La Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Valencia, Procedimiento TJU 118/2016, en Sentencia número 627/2016, de fecha 5 de octubre de 2016, firme, condenó al Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Simón González Joaquín, con DNI número 53.112.198, adscrito a la Comisaría Local de Gandía, como autor de un delito continuado de infidelidad en la custodia de documentos a las penas, entre otras, de dos años y seis meses de prisión e inhabilitación especial para el Cuerpo Nacional de Policía por tiempo de cuatro años y seis meses.
Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 5.1.e) de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional, 63.e) y 66 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, «La pena principal o accesoria de inhabilitación especial cuando hubiere adquirido firmeza la sentencia que la imponga produce la pérdida de la condición de funcionario respecto a todos los empleos o cargos especificados en la sentencia».
Esta Secretaría de Estado dispone:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario del Policía del Cuerpo Nacional de Policía don Simón González Joaquín, como consecuencia de haber sido condenado en sentencia firme a la pena de inhabilitación especial por tiempo de cuatro años y seis meses.
Madrid, 8 de febrero de 2018.–El Secretario de Estado de Seguridad, José Antonio Nieto Ballesteros.
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