En el marco del expediente IE/LDI-3/2017, incoado a, entre otros, Marvin Management, S.L., la Comisión Ejecutiva del Banco de España, en su sesión de fecha 15 de noviembre de 2017 adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo: «Suspender temporalmente la actividad de Marvin Management, S.L. de captación de fondos reembolsables del público y de ejecución de operaciones de pago, con publicación en el “Boletín Oficial del Estado” y comunicación al Registro Mercantil (…)».
Tal medida se adoptó al amparo de lo establecido en el artículo 111 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, así como el artículo 56 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, manteniéndose hasta la resolución del correspondiente expediente.
Por tanto, a la vista del citado acuerdo, y al amparo de lo establecido en el artículo 111.3 de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la citada medida de suspensión temporal de la actividad de Marvin Management, S.L.
Madrid, 4 de enero de 2018.–El Secretario General del Banco de España, Francisco-Javier Priego Pérez.
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