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Documento BOE-A-2018-4082

Resolución de 13 de marzo de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, para la gestión de ayudas destinadas a alumnos universitarios, de enseñanzas artísticas superiores, otros estudios superiores y formación profesional de grado superior, para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa en el año 2018.

Publicado en:
«BOE» núm. 72, de 23 de marzo de 2018, páginas 32338 a 32344 (7 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-4082

TEXTO ORIGINAL

El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), han suscrito, con fecha 1 de marzo de 2018, un Convenio para la gestión de ayudas destinadas a alumnos universitarios, de enseñanzas artísticas superiores, otros estudios superiores y formación profesional de grado superior,, para participar en Cursos de Inmersión en Lengua Inglesa en el año 2018, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 13 de marzo de 2018.–La Secretaria General Técnica, Mónica Fernández Muñoz.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para la gestión de ayudas destinadas a alumnos universitarios, de enseñanzas artísticas superiores, otros estudios superiores y formación profesional de grado superior para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa en el año 2018

En Madrid, 1 de marzo de 2018.

INTERVIENEN

De una parte, don Íñigo Méndez de Vigo y Montojo, Ministro de Educación, Cultura y Deporte en virtud del Real Decreto 417/2016, de 3 de noviembre, y en uso de la competencia establecida en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,

De otra parte, don Emilio Lora-Tamayo d’Ocón, Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, en virtud del Real Decreto 1002/2017, de 24 de noviembre, en ejercicio de la competencia prevista en el artículo 12 del Real Decreto 331/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Estatuto de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (BOE número 88/2002).

Reconociéndose que ostentan capacidad para formular el presente Convenio,

EXPONEN

Que ambas partes coinciden en que el conocimiento de idiomas distintos del propio contribuye de forma esencial a la formación integral de los jóvenes. Su aprendizaje se ha convertido en un objetivo fundamental de las políticas de formación e integración laboral, tanto porque favorece la libre circulación y comunicación como por exigencias del mercado de trabajo. Concretamente, el estudio y la práctica del idioma inglés constituyen una parte indispensable en la formación de quienes se encuentran en la edad de prepararse para entrar en el mercado de trabajo.

Que el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte dentro de su ámbito de competencias fomenta el conocimiento de idiomas de los estudiantes a través de ayudas dirigidas a enseñanzas en programas y cursos educativos de inmersión lingüística, como instrumentos eficaces para que estudiantes de nivel intermedio y avanzado consigan mejorar su fluidez en el manejo de la lengua inglesa. Dichas ayudas se enmarcan dentro del programa 323M, Becas y ayudas a estudiantes.

Que la Universidad Internacional Menéndez Pelayo (UIMP), organismo autónomo adscrito al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte con personalidad jurídica y patrimonio propios, creada por Decreto de 23 de agosto de 1932, y regulada en la actualidad por los Estatutos aprobados por el Real Decreto 331/2002, de 5 de abril (BOE de 12 de abril), se define como un centro universitario de alta cultura, investigación y especialización, en el que convergen actividades de distintos grados y especialidades universitarias, que tiene como misión difundir la cultura y la ciencia, fomentar las relaciones de intercambio de información científica y cultural de interés internacional e interregional y el desarrollo de actividades de alta investigación y especialización, cooperando cuando ello sea conveniente con otras universidades o instituciones españolas o extranjeras.

Desde el año 2008 hasta el año 2017, para la consecución de este objetivo, las dos instituciones, en el ejercicio legítimo de sus competencias, suscribieron convenios anuales por los que la UIMP, como entidad colaboradora, se comprometía a gestionar las becas de inmersión en lengua inglesa convocadas por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte.

Para el ejercicio 2018, y como consecuencia de requerimientos contables fijados por la Intervención Delegada del Ministerio de Hacienda en el Ministerio de Educación Cultura y Deporte, se ha procedido a realizar una modificación presupuestaria para transferir los créditos necesarios desde el presupuesto de la Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción Educativa a la UIMP al objeto de que sea esta quien convoque las becas.

Que, como instrumento para la consecución de este objetivo, las dos instituciones, en el ejercicio legítimo de sus competencias, acuerdan suscribir el presente Convenio y que este se ha de llevar a efecto de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.

El presente Convenio establece que el programa de ayudas para la participación en un programa de inmersión en lengua inglesa en España se gestionará en el año 2018 de forma directa por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo bajo los criterios de dirección, gestión y adjudicación de las ayudas fijadas por el Ministerio de Educación Cultura y Deporte.

Segunda.

La UIMP actuará, en relación con la gestión de estas ayudas, en los términos previstos en este Convenio, en la Orden ECI/1305 /2005, de 20 de abril por la que se establecen las bases para la concesión de ayudas y subvenciones con cargo a créditos presupuestarios del Ministerio de Educación Cultura y Deporte y sus organismos públicos, en la Resolución de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, por la que se convocarán las ayudas para participar en cursos de inmersión en lengua inglesa durante el año 2018 así como en las eventuales Resoluciones complementarias de convocatorias de ayudas que se publicasen en el supuesto de que no se cubrieran las plazas previstas en la primera convocatoria y en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Tercera.

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo concederá, mediante convocatoria pública, hasta 14.000 ayudas para participar en los cursos de inmersión en lengua inglesa, en régimen de internado, durante el año 2018.

Los beneficiarios serán alumnos universitarios, de enseñanzas artísticas superiores, otros estudios superiores, Formación Profesional de grado superior y segundo curso de Bachillerato que hayan obtenido la condición de becarios en la convocatoria de becas de carácter general del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

La UIMP organizará los cursos de inmersión en lengua inglesa para los estudiantes beneficiarios de las ayudas en las sedes que se relacionan en el Anexo con las plazas y por los periodos semanales que asimismo se indican. Los cursos se impartirán en dos modalidades: modalidad de Agilidad Oral en Inglés General y modalidad de Inglés Especializado.

Respetando el número total de plazas ofertadas, la UIMP podrá ajustar la oferta de semanas y sedes en función de la demanda de los estudiantes solicitantes.

Además todos los alumnos participantes estarán cubiertos por un seguro de accidentes y responsabilidad civil.

El importe de la ayuda por alumno será de hasta 545,22 euros.

Cuarta.

El órgano instructor del procedimiento será la Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción Educativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Los interesados deberán cumplimentar la solicitud mediante el formulario a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.

Quinta.

Se creará un órgano de selección conforme a lo establecido en las bases de la convocatoria de ayudas que formulará propuesta de adjudicación provisional. El Rector de la UIMP, a la vista del expediente y de dicha propuesta, efectuará la adjudicación provisional de las ayudas.

Sexta.

Resuelta la convocatoria la Subdirección General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción Educativa del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte elevará a la UIMP la propuesta de adjudicación provisional de las ayudas a los estudiantes que hayan resultado provisionalmente beneficiarios, con indicación de los datos que resulten necesarios para la organización de los cursos y la asignación de sede y semana.

La adjudicación provisional de las ayudas, así como las relaciones de solicitudes denegadas y solicitantes en lista de espera se harán públicas en la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en la dirección http//:sede.educacion.gob.es

Posteriormente la UIMP colgará en su página web www.uimp.es un test de evaluación del nivel de conocimiento que será cumplimentado «on line» por los adjudicatarios provisionales. Como resultado de este test, los estudiantes podrán resultar excluidos de la participación en el curso o clasificados en alguno de los cinco niveles siguientes del Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas: A2, B1, B2, C1 y C2.

Asignados los resultados de este test inicial, la UIMP pondrá en la web de la universidad a disposición de los estudiantes admitidos una aplicación informática que les permita seleccionar la sede y semana para su asistencia al curso. Asimismo quienes tengan el nivel B2 o superior podrán optar a la modalidad de inglés especializado en las sedes en las que se organicen.

Séptima.

La UIMP organizará los cursos de inmersión según las siguientes características:

1. La duración del curso para el programa de inglés general será de cinco días y cuarenta horas lectivas, con llegada en domingo por la tarde y salida en sábado. En el caso de los cursos de especialización, la duración será de cinco días y cuarenta y tres horas lectivas.

2. Los grupos constarán de 15 alumnos organizados en cinco niveles distintos.

3. Cada grupo dispondrá de 3 profesores nativos que rotarán diariamente y 1 auxiliar de conversación por cada 10 alumnos que convivirán con los estudiantes y participarán con ellos en todas sus actividades incluyendo las comidas y actividades de tiempo libre. Se incorporará un auxiliar más de conversación por cada sede y semana para apoyo de los estudiantes de menor nivel.

4. El contenido del curso está centrado en el desarrollo de la agilidad oral, en grupos pequeños y con posibilidad de interacción dentro y fuera del aula y se organizará de la siguiente manera:

– Clases interactivas en grupos reducidos de 5-7 alumnos, impartidas por profesorado experto en metodología de trabajo de esta destreza (40h).

– Situaciones de contacto no formal con nativos en contextos de uso espontáneo de la lengua (auxiliares de conversación), organizadas en comidas, cenas, actividades de grupo, visitas, simulaciones, ocio, etc.). Se garantizará la participación de un profesor por cada diez alumnos durante las comidas así como de todos los auxiliares de conversación durante las cenas que tendrán lugar necesariamente en la residencia de los estudiantes.

– Dos sesiones de conversación individual («one to one») de 30 minutos de duración cada una, con un profesor nativo o un auxiliar de conversación. Estas sesiones se desarrollarán de lunes a jueves. A estos efectos, el horario de los auxiliares de conversación se extenderá entre las 17 y las 22 horas.

5. A su llegada, los estudiantes realizarán una prueba oral de confirmación de su nivel que podrá hacerles decaer en su derecho a participar o bien modificar el nivel asignado en el test inicial. Quienes resulten excluidos en esta fase del procedimiento recibirán la devolución de los 100,00 euros abonados en concepto de reserva de plaza a que se refiere la cláusula décima de este convenio.

6. La UIMP facilitará a los participantes el material didáctico necesario para el seguimiento del curso.

Octava.

El alojamiento en habitaciones dobles compartidas y la manutención en régimen de pensión completa de los estudiantes se gestionarán por parte de la UIMP a través de cada una de las sedes citadas en el Anexo.

Novena.

La UIMP gestionará la asignación de los candidatos seleccionados a cada uno de los turnos y sedes, de acuerdo con sus disponibilidades de plazas.

Décima.

Cada estudiante abonará a la UIMP 100,00 euros en concepto de matrícula y reserva de plaza. Las renuncias a participar en el programa comunicadas por escrito y con 40 días de antelación, como mínimo, al inicio del curso asignado al becario, darán lugar a la devolución del cincuenta por ciento de los 100,00 euros abonados en concepto de reserva de plaza. En el caso de los beneficiarios de ayuda que tengan adjudicada plaza en los meses de noviembre y diciembre únicamente procederá la devolución del cincuenta por ciento de los 100,00 euros abonados si la comunicación de la renuncia se efectúa, asimismo, por escrito y antes del 26 de septiembre de 2018.

El importe de las ayudas ascenderá a un máximo de 7.633.080,00 euros, que se financiará con cargo al crédito 18.101.323M.488 del presupuesto de gastos de la UIMP.

Decimoprimera.

La UIMP expedirá a cada estudiante participante que supere el curso, un diploma bilingüe acreditativo de su participación en el programa, con los créditos correspondientes.

Decimosegunda.

1. Las partes firmantes acuerdan asimismo crear una Comisión de Seguimiento como órgano mixto de vigilancia y control encargado de resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse. Esta Comisión estará integrada por los siguientes miembros:

– Presidente: La Vicerrectora de Extensión Universitaria y Enseñanzas del Español y otras Lenguas de la UIMP o persona en quien delegue.

– Vicepresidente: La Subdirectora General de Becas, Ayudas al Estudio y Promoción Educativa o persona en quien delegue.

– Vocales:

– La Gerente de la UIMP o persona en quien delegue.

– El Vicegerente de la UIMP o persona en quien delegue.

– La Jefa del Servicio de Becas del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte o persona en quien delegue.

– Secretario: La Coordinadora del programa de la UIMP.

Dicha comisión ejercerá las siguientes funciones:

a) Aprobar la organización del programa.

b) Aprobar el programa definitivo de los cursos así como el horario y actividades concretas que lo integran.

c) Efectuar el seguimiento de los cursos.

d) Conocer la evaluación del programa que presenten las partes firmantes del convenio.

2. La Comisión se reunirá cuantas veces sea convocada por su Presidente. La asistencia a dichas reuniones no devenga retribución alguna para sus miembros.

3. La citada Comisión ajustará su actuación a lo dispuesto para el funcionamiento de los órganos colegiados en el capítulo II, sección 3ª (artículos 15 a 22) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Decimotercera.

Este Convenio producirá efectos a partir de la fecha de su firma.

Este convenio resultará eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, al que se refiere, la disposición adicional séptima y publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

En cualquier caso, se vincula el presente convenio a la/s convocatoria/s de ayudas de inmersión en lengua inglesa que se realice/n en el período previsto para su vigencia, de conformidad con el régimen jurídico descrito en la cláusula segunda.

Decimocuarta.

El presente Convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causas de resolución.

Siendo causas de resolución:

A. El transcurso del plazo de vigencia del convenio sin haberse acordado la prórroga del mismo.

B. El acuerdo unánime de todos los firmantes.

C. El incumplimiento de todas las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes

D. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

E. Por cualquier otra causa prevista distinta de las anteriores previstas en este convenio o en otras leyes.

Decimoquinta.

El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, quedando, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.1.c) del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, excluido de su ámbito de aplicación.

El conocimiento y resolución de todas las cuestiones litigiosas que pudieran surgir en torno a su interpretación, modificación, resolución y efectos se resolverán de mutuo acuerdo en el seno de la Comisión de Seguimiento a que se refiere la cláusula decimosegunda. En defecto de acuerdo en la citada Comisión, el conflicto se dirimirá por la Abogacía General del Estado en los términos previstos en el artículo 10, regla 2.ª, letra a), del Reglamento del Servicio Jurídico del Estado, aprobado por Real Decreto 997/2003, de 25 de julio.

Y en prueba de conformidad con las estipulaciones que anteceden, las partes firman el presente Convenio, por duplicado ejemplar, en el lugar y fecha indicados.–Por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, el Ministro de Educación, Cultura y Deporte, Íñigo Méndez de Vigo y Montojo.–Por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, el Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, Emilio Lora-Tamayo d’Ocón.

ANEXO

Los cursos tendrán lugar en Santander, Madrid, A Coruña, Cuenca, Valencia, Sevilla, Granada, Tenerife, La Línea de La Concepción, Barcelona, Aragón y Cartagena en el periodo comprendido entre el 9 de abril y el 14 de diciembre de 2018. Las plazas se distribuirán según la tabla siguiente:

Fecha

Santander

Madrid

Coruña

Cuenca

Valencia

Sevilla

Granada

Tenerife

La línea

Barcelona

Aragón

Cartagena

Total plazas

Agilidad oral

Vida y salud

Ciencias sociales

Agilidad oral

Agilidad oral

Agilidad oral

Agilidad oral

Vida y salud

Ciencias sociales

Agilidad oral

Agilidad oral

Ciencias sociales

Agilidad oral

Agilidad oral

Agilidad oral

Vida y salud

Agilidad oral

Agilidad oral

Agilidad oral

Vida y salud

Ciencias sociales

09/04/2018

45

15

60

0

0

16/04/2018

45

15

60

0

0

23/04/2018

45

15

60

0

0

30/04/2018

45

15

60

0

0

07/05/2018

45

15

60

0

0

14/05/2018

45

15

60

0

0

21/05/2018

45

15

30

90

0

0

28/05/2018

45

30

30

15

45

30

30

30

15

255

15

0

04/06/2018

45

30

30

15

45

45

30

30

30

15

300

15

0

11/06/2018

45

30

30

60

15

45

45

30

45

30

15

30

30

420

30

0

18/06/2018

45

90

30

30

60

15

45

30

15

30

45

30

15

30

30

495

30

15

25/06/2018

45

90

135

30

120

15

15

45

30

15

30

45

30

15

30

30

660

30

30

02/07/2018

45

90

135

45

120

15

15

30

30

15

30

45

30

15

30

30

660

30

30

09/07/2018

45

105

135

45

105

15

15

30

30

15

30

45

30

15

30

30

660

30

30

16/07/2018

30

15

105

150

45

105

15

15

30

30

15

30

45

30

15

30

30

660

45

30

23/07/2018

30

15

105

150

45

105

15

15

30

30

15

30

45

30

15

30

30

660

45

30

30/07/2018

30

15

105

150

45

120

15

30

30

15

30

45

30

15

30

30

675

30

30

06/08/2018

30

15

105

150

45

120

15

30

30

15

30

30

30

15

30

630

30

30

13/08/2018

30

15

90

150

45

120

15

30

30

15

30

30

30

15

30

615

30

30

20/08/2018

30

15

90

150

45

120

15

30

30

15

30

30

30

15

30

30

645

30

30

27/08/2018

30

15

90

30

30

105

15

30

30

15

30

30

30

15

30

30

495

30

30

03/09/2018

30

15

30

30

30

60

15

30

30

15

30

30

30

15

30

30

390

30

30

10/09/2018

30

15

30

30

30

15

30

30

15

30

30

30

15

30

30

345

30

15

17/09/2018

90

15

30

30

15

30

30

15

30

30

30

15

30

30

375

30

15

24/09/2018

90

15

30

30

30

15

30

30

15

30

30

30

15

30

30

405

30

15

01/10/2018

75

15

30

30

15

30

30

15

30

30

30

15

30

30

360

15

30

08/10/2018

75

15

30

30

15

30

30

15

30

30

30

15

30

30

360

15

30

15/10/2018

75

15

30

30

15

30

30

15

30

30

30

15

30

330

15

30

22/10/2018

75

15

30

30

15

30

30

15

30

30

30

15

30

330

15

30

29/10/2018

75

15

30

30

15

30

30

15

30

30

15

30

300

15

30

05/11/2018

75

15

30

15

30

30

15

30

30

15

30

270

15

30

12/11/2018

30

15

30

15

30

30

15

30

30

15

30

225

15

30

19/11/2018

30

15

30

15

30

30

15

30

30

15

195

15

30

26/11/2018

30

15

15

30

30

15

30

30

15

165

15

30

03/12/2018

30

15

15

30

30

15

30

30

15

165

15

30

10/12/2018

20

15

15

30

30

15

95

15

15

1670

165

165

1185

1815

780

1665

105

165

945

840

375

870

780

870

435

480

690

12590

705

705

2000

1185

1815

780

1935

945

1215

870

780

1305

480

690

14000

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