas Aldeco, S.L.U.

B84936038

7

Hibu Connect, S.A.U.

9

13.000,00

6.500,00

Te Veo Online, S.L.

B86898426

6

Izertis, S.L.U.

1

19.990,00

12.993,50

YABER, SL.

B85202489

1

Acens Technologies S.L.

1

94,50

75,60

4

UTE (Nuevas Tecnologías Mediterráneo S.L.; Veridata, S.L.; Sistemas de Datos, S.L.)

4

2.140,00

1.712,00

7

UTE (Nuevas Tecnologías Mediterráneo S.L.; Veridata, S.L.; Sistemas de Datos, S.L.)

1

16.300,00

13.040,00

8

Vector Software Factory S.L.

1

70,00

56,00

10

UTE (Ringsouth Europa S.L.; Databytes Software, S.L.)

1

30,00

24,00

Segundo.

La presente resolución es susceptible de recurso de alzada ante el Presidente de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P., en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 20 de febrero de 2018.–El Director General de la Entidad Pública Empresarial Red.es, M.P, José Manuel Leceta García.

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