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Documento BOE-A-2018-6890

Resolución de 14 de mayo de 2018, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se publica la convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación.

Publicado en:
«BOE» núm. 125, de 23 de mayo de 2018, páginas 54192 a 54193 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Comunidad Autónoma de Andalucía
Referencia:
BOE-A-2018-6890

TEXTO ORIGINAL

En cumplimiento de lo establecido en el artículo 13, apartado 4, del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, y una vez publicada la Resolución de 3 de mayo de 2018, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de la cualificación profesional IMP023_3 Hidrotermal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, resuelven anunciar los siguientes aspectos de la misma:

Primero.

La Resolución de 3 de mayo de 2018, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, por la que se realiza convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de la cualificación profesional IMP023_3 Hidrotermal, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, ha sido publicada en el «Boletín Oficial de la Junta de Andalucía» n.º 90, de fecha 11 de mayo de 2018.

Segundo.

Las bases de la convocatoria del referido procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales, están disponibles a efectos informativos en la siguiente dirección de Internet: http://juntadeandalucia.es/boja/2018/90/index.html.

Tercero.

Se realiza convocatoria específica del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, para las unidades de competencia de la cualificación profesional que se indica, con el siguiente número de plazas:

Familia profesional

Cualificación profesional

N.º unidades de competencia

Total plazas

Imagen personal.

IMP023_3 Hidrotermal.

(R.D. 295/2004, de 20 de febrero).

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50

Cuarto.

Podrán participar en este procedimiento las personas que reúnan los requisitos establecidos en el apartado resolutorio sexto de la citada Resolución de 3 de mayo de 2018, conjunta de la Dirección General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente de la Consejería de Educación y de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio, de la Junta de Andalucía.

Quinto.

El plazo de presentación de solicitudes será el comprendido entre los días 14 de mayo y 1 de junio de 2018, ambos inclusive.

Sexto.

La solicitud de participación en el procedimiento se realizará a través de la oficina virtual de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía (https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/sede/), cumplimentando el formulario disponible en dicha oficina virtual a través de la aplicación informática diseñada a tal efecto, de acuerdo con las indicaciones e instrucciones que en la misma se incluyen. Si se dispone de certificado digital o de identificador cl@ve para firma electrónica podrá realizarse el proceso de tramitación al completo de forma telemática en la citada oficina virtual, en aplicación de lo recogido en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Sevilla, 14 de mayo de 2018.–La Directora General de Formación Profesional Inicial y Educación Permanente, Purificación Pérez Hidalgo.–El Director General de Formación Profesional para el Empleo, Manuel Jesús García Martín.

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