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Documento BOE-A-2018-7503

Resolución de 23 de mayo de 2018, del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, O.A., M.P., sobre delegación de competencias en materia de convenios.

Publicado en:
«BOE» núm. 136, de 5 de junio de 2018, páginas 58168 a 58169 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Economía, Industria y Competitividad
Referencia:
BOE-A-2018-7503
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/05/23/(3)

TEXTO ORIGINAL

La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula, en el capítulo VI de su título preliminar, los convenios adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes y las universidades públicas.

El artículo 50 de esta Ley establece en su apartado 1, entre los trámites preceptivos para la suscripción de convenios, que éstos vayan acompañados de una memoria justificativa que analice los extremos detallados en el precepto; añadiendo el apartado 2.c), la necesidad de la autorización previa del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas (actualmente, Ministerio de Hacienda y Función Pública, de acuerdo con el Real Decreto 415/2016, de 3 de noviembre, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales), para su firma, modificación, prórroga y resolución por mutuo acuerdo entre las partes.

El Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, publicado mediante la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre («BOE» del 22), determina, en su instrucción tercera, que la memoria justificativa deberá estar suscrita por el titular del órgano competente por razón de la materia, con rango de director general, o el máximo responsable de la entidad que promueva el convenio; añadiendo la instrucción sexta.2.a), que la solicitud de la autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública se remitirá únicamente a través de medios electrónicos y firmada por el titular del órgano competente por razón de la materia, con rango de director general, o el máximo responsable de la entidad que promueva el convenio.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 90.1 de la citada Ley 40/2015, de 1 de octubre, los máximos órganos de gobierno de los organismos públicos estatales son el Presidente y el Consejo Rector.

Por su parte, el Estatuto del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria (INIA), aprobado por el Real Decreto 1951/2000, de 1 de diciembre, dispone, en el artículo 4.1.2.º, que los órganos de gobierno unipersonales de este organismo son el Presidente y el Director del INIA.

De acuerdo con el artículo 9.2 de este Estatuto, son funciones del Presidente del INIA la representación institucional del organismo; la presidencia de su Consejo Rector; la firma de contratos y convenios que supongan compromisos económicos superiores a 5.000.000 de euros; la aprobación de los gastos del organismo de cuantía superior a la citada cantidad; y la rendición de cuentas del mismo.

Por ello, con la finalidad de conseguir una mayor agilidad y eficacia en la tramitación de los convenios del organismo, y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, resuelvo:

Primero. Delegar la competencia en materia de suscripción de la memoria justificativa que acompaña a los convenios.

Se delega, en el Director del INIA, la competencia para la suscripción de la memoria justificativa que debe acompañar a los convenios, atribuida a la Presidenta del INIA por la instrucción tercera del Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017, por el que se aprueban las instrucciones para la tramitación de convenios, publicado mediante la Orden PRA/1267/2017, de 21 de diciembre.

Segundo. Delegar la competencia en materia de suscripción de la solicitud de la autorización del Ministerio de Hacienda y Función Pública de los convenios.

Se delega, en el Director del INIA, la competencia para la suscripción de la solicitud de la autorización previa del Ministerio de Hacienda y Función Pública a la que se refiere el artículo 50.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de diciembre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para la firma, modificación, prórroga y resolución por mutuo acuerdo entre las partes de los convenios, atribuida a la Presidenta del INIA por la instrucción sexta.2.a) del Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2017.

Tercero. Publicidad y constancia de esta resolución.

1. La presente resolución deberá ser publicada en el «Boletín Oficial del Estado».

2. Cuantas actuaciones se adopten en ejercicio de las competencias delegadas en este acto indicarán expresamente esta circunstancia mencionando, asimismo, esta resolución y la fecha de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Cuarto. Eficacia de la delegación.

La presente resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 23 de mayo de 2018.–La Presidenta del Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria, O. A., M. P., María Carmen Vela Olmo.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 23/05/2018
  • Fecha de publicación: 05/06/2018
  • Efectos desde el 6 de junio de 2018.
Referencias anteriores
Materias
  • Delegación de atribuciones
  • Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria

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