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Documento BOE-A-2018-5194

Resolución de 27 de marzo de 2018, de la Universidad de León, por la que se convoca proceso selectivo, por el sistema general de acceso libre, en la Escala de Gestión Económico-Financiera.

Publicado en:
«BOE» núm. 92, de 16 de abril de 2018, páginas 39507 a 39522 (16 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Universidades
Referencia:
BOE-A-2018-5194

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo dispuesto en la Resolución de 27 de julio de 2015, por la que se hizo pública la Oferta de Empleo Público de la Universidad de León para el año 2015 («Boletín Oficial de Castilla y León» de 6 de agosto de 2015), a la que se ajustarán estas pruebas selectivas, con el fin de atender las necesidades de personal de esta Administración, este Rectorado acuerda convocar las pruebas selectivas, por el turno de acceso libre, para el ingreso en la Escala de Gestión de Económico-Financiera de la Universidad de León y para la constitución de la bolsa de empleo de este Escala, que se desarrollarán con sujeción a las siguientes

Bases de convocatoria

1. Normas generales

1.1 Se convocan 2 plazas pertenecientes a la Escala de Gestión Económico-Financiera de la Universidad de León, Subgrupo A2, dotadas presupuestariamente y que en la actualidad se hallan vacantes, para su provisión por el turno de Acceso Libre.

1.2 A las presentes pruebas selectivas les serán aplicables el Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público –en adelante TREBEP–, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 7/2005, de 24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, en adelante LFP; el Estatuto de la Universidad de León; el Decreto 67/1999, de 15 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal y de Provisión de puestos de trabajo de los Funcionarios al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León; así como por lo dispuesto en las presentes bases. Igualmente, y con carácter supletorio, resultará de aplicación el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios civiles de la Administración General del Estado.

2. Requisitos de los candidatos

Para ser admitido a las presentes pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1 Requisitos generales.

2.1.1 Tener la nacionalidad española. También podrán participar, como personal funcionario, en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en la salvaguardia de los intereses generales del Estado y de las Administraciones Públicas:

a) Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.

b) El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

c) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

2.1.2 Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.

2.1.3 Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.4 Habilitación: No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo Cuerpo, Escala o Especialidad a cuyas pruebas selectivas se presenten.

En caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.1.5 Estar en posesión de un Título de Grado, o Título Universitario de Primer Ciclo (Diplomados Universitarios, Arquitectos e Ingenieros Técnicos). De conformidad con lo establecido en la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considerará equivalente el título de Diplomado Universitario el haber superado tres cursos completos de licenciatura. En el supuesto de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho comunitario.

3. Solicitudes

3.1 Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante instancia en el modelo que se adjunta como Anexo 1 a la presente convocatoria, que se facilitará en el Registro General de la Universidad de León (Avenida de la Facultad, 25, León) y en los Registros Auxiliares de los Campus de Vegazana (Edificio de Gestión Académica) y Ponferrada (Avenida de Astorga s/n). Asimismo, se encontrará disponible en la página Web de la Universidad de León: www.unileon.es.

3.2 Con la solicitud deberá presentarse fotocopia de la documentación que acredite los requisitos 2.1.1, 2.1.3. y 2.1.5. De la presentación de las solicitudes de participación en estos términos se deducirá que los aspirantes reúnen los requisitos de participación establecidos en la base 2.1. Al finalizar el proceso selectivo, los aspirantes seleccionados aportarán la documentación acreditativa de estos requisitos, tal y como se señala en la Base 9. De no reunirlos, serán anuladas sus actuaciones en el proceso selectivo.

3.3 En la tramitación de sus solicitudes, los aspirantes tendrán en cuenta lo siguiente:

3.3.1 Las solicitudes se dirigirán al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de León en el plazo de veinte días naturales, contados a partir del siguiente a la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

3.3.2 La presentación de solicitudes, podrá realizarse en el Registro General de la Universidad de León (Avenida de la Facultad, 25, León) y en los Registros Auxiliares de los Campus de Vegazana (Edificio de Gestión Académica) y Ponferrada (Avenida de Astorga s/n). Igualmente, las solicitudes podrán presentarse en la forma prevista en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes.

3.3.3 Los derechos de examen, en virtud de lo establecido en el Presupuesto de la Universidad de León para 2017, serán los siguientes:

Turno de acceso libre: 26 euros.

Los aspirantes con discapacidad igual o superior al 33 por ciento estarán exentos de dicho pago, debiendo acompañar a la solicitud certificación acreditativa de tal condición, expedida por los órganos competentes en materia de servicios sociales. Asimismo, estarán exentos del pago de esta tasa los aspirantes que sean miembros de familias numerosas que tengan reconocida tal condición conforme a la normativa de aplicación vigente, los cuales deberán acompañar a la solicitud fotocopia compulsada del libro de familia numerosa.

Estos derechos se ingresarán en la «Cuenta restringida de recaudación de ingresos de la Universidad de León» número ES65-2108-4200-87-0032001355. En la solicitud deberá constar que se ha realizado el correspondiente ingreso de los derechos de examen, mediante validación de la entidad colaboradora en la que se realice el ingreso, a través de certificación mecánica o, en su defecto, sello y fecha en el espacio destinado a estos efectos. En el supuesto de que se haya hecho el ingreso mediante transferencia, deberá adjuntarse a la solicitud el resguardo de aquélla.

En ningún caso el abono de los derechos de examen supondrá sustitución del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud ante el órgano expresado en la base 3.3.2. La falta de pago de los derechos de examen determinará la exclusión del aspirante. No obstante, podrá subsanarse el pago incompleto de dicha tasa. Asimismo, la falta de justificación del pago de los derechos de examen o de encontrarse exento determinará la exclusión del aspirante, que podrá subsanarse en el plazo habilitado.

De conformidad con lo establecido en el artículo 14 de la Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León, no procederá devolución alguna de la Tasa por derechos de examen en los supuestos de exclusión definitiva de las pruebas selectivas por causa imputable al interesado.

3.4 Los aspirantes deberán observar las siguientes instrucciones en la cumplimentación de su solicitud:

3.4.1 En el recuadro de la solicitud destinado a «Cuerpo» (Escala), los aspirantes harán constar «Escala de Gestión Económico- Financiera ULE» y en el destinado para «Forma de Acceso» se consignará la letra «L» para el turno general de acceso libre. En el recuadro de «Provincia de Examen» se hará figurar «León», ciudad en la que se realizarán los ejercicios de la fase de oposición.

3.4.2 En todo caso, los aspirantes con discapacidad que deseen participar deberán indicar, en la casilla dispuesta para ello, las posibles adaptaciones de tiempo y medios que requieran para la realización de los ejercicios de la Fase de Oposición.

3.4.3 Los errores de hecho que pudieran advertirse podrán subsanarse en cualquier momento, de oficio o a petición del interesado.

3.5 Los aspirantes quedan vinculados a los datos que hayan hecho constar en sus solicitudes, pudiendo únicamente demandar su modificación mediante escrito motivado, dentro del plazo establecido en la base 3.3.1 para la presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo, no se admitirá ninguna petición de esta naturaleza.

4. Admisión de aspirantes

4.1 Finalizado el plazo de presentación de instancias, en el plazo máximo de tres meses, el Sr. Rector Magnífico de la Universidad dictará Resolución en virtud de la cual se declararán aprobadas las Listas Provisionales de aspirantes Admitidos y Excluidos al proceso selectivo. En esta Resolución, que será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León», figurarán los aspirantes excluidos (con DNI o número de identificación del documento equivalente) con indicación expresa de la causa de exclusión, así como los centros donde estarán expuestas las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos. En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, de posibilitar su subsanación en tiempo y forma, los aspirantes deberán comprobar fehacientemente no sólo que no figuran recogidos en la relación de excluidos sino, además, que figuran en la pertinente relación de admitidos.

4.2 Los aspirantes excluidos dispondrán de un plazo de quince días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución mencionada en la base 4.1 en el «Boletín Oficial de Castilla y León», para poder subsanar el defecto que haya motivado la exclusión o su omisión de las relaciones de admitidos y excluidos. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidos en la relación de admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.

La fecha y lugar de celebración del primer ejercicio figurará en la resolución que eleve a definitivas las listas de admitidos y excluidos. Dicha resolución pondrá fin a la vía administrativa y, consiguientemente, los aspirantes definitivamente excluidos podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la citada Resolución, ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de León.

Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

4.3 En todo caso, tanto las resoluciones a las que hace referencia la presente base como las listas certificadas completas de aspirantes admitidos y excluidos, se pondrán de manifiesto en los siguientes Centros:

Rectorado, Avenida de la Facultad, 25.

Asimismo, con el objeto de ampliar la difusión de la presente oposición, la convocatoria, listas de admitidos y excluidos, acuerdos públicos del Tribunal y las resoluciones de los distintos órganos de la Universidad en relación con el proceso selectivo, se incluirán en la red Internet, dentro de la página Web de la Universidad de León: www.unileon.es.

5. Procedimiento de selección y calificación

5.1 Procedimiento de selección. El procedimiento de selección es el de oposición, con un máximo de 40 puntos, y estará integrado por los tres ejercicios que a continuación se indican, siendo todos ellos obligatorios y eliminatorios.

Primer ejercicio. Consistirá en responder por escrito, en un tiempo máximo de 2 horas, a un cuestionario de tipo test, con 4 respuestas alternativas, sobre los temas incluidos en el Anexo 2.1. Las preguntas a contestar por los aspirantes en este ejercicio se estructurarán en los siguientes bloques:

– Un primer bloque de preguntas comunes y obligatorias para todos los aspirantes, que versarán sobre los Bloques I, II y III (Materias jurídicas, Gestión Universitaria y Materias Económicas).

– Un segundo bloque de preguntas, a elegir de entre tres propuestos por el Tribunal, correspondientes uno cada uno de los Bloques (I, II y III). Los aspirantes deberán optar obligatoriamente por uno de los tres bloques de preguntas propuestos por el Tribunal.

Segundo ejercicio. Consistirá en la resolución por escrito, durante un tiempo máximo de cuatro horas, de supuestos prácticos de Contabilidad y Matemáticas Financieras del temario que figura en el Anexo 2.2.

Tercer ejercicio. Se compone de dos partes:

a) Una primera, de dos horas de duración, que consistirá en la contestación por escrito a un cuestionario de 15 preguntas propuestas por el Tribunal de acuerdo con el temario que figura como Anexo 2.3 de la presente convocatoria, pudiendo consistir en la resolución de supuestos prácticos.

b) Una segunda, de hora y media de duración, para desarrollar por escrito un tema propuesto por el Tribunal, de acuerdo con el temario que figura como Anexo 2.3 de la presente convocatoria. El tema deberá ser leído por el opositor en sesión pública ante el Tribunal que podrá formularle preguntas sobre los epígrafes desarrollados.

5.1.1 Calificación. Los ejercicios se calificarán de la forma siguiente:

a) Primer ejercicio: se calificará con notas de cero a 10 puntos. Las respuestas erróneas penalizarán a razón de 0,3333, restándose la penalización del total de respuestas correctas.

b) Segundo ejercicio: se calificará con notas de cero a 10 puntos.

c) Tercer ejercicio: se calificará con notas de cero a 20 puntos.

En cada ejercicio, el Tribunal calificador determinará la puntuación necesaria para entenderlo superado. En los ejercicios de tipo test, con independencia de cuál sea la puntuación que el tribunal determine para superarlos, todas las preguntas acertadas por los opositores deberán tener el mismo valor.

La calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.

5.1.2. Programa de la oposición. El programa que rige el procedimiento selectivo figura como Anexo 2 a esta convocatoria.

5.2 Calificación final del proceso selectivo.

5.2.1 La calificación final del proceso selectivo vendrá dada por la suma de las puntuaciones obtenidas en los tres ejercicios de la Fase de oposición por los opositores que los hayan superado, no pudiendo resultar aprobados, tras la suma de ellas, un número mayor de personas que el total de plazas convocadas.

5.2.2 Para superar las presentes pruebas selectivas y obtener una de las plazas convocadas, será necesario aprobar los tres ejercicios de la Fase de Oposición, y encontrarse, una vez sumada las puntuaciones en un número de orden no superior al número de plazas convocadas.

5.2.3 En caso de igualdad en la puntuación total, se dará prioridad al aspirante que mayor puntuación hubiera obtenido en los ejercicios 3, 1 y 2, por el orden en que se indican. Agotadas estas reglas, el empate se resolverá, finalmente, por sorteo entre los aspirantes igualados.

5.2.4 Para su aplicación en futuros procesos selectivos a plazas de la Escala de Gestión Económico-Financiera, se conservará la validez de las notas obtenidas en el Primer Ejercicio de esta oposición por los aspirantes que no obtengan plaza en la misma. La nota podrá aplicarse, a petición del aspirante, siempre que se den las siguientes condiciones: Que la convocatoria se publique en un plazo no superior a 3 años a partir de la fecha de publicación de esta convocatoria; que el programa sea coincidente al menos el 90% con el de esta convocatoria; y que las características del ejercicio y su sistema de calificación sean iguales a las de esta convocatoria.

6. Tribunal calificador

6.1 El Tribunal calificador de las presentes pruebas selectivas estará formado por los miembros que figuran en el Anexo 3 de estas bases y los mismos son nombrados con sujeción a lo dispuesto en el artículo 60 del TREBEP.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 27 del Decreto 252/1993 de 21 de octubre, de la Junta de Castilla y León, sobre indemnizaciones por razón del servicio, este Tribunal tendrá la categoría primera.

6.2 El Tribunal podrá disponer la incorporación a sus trabajos de asesores especialistas en aquellas fases que se estimen pertinentes, limitándose dichos asesores a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas. La designación de tales asesores será efectuada por el Sr. Rector Magnífico a propuesta del Presidente del Tribunal. Igualmente, y cuando así lo aconsejen las circunstancias del proceso selectivo, podrá ser nombrado personal colaborador para el desarrollo de las pruebas que actuará bajo la dirección del Tribunal Calificador.

6.3 Los miembros del Tribunal deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al Sr. Rector Magnífico de la Universidad de León, cuando concurran en ellos alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, o si hubieren realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. A estos efectos, el Presidente, en la sesión de Constitución, solicitará de todos los miembros del Tribunal declaración expresa de no hallarse incursos en las circunstancias previstas en el mencionado artículo 23 y de no haber realizado tareas de preparación en los términos indicados.

Asimismo, los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el párrafo anterior.

6.4 Previa convocatoria del Presidente, se constituirá el Tribunal con la asistencia de éste y del Secretario o, en su caso, de quienes les sustituyan, y de la mitad, al menos de sus miembros. Celebrarán su sesión de constitución con una antelación mínima de diez días antes de la realización del primer ejercicio de la Fase de Oposición. En dicha sesión, el Tribunal acordará las decisiones que le corresponda en orden al correcto desarrollo de las pruebas selectivas.

6.5 A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus miembros, titulares o suplentes y, en todo caso, la del Secretario y Presidente (titular o suplente).

6.6 El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas, en aquellos casos en que resulte necesario, de forma que los aspirantes con discapacidad gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los demás participantes. En este sentido se establecerá para las personas que así lo soliciten las adaptaciones en tiempo y medios para su realización que sean consideradas necesarias. A tal efecto, el Tribunal podrá requerir informe y, en su caso, colaboración de los órganos técnicos de la Administración Laboral o Sanitaria.

6.7 Si en cualquier momento del proceso selectivo se suscitaran dudas al Tribunal respecto de la capacidad de un aspirante con discapacidad para el desempeño de las funciones atribuidas a la Escala de acceso, éste podrá solicitar informe técnico de la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, o en su caso, al órgano competente de la Administración Pública que corresponda. En este caso, hasta tanto no se emita el dictamen, el aspirante podrá participar condicionalmente en el proceso selectivo, quedando en suspenso la resolución definitiva sobre la admisión o exclusión del proceso, hasta la recepción del dictamen.

6.8 El Presidente del Tribunal adoptará las medidas precisas para garantizar que los ejercicios de la Fase de Oposición sean corregidos sin que se conozca la identidad de los aspirantes, utilizando para ello los impresos aprobados por la Orden del Ministerio de la Presidencia de 18 de febrero de 1985 o cualesquiera otros equivalentes. En este sentido, una vez finalizado el ejercicio, se solicitarán dos voluntarios entre los Sres. Opositores para que asistan al descabezamiento de las hojas de respuestas, mecanismo que servirá para garantizar el anonimato de la corrección, y se firmará la diligencia dispuesta para tal fin. El Tribunal excluirá a aquellos opositores en cuyas hojas de examen figuren nombres, rasgos, marcas o signos que permitan conocer la identidad de los mismos.

6.9 A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en la Gerencia de la Universidad de León (Avda. de la Facultad, 25, León, Tel 987 29 16 67). El Tribunal dispondrá que en esa sede, al menos una persona, miembro o no del Tribunal, atienda cuantas cuestiones sean planteadas en relación con estas pruebas selectivas.

6.10 El Tribunal no podrá proponer el acceso a la condición de funcionario de un número superior de aprobados al de plazas convocadas.

6.11 Durante todo el proceso selectivo, el Tribunal resolverá las dudas que pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como la actuación que proceda en los casos no previstos. En todo momento, su actuación se ajustará a lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra las actuaciones y actos de trámite del Tribunal que decidan directa o indirectamente el fondo del asunto, determinen la imposibilidad de continuar el procedimiento, produzcan indefensión o perjuicio irreparable a derechos o intereses legítimos, los interesados podrán interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector Magnífico de la Universidad de León en el plazo de un mes.

7. Calendario y desarrollo de los ejercicios

7.1 Para el caso de pruebas cuya realización entre los aspirantes no sea simultánea, el orden de actuación de los aspirantes se iniciará alfabéticamente por el primero de la letra V de conformidad con lo establecido en la Resolución de 17 de octubre de 2017, de la Viceconsejería de Función Pública y Modernización, por la que se hace público el resultado del sorteo para determinar el orden de actuación de los aspirantes en los procesos selectivos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de sus Organismos Autónomos («B.O.C. y L.» de 31 de octubre de 2017)

7.2 En cualquier momento los aspirantes podrán ser requeridos por el Tribunal para que acrediten su personalidad.

7.3 Los aspirantes serán convocados para cada ejercicio en único llamamiento, debiendo ir provistos del DNI o acreditación equivalente, siendo excluidos de la Oposición quienes no comparezcan. En todo caso, corresponderá al Tribunal Calificador la verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones que estime pertinentes.

7.4 El primer ejercicio de la Fase de Oposición comenzará a partir de la primera quincena del mes septiembre, publicándose en el «Boletín Oficial de Castilla y León», en la misma resolución a que se refiere la base 4.2, párrafo segundo, el lugar, fecha y hora de su celebración.

El anuncio de celebración de los siguientes ejercicios no será objeto de publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León», y se efectuará a través del acuerdo del Tribunal Calificador en el que se haga pública la relación de aprobados del ejercicio inmediatamente anterior con un plazo mínimo de veinticuatro horas al inicio del mismo. Desde la total conclusión de un ejercicio o prueba hasta el comienzo de la siguiente deberá transcurrir un plazo mínimo de setenta y dos horas y máximo de cuarenta y cinco días naturales.

7.5 Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto, debidamente acreditado, su situación estará condicionada a la finalización de dicha causa y a la superación de las fases que hayan quedado aplazadas. El Tribunal valorará la duración de esta demora de manera que no se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso selectivo ajustada a tiempos razonables; en todo caso, las fases aplazadas deberán realizarse antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado dicho proceso.

7.6 En cualquier momento del proceso selectivo, si el Tribunal tuviere conocimiento de que alguno de los aspirantes no posee la totalidad de los requisitos de participación exigidos en la presente convocatoria, previa audiencia del interesado, propondrá su exclusión al Sr. Rector Magnífico dando traslado, asimismo, de las inexactitudes o falsedades formuladas por el aspirante en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas a los efectos procedentes. Esta Resolución pondrá fin a la vía administrativa, y, consiguientemente, el interesado podrá formular el oportuno recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de León. Potestativamente, podrán interponer recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación. En este caso, no podrá interponerse el recurso Contencioso-Administrativo antes mencionado hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

7.7 De conformidad con lo establecido en el artículo 44.4. de la Ley 7/2005, de24 de mayo, de la Función Pública de Castilla y León, este procedimiento selectivo deberá resolverse en el plazo máximo de 8 meses, contados desde la fecha de publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de Castilla y León.

Los solicitantes podrán entender desestimadas sus peticiones transcurrido el tiempo máximo establecido sin que recaiga resolución expresa.

8. Lista de aprobados y bolsa de trabajo

8.1 Una vez realizado cada ejercicio de la Fase de Oposición, el Tribunal hará pública en el lugar o lugares de celebración de éste y en los lugares establecidos en la base 4.3 de esta convocatoria la relación de aspirantes que hayan superado el mismo. Los señores opositores que no se hallen incluidos en tal relación tendrán la consideración de no aptos a todos los efectos, siendo eliminados del proceso selectivo.

8.2 Finalizada la Fase de Oposición, el Tribunal hará pública en los lugares establecidos en la mencionada base 4.3, la lista de los aspirantes que han superado esta Fase, por el orden de puntuación total obtenida en la misma, sumándose las calificaciones de los tres ejercicios superados.

8.3 El Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo de acceso a las plazas convocadas. En esta lista no podrá figurar un número mayor de personas que el de plazas convocadas, siendo de aplicación lo previsto en la base 6.10. La motivación de la presente lista, en cuanto acto administrativo emanado de la discrecionalidad técnica del Tribunal, y que pone fin al proceso selectivo, estará referida al cumplimiento de las normas reglamentarias y de las bases de la convocatoria.

8.4 Finalmente, el Presidente del Tribunal elevará al Sr. Rector Magnífico la correspondiente propuesta de nombramiento como funcionarios de carrera a favor de los aspirantes que han superado el proceso selectivo. El Rectorado hará pública en el «Boletín Oficial de Castilla y León» la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo.

8.5 De conformidad con la base 6.11, las listas elaboradas por el Tribunal podrán ser objeto de recurso de alzada ante el Rectorado de la Universidad de León en el plazo de un mes.

8.6 La bolsa de trabajo de la Escala de Gestión de Económico-Financiera se constituirá y publicará, rigiéndose por el Acuerdo de 27 de abril de 2017 sobre contratación laboral temporal http://www.unileon.es/files/acuerdo-gerencia-comite-empresa-contratacion-laboral-temporal-2017.pdf, o norma que lo sustituya.

9. Presentación de documentos y nombramiento de funcionarios de carrera

9.1 En el plazo de veinte días naturales contados desde el siguiente a la publicación en el «Boletín Oficial de Castilla y León» de la lista de aprobados del proceso selectivo, los aspirantes deberán presentar en la Unidad del PAS aquellos documentos que acrediten las condiciones y requisitos exigidos para el acceso a la Escala de Gestión de la Universidad de León. Estos documentos deberán ser aportados mediante copia compulsada o, en caso contrario, acompañada de los originales para su comprobación y posterior compulsa.

9.2 Quienes dentro del plazo fijado, y salvo casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en la base 2, no podrán ser nombrados funcionarios de carrera, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.

9.3 A los aspirantes aprobados se les ofertarán como primer destino los puestos vacantes de la Escala, adjudicándose por el orden de puntuación total obtenida en el proceso selectivo.

9.4 Por la Autoridad convocante, y vista la propuesta del Tribunal Calificador, se procederá al nombramiento de funcionarios de carrera mediante resolución que será publicada en el «Boletín Oficial de Castilla y León» con indicación de los destinos adjudicados.

9.5 La toma de posesión de los aspirantes aprobados será efectuada en el plazo de un mes, contado desde la fecha de publicación de su nombramiento en el «Boletín Oficial de Castilla y León».

10. Norma final

10.1 Los aspirantes, por el hecho de participar en las presentes pruebas selectivas, se someten a las bases de esta convocatoria y su desarrollo y a las decisiones que adopte el Tribunal, sin perjuicio de las reclamaciones pertinentes. El Tribunal se haya facultado para resolver las dudas que se presenten en todo lo no previsto en las bases así como para la adopción de los acuerdos necesarios para el buen orden de las pruebas selectivas.

10.2 Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses desde el día siguiente de su publicación, ante el Juzgado competente de lo Contencioso-Administrativo de León (artículos 8.2 y 13 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Potestativamente, podrá interponerse recurso de reposición ante el Rectorado de la Universidad de León, en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución, en este caso, no podrá interponerse el recurso Contencioso-Administrativo, antes mencionado, hasta que sea resuelto expresamente, o se haya producido la desestimación presunta del de reposición.

Asimismo, cuantos actos se deriven de esta convocatoria podrán ser impugnados de acuerdo con lo establecido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

En coherencia con el valor de la igualdad de género asumido por la Universidad de León, todas las denominaciones que en esta resolución se efectúan en género masculino, cuando no hayan sido sustituidos por términos genéricos, se entenderán hechas indistintamente en género femenino.

León, 27 de marzo de 2018.–El Rector, Juan Francisco García Marín.

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Instrucciones para cumplimentar la instancia

1. Asegúrese de que los datos resultan claramente legibles en todos los apartados.

2. En «Cuerpo, Escala o Categoría» y en «Puesto o plaza»: Consigne el texto que figura en la convocatoria

3. Evite doblar la instancia y realizar correcciones, enmiendas o tachaduras.

4. No olvide firmar la solicitud.

5. Imprima 3 ejemplares: Uno para entregar en la Universidad, otro para la Entidad Bancaria y el tercero para el opositor.

6. Forma de Acceso:

L = Libre.

P = Promoción.

M = Minusvalía.

7. Minusvalía: Indicar el porcentaje del grado de minusvalía según dictamen del órgano competente.

8. Fecha BOE/BOCyL: Indicar sólo la del Boletín Oficial que, según la convocatoria, establece el plazo para la presentación de instancias.

La instancia para la Universidad deberá entregarse en el plazo y lugar señalado en la convocatoria.

ANEXO 2
Programa

Anexo 2.1 Primer ejercicio obligatorio

Bloque I. Materias jurídicas

Tema 1. La Constitución española de 1978: características y estructura. Derechos fundamentales y libertades públicas. La reforma constitucional. El contenido económico de la Constitución.

Tema 2. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las Comunidades Autónomas: estructura y competencias. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León: Estructura, contenido y modificaciones. Las Cortes de Castilla y León: composición, atribuciones y funcionamiento. Órganos dependientes: Procurador del Común y Consejo de Cuentas.

Tema 3. El Derecho administrativo: concepto y contenido. Las fuentes del derecho administrativo. La Constitución. La ley. Disposiciones del Gobierno con valor de ley: decretos, leyes y decretos, legislativos. Los tratados internacionales.

Tema 4. La potestad reglamentaria: titularidad, límites y control. El reglamento: clases. Eficacia de los reglamentos. La inderogabilidad singular. La impugnación de los reglamentos. Actos administrativos generales, circulares e instrucciones.

Tema 5. La organización administrativa. El órgano administrativo: concepto y naturaleza. Clase de órganos: en especial los colegiados. Principios de organización. La organización administrativa central y periférica. La administración consultiva.

Tema 6. La Administración pública y el Derecho. Las potestades administrativas. El principio de legalidad y sus manifestaciones. La actividad discrecional de la Administración: límites y control. La autotutela de la Administración.

Tema 7. Los actos jurídicos de la Administración. El acto administrativo. Concepto y clases. Elementos. Forma. La motivación, notificación y publicación de los actos administrativos. El silencio administrativo.

Tema 8. Eficacia y ejecutoriedad de los actos administrativos: la suspensión de efectos del acto administrativo. La ejecución forzosa: especial referencia a la vía de apremio.

Tema 9. Validez e invalidez de los actos administrativos. Revocación y anulación de oficio de los actos administrativos.

Tema 10. El procedimiento administrativo común. Concepto y clases. Regulación. Estructura del procedimiento administrativo común: iniciación. Las partes en el procedimiento administrativo. El concepto de interesado. Legitimación y representación.

Tema 11. La fase de instrucción del procedimiento administrativo común: especial referencia al trámite de audiencia. La terminación del procedimiento: formas.

Tema 12. Los recursos administrativos. Clases de recursos. Procedimiento de tramitación y resolución de los recursos. La jurisdicción contencioso-administrativa. Ámbito. Los órganos de la jurisdicción contencioso-administrativa. Las partes del procedimiento. Objeto del recurso. Procedimiento contencioso-administrativo. La sentencia. Los recursos.

Tema 13. Instituciones de la Unión Europea: Consejo, Parlamento Europeo, Comisión, Tribunal de Justicia y Tribunal de Cuentas. El ordenamiento jurídico comunitario y sus fuentes.

Tema 14. Políticas de igualdad de género: La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género: La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre. Políticas dirigidas a la atención de personas con discapacidad y/o con dependencia: la Ley 39/2006, de 14 de diciembre.

Bloque II. Gestión Universitaria

Tema 1. Las Universidades y la Administración educativa. Competencias de las comunidades autónomas. Conferencia General de Política Universitaria y Consejo de Universidades. El Consejo de Universidades de Castilla y León.

Tema 2. La configuración institucional de las Universidades. La autonomía universitaria: Reconocimiento constitucional, contenido y alcance. Creación, régimen jurídico y estructura de las Universidades.

Tema 3. Sistema normativo aplicable a las Universidades. La Ley Orgánica de Universidades, la Ley de Universidades de Castilla y León y el Estatuto de la Universidad de León: estructura y aspectos esenciales.

Tema 4. Política europea en materia de enseñanza superior: el Espacio Europeo de Educación Superior. La Declaración de Bolonia. La Conferencia Europea de Universidades y la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas. Movilidad.

Tema 5. Estructura y organización de las Universidades. Órganos de gobierno. Facultades y Escuelas. Centros adscritos. Departamentos. Grupos de investigación. Institutos universitarios de investigación. Centros de apoyo. Régimen de impugnación de los actos de los órganos universitarios. El Defensor de la Comunidad Universitaria.

Tema 6. El profesorado universitario en la Universidad de León: Clases y régimen aplicable. El personal investigador en la Universidad de León. Estatuto del personal de investigación en formación.

Tema 7. El personal funcionario de administración y servicios en la Universidad de León. Régimen jurídico. Escalas. Selección, promoción y provisión de puestos de trabajo. Retribuciones. Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación en los órganos de gobierno de la Universidad.

Tema 8. El personal laboral de administración y servicios en la Universidad de León.: Régimen jurídico aplicable. Convenio Colectivo del personal laborar de las Universidades Públicas de Castilla y León. Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación en los órganos de gobierno de la Universidad.

Tema 9. Los estudiantes universitarios: Régimen del alumnado. Derechos y deberes. Acceso y permanencia en los estudios universitarios. Seguro escolar. Participación en los órganos universitarios. Becas, préstamos y otras ayudas.

Tema 10. Ordenación de las enseñanzas universitarias. Los planes de estudios conducentes a títulos oficiales. Regulación de la obtención y expedición de títulos oficiales. Convalidación de estudios y homologación de títulos extranjeros. Doctorado y tercer ciclo. Los títulos propios de las Universidades.

Tema 11. El mercado de trabajo para titulados universitarios. Orientación para el empleo. Prácticas en empresas.

Tema 12. La Ley de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación: Conceptos esenciales y recursos humanos dedicados a la investigación. La investigación en las Universidades.

Tema 13. La promoción y fomento de la investigación en la Universidad de León. La financiación de la investigación. Los programas de formación de investigadores.

Tema 14. La gestión de la investigación. Tramitación de subvenciones, proyectos y contratos del artículo 83 de la LOU; modalidades. Convenios de investigación.

Tema 15. La transferencia de resultados de la investigación y la propiedad intelectual e industrial: Su aplicación en el ámbito universitario

Bloque III. Materias económicas

Tema 1. La contabilidad mercantil. Contabilidad formal: libros obligatorios. Requisitos de los libros. Eficacia probatoria. Comunicación y exhibición de los libros. Contabilidad material: cuentas anuales. Verificación, auditoría y depósito de las cuentas.

Tema 2. La empresa mercantil. El empresario individual: capacidad y prohibiciones. Prueba, adquisición y pérdida de la cualidad de empresario. Ejercicio del comercio por persona casada. El empresario extranjero. El Registro Mercantil.

Tema 3. Las sociedades mercantiles: concepto y clasificación. Requisitos de constitución de las sociedades mercantiles. La sociedad irregular. Nacionalidad de las sociedades. Las sociedades colectivas y comanditarias. La sociedad de responsabilidad limitada: principales notas de su régimen jurídico.

Tema 4. La sociedad anónima: concepto y caracteres. Fundación. Escritura social y estatutos. Acciones y obligaciones. Órganos de la sociedad anónima.

Tema 5. La disolución de las sociedades mercantiles. Liquidación y división. Transformación, fusión y escisión de las sociedades mercantiles.

Tema 6. Los títulos valores: concepto y clasificación. Los títulos nominativos, a la orden, al portador y de tradición. La letra de cambio: concepto y requisitos formales. El endoso. La aceptación. El pago de la letra. Las excepciones cambiarias.

Tema 7. Las obligaciones mercantiles: características generales. Los contratos mercantiles: concepto y clases. Perfección, forma y prueba de los contratos mercantiles. Influencia de la alteración de las circunstancias en los contratos mercantiles. La prescripción en el Derecho Mercantil.

Tema 8. El contrato de compraventa mercantil. Compraventas especiales.

Tema 9. El concurso: Presupuestos. El auto de declaración del concurso. Efectos sobre los acreedores, créditos y contratos. La masa del concurso. El convenio: contenido y efectos. Las causas de conclusión del concurso. La calificación del concurso.

Tema 10. Las subvenciones: Concepto, normas básicas y normas de la Comunidad. Órganos competentes y procedimientos para su concesión. Contenido de las bases reguladoras. Régimen de compatibilidad con las normas de la Unión Europea. Régimen sancionador. Justificación y reintegro de subvenciones.

Tema 11. La renta nacional: Concepto y métodos de estimación. La Contabilidad Nacional: naturaleza y fines. El análisis «input-output». Relaciones sectoriales.

Tema 12. El comercio internacional. Formulaciones teóricas. La protección arancelaria. La Balanza de pagos: concepto y estructura. El tipo de cambio. El equilibrio de la balanza de pagos.

Tema 13. El dinero: concepto y funciones del dinero. Demanda y oferta de dinero. Formación del tipo de interés.

Tema 14. El proceso productivo. Los costes de producción: su estructura. Los principales elementos determinantes del coste de producción. El coste de los subproductos.

Tema 15. El análisis financiero: la estructura de las fuentes de financiación. El equilibrio financiero. El control financiero.

Anexo 2.2 Segundo ejercicio obligatorio

Programa de contabilidad

Contabilidad financiera superior y de sociedades.

Contabilidad analítica de explotación.

Programa de matemáticas financieras

Capitalización simple y compuesta.

Rentas.

Préstamos y empréstitos.

Operaciones con valores mobiliarios.

Análisis de inversiones.

Anexo 2.3 Tercer ejercicio obligatorio

Derecho tributario

Tema 1. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (I): Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Sujeción al Impuesto: Aspectos materiales, personales y temporales. Determinación de la capacidad económica sometida a gravamen: rendimientos y ganancias y pérdidas patrimoniales.

Tema 2. El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (II). Integración y compensación de rentas: Mínimo personal y familiar. Base imponible y base liquidable. Cuota íntegra estatal y autonómica. Deducciones. Deducciones autonómicas. Cuota diferencial Tributación familiar. Pagos a cuenta.

Tema 3. Impuesto sobre el Patrimonio de las Personas Físicas. Naturaleza, objeto y ámbito de aplicación. Hecho imponible. Sujeto pasivo. Base imponible y liquidable. Devengo. Determinación de la deuda tributaria. Gestión del impuesto. El Impuesto Especial sobre Bienes Inmuebles de entidades no residentes.

Tema 4. Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Hechos imponibles. Sujeto pasivo. Base imponible. Deuda tributaria. Gestión del impuesto.

Tema 5. El Impuesto sobre Sociedades. Naturaleza y ámbito de aplicación. El hecho imponible. El sujeto pasivo. La base imponible. Período impositivo y devengo del impuesto. La deuda tributaria. Regímenes especiales.

Tema 6. El Impuesto sobre el Valor Añadido (I). Concepto y naturaleza. Ámbito de aplicación del impuesto. Hecho imponible y supuestos de no sujeción. Deslinde del IVA con el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados. Exenciones. Lugar de realización del hecho imponible. Sujeto pasivo. Devengo. Base imponible. Tipos de gravamen.

Tema 7. Impuesto sobre el Valor Añadido (II). Deuda tributaria. Liquidación. Deducciones y devoluciones. Referencia a los regímenes especiales.

Tema 8. Las tasas: concepto. La Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León: Estructura y contenido. La gestión y recaudación de las tasas de la Comunidad de Castilla y León. Los precios públicos. Los precios públicos universitarios. Otros ingresos que percibe la Universidad. Especial referencia a los contratos del art. 83 de la LOU.

Tema 9. Características generales del procedimiento de inspección tributaria. La revisión de los actos en vía administrativa: el recurso de reposición. Las reclamaciones económico-administrativas. Suspensión de los actos impugnados.

Derecho presupuestario, sistema de control y contabilidad pública

Tema 1. El Derecho presupuestario: Concepto y contenido. La Ley General Presupuestaria: Estructura y principios generales.

Tema 2. El presupuesto del Estado en España: Concepto, contenido y regulación jurídica. El presupuesto de la Unión Europea: Estructura y tramitación. Recursos propios y gasto comunitario.

Tema 3. La Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad de Castilla y León: Estructura y principios generales. El concepto de Hacienda Pública en la Ley de la Hacienda y del Sector Público de la Comunidad. Los derechos y obligaciones de la Hacienda Pública.

Tema 4. Financiación de las Universidades. Autonomía financiera. Precios públicos. Especial referencia al sistema de financiación de las Universidades Públicas de Castilla y León. Las operaciones de endeudamiento. La normativa de estabilidad presupuestaria estatal y autonómica y el control de gasto en el ámbito educativo universitario.

Tema 5. Régimen económico y financiero de la Universidad de León. Patrimonio, dominio público y recursos financieros. Presupuesto, programación plurianual y gastos plurianuales. Los créditos iniciales y su financiación. Estructura y vinculación. Limitación temporal. Anulación. Remanentes. Créditos de Centros y Departamentos. Créditos para inversiones y financiación de proyectos.

Tema 6. Modificaciones de los créditos iniciales. Transferencias. Incorporaciones. Generaciones. Créditos extraordinarios. Suplementos. Ampliaciones. Procedimiento general de gestión presupuestaria. Existencia de crédito. Fases. Anticipos de Caja Fija. Pagos a justificar. Cargos internos. Normas de facturación y factura electrónica.

Tema 7. Contratación administrativa (I). Ámbito subjetivo de la Ley de Contratos del Sector Público: sector público, Administraciones Públicas y poderes adjudicadores. Ámbito objetivo de aplicación: contratos administrativos y contratos sujetos a regulación armonizada. Órganos competentes en materia de contratación: órganos de contratación y órganos de asistencia.

Tema 8. Contratación administrativa (II)El contratista: capacidad, solvencia y prohibiciones para contratar. La clasificación. Garantías en la contratación del sector público. El expediente de contratación y su tramitación. La adjudicación del contrato: procedimientos y criterios de adjudicación. El recurso especial en materia de contratación.

Tema 9. Contratación administrativa (III). Los efectos del contrato. El pago del precio: el procedimiento para el reconocimiento de obligaciones en la contratación de las Administraciones Públicas. Las prerrogativas de la Administración en los contratos administrativos. La modificación de los contratos. Extinción del contrato: recepción y resolución de los contratos administrativos. La cesión y subcontratación del contrato. Especialidades del contrato de obras, de suministros y de servicios. Breve referencia a los contratos privados de la Administración.

Tema 10. Gestión de la tesorería. La ordenación del pago. Gestión de las disponibilidades líquidas del sector público.

Tema 11. El endeudamiento del sector público de la Comunidad de Castilla y León. Los avales del Tesoro de la Comunidad de Castilla y León. Régimen jurídico.

Tema 12. El control de la actividad financiera: Concepto y clases. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público (I). Concepto de control. Clases de control. Naturaleza, fundamento y ámbito de aplicación del control. Especial referencia al control de legalidad y financiero de la Universidad de León.

Tema 13. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público (II). El control previo de legalidad: concepto, regulación y principios generales. Control previo de legalidad de ingresos. Control previo de legalidad de gastos y pagos. Diferentes momentos de ejercicio. La omisión de la intervención.

Tema 14. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público (III). El control financiero: concepto, regulación y principios generales. Clases de control financiero. El trabajo de control. Los informes de control: clases y efectos.

Tema 15. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público (IV). El control financiero permanente. El control de programas presupuestarios. El control de sistemas y procedimientos.

Tema 16. El control interno de la actividad económico-financiera del sector público (V). La auditoría como forma de ejercicio del control financiero. Clases de auditorías. Las normas de auditoría: normas relativas al sujeto auditor, a la ejecución de los trabajos de auditoría y a la preparación, contenido y presentación de los informes.

Tema 17. El control financiero de subvenciones y ayudas públicas. El control de las subvenciones comunitarias: órganos competentes y normativa contable.

Tema 18. La auditoría de cuentas. La Ley 19/1988 de auditoría de cuentas. Concepto de auditoría de cuentas. Requisitos de las auditorías y de los informes. Los auditores: requisitos para el ejercicio de la auditoría y responsabilidades. Entidades sometidas a auditorías anuales de cuentas y balances. El Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas: funciones.

Tema 19. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público (I). El control por las Cortes de Castilla y León. El Consejo de Cuentas de Castilla y León.

Tema 20. El control externo de la actividad económico-financiera del sector público (II). El Tribunal de Cuentas: competencias y funciones. La función fiscalizadora del Tribunal de Cuentas. La función jurisdiccional del Tribunal de Cuentas. La responsabilidad contable por el manejo de fondos públicos. Los procedimientos para la exigencia de responsabilidad contable.

Tema 21. El derecho de la contabilidad pública. El plan general de contabilidad pública de Castilla y León: estructura, ámbito de aplicación, principios contables y normas de valoración. Funcionamiento del modelo contable del plan general de contabilidad pública de Castilla y León: contabilidad presupuestaria, de gestión y patrimonial. Contabilidad extrapresupuestaria. Cuentas anuales. La liquidación del presupuesto. La Cuenta General de la Universidad de León. Formación y remisión. Documentos y estados que la integran. Examen y comprobación. Aprobación.

Tema 22. Los Principios Contables Públicos: los documentos 1 a 8 de la Comisión de Principios y Normas Contables Públicas.

Tema 23. El sistema europeo de cuentas nacionales y regionales (SEC ´2000). Aspectos generales. Unidades y sectores institucionales. Las operaciones de bienes y servicios. Las operaciones de distribución. Las operaciones financieras principales cuentas y agregados. Especial referencia al ámbito de la Comunidad de Castilla y León. Criterios de valoración.

Tema 24. Las leyes de estabilidad presupuestarias. Ámbito de aplicación. Principios generales. Aplicación en la Administración Central, Autonómica y Local. Referencia a la Comunidad de Castilla y León.

ANEXO 3
Tribunal

Tribunal titular

Presidente: D. José Luis Carretero López Tello, Gerente de la Universidad de León.

Vocales:

D. Agustín Guillermo Turiel Martínez, Inspector-Jefe de la Unidad Regional de Inspección de Castilla y León

D. Antonio Vaquera García, Profesor Titular del área de Derecho Financiero y Tributario

D.ª M.ª José Flórez Catón, funcionaria del Cuerpo Técnico de Hacienda.

Secretaria: D.ª M.ª José Andrade Diéguez, funcionaria de la Universidad de León

Tribunal suplente

Presidente: Pablo Marcos Martínez, Director del Área de Recursos Humanos de la Universidad de León.

Vocales:

D. Pedro Rosón Silván, Inspector de Hacienda.

D.ª Ana Nieves González González, funcionario del Cuerpo Técnico de Hacienda.

D. Javier Martínez Jimeno, funcionario del Cuerpo Técnico de Hacienda de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

Secretaria: D.ª Laudina Álvarez Álvarez, Jefa del Servicio del Gestión Presupuestaria y Contable de la Universidad de León.

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