Habiéndose suscrito el 20 de diciembre de 2017 la modificación del Convenio acordado por la Secretaría de Estado de Seguridad y Renfe Viajeros Sociedad Mercantil Estatal, S.A., sobre transporte ferroviario de viajeros por cuenta propia del personal de la Policía Nacional formalizado el 15 de junio de 2017, procede la publicación en el Boletín Oficial del Estado de dicha modificación que figura como anexo a esta Resolución.
Madrid, 8 de enero de 2018.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, P.S. (Real Decreto 770/2017, de 28 de julio), el Vicesecretario General Técnico del Ministerio del Interior, Antonio Cerrolaza Gómez.
En Madrid, a 20 de diciembre de 2017.
REUNIDOS
De una parte el Secretario de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, nombrado por Real Decreto 497/2016, de 18 de noviembre, representado por don Germán López Iglesias, en su calidad de Director General de la Policía, según delegación de firma acordada por Resolución del Secretario de Estado de Seguridad, de fecha 14 de noviembre de 2017, en virtud de los expuesto en el artículo 62.2, apartado g), de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el que se atribuye la competencia para celebrar contratos relativos a asuntos de su Secretaría de Estado y los convenios no reservados al Ministro del que dependan, sin perjuicio de la correspondiente autorización cuando sea preceptiva.
De otra, Renfe-Viajeros, representada por don Juan Alfaro Grande, en calidad de Presidente.
EXPONEN
Con fecha 15 de junio de 2017, se formalizó por ambas partes un Convenio cuyo objeto es el transporte en RENFE de personal de la Policía Nacional por cuenta propia.
La previsión de gasto durante el año 2017 fue fijada en la cantidad de 300.000 euros, y financiación con cargo al presupuesto de gastos de la Dirección General de la Policía, aplicación presupuestaria 16.03.132.A.162.04.
La referida cuantía se establece para abonar, con cargo al programa de Acción Social de la Policía Nacional, el periodo comprendido entre el 1 de noviembre de 2016 y el 31 de octubre de 2017.
Como quiera que, transcurrido el plazo del programa de Acción Social de la Policía Nacional, existe un remanente sobre la cantidad prevista, y con el fin de optimizar los créditos asignados, se hace necesaria establecer la oportuna modificación del Convenio vigente.
Así pues, las partes manifiestan su conformidad de minorar la cuantía del Convenio en la cantidad de 100.000 euros, al haber ascendido el gasto total del mismo a la cantidad de 200.000 euros.
Esta modificación entrará en vigor en el momento de su firma y una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y publicado en el Boletín Oficial del Estado.
A tal efecto, ambas partes
ACUERDAN
Modificar la estipulación segunda «Coste económico y financiero» del Convenio aludido, minorando la cantidad de 100.000 euros de su coste inicial de 300.000 euros, quedando fijada la cuantía del mismo en la cantidad de 200.000 euros.
Así lo acuerdan y convienen firmando en duplicado ejemplar el presente documento que pasa a formar parte del Convenio del que trae causa.–Por el Ministerio del Interior, Germán López Iglesias.–Por Renfe-Viajeros, Juan Alfaro Grande.
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