Habiéndose declarado firme en vía administrativa la sanción impuesta a Abante Asesores, S.A., por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra p), la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (actualmente, artículo 282.3 del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre), se procede a publicar, conforme a lo establecido en el artículo 304 del citado texto refundido, la sanción impuesta mediante Resolución del Consejo de la CNMV de fecha 1 de febrero de 2018 que, tras la exposición de hechos y fundamentos jurídicos, concluye con el siguiente fallo:
Imponer a Abante Asesores, S.A. por la comisión de una infracción muy grave tipificada en el artículo 99, letra p), en relación con el artículo 53, de la Ley 24/1988, de 28 de julio, del Mercado de Valores (artículo 282.3, en relación con el artículo 125, del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre), por haber incumplido los deberes de información a la CNMV en relación con la comunicación de una participación significativa sobre acciones de la sociedad cotizada Promotora de Informaciones, S.A. (PRISA), multa por importe de 200.000 euros (doscientos mil euros).
La Resolución que impone la sanción indicada en la presente publicación únicamente es firme en vía administrativa, sin perjuicio de las potestades de revisión jurisdiccional que corresponden a la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, competente para conocer de los recursos que en su caso se hayan interpuesto o pudieran interponerse.
Madrid, 5 de abril de 2018.–El Presidente de la Comisión Nacional del Mercado de Valores, Sebastián Albella Amigo.
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