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Documento BOE-A-2018-7519

Real Decreto 332/2018, de 18 de mayo, por el que se nombran Magistrados especialistas de Mercantil, a los aspirantes que han aprobado las pruebas selectivas de promoción y especialización convocadas por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 11 de mayo de 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 137, de 6 de junio de 2018, páginas 58266 a 58267 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Consejo General del Poder Judicial
Referencia:
BOE-A-2018-7519

TEXTO ORIGINAL

Como consecuencia de la superación de las pruebas selectivas de promoción y especialización convocadas por Acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 11 de mayo de 2017 (B.O.E. del día 15 de mayo de 2017) y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 311.1, y concordantes de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en relación con lo previsto en la norma G) de dicho Acuerdo de convocatoria, a propuesta de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 10 de mayo de 2018,

Vengo en nombrar Magistrados/as especialistas en Materia Mercantil a los siguientes aspirantes:

Uno.–Doña María José Fernández Alcalá, Magistrada, que sirve la plaza de Juez de Adscripción Territorial del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, provincia de Granada, en cuyo destino continuará.

Dos.–Don Jorge de la Rúa Navarro, Magistrado, que sirve la plaza de Juez de Adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, provincia de Valencia, en cuyo destino continuará.

Tres.–Doña Amagoia Serrano Barrientos, Magistrada, que sirve el Juzgado de lo Social número 16 de Barcelona, en cuyo destino continuará.

Cuatro.–Doña Lucía Martínez Orejas, Jueza, que sirve el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Espluges de Llobregat, en cuyo destino continuará y promoviéndose a la categoría de Magistrado.

Cinco.–Don Víctor Heredia del Real, Magistrado, que sirve la plaza de Juez de adscripción territorial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, provincia de Girona, en cuyo destino continuará.

Seis.–Don Antonio Fuentes Bujalance, Magistrado, que sirve el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Córdoba, en cuyo destino continuará.

Siete.–Doña Olga Ahedo Peña, Magistrada, que sirve el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Bilbao, en cuyo destino continuará.

Ocho.–Don José Luis Fortea Gorbe, Magistrado, que sirve el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, en cuyo destino continuará.

Nueve.–Don Francisco Modesto Gil Monzo, Juez, que sirve el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 4 de Tortosa, en cuyo destino continuará y promoviéndose a la categoría de Magistrado.

Diez.–Doña Sofía Gil García, Jueza, que sirve el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de O Porriño, en cuyo destino continuará y promoviéndose a la categoría de Magistrado.

Los Magistrados/as que no han sido destinados a órgano de mercantil dispondrán de un plazo de tres años, contados a partir de la publicación de este real decreto en el «Boletín Oficial del Estado», para concursar a órganos de lo mercantil, salvo los que ya se encuentren sirviendo Juzgado de esta clase y efectúen la opción prevista en el artículo 329.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Transcurrido ese plazo sin haber obtenido plaza en un órgano de lo mercantil, serán destinados con carácter forzoso a la primera vacante que se produzca en los mismos, salvo que previamente renuncien a la especialización.

Contra el presente real decreto se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Supremo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado». Potestativamente, podrá interponer recurso de reposición ante la Comisión Permanente, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación del presente real decreto. En este último caso, no se podrá interponer el recurso contencioso-administrativo, hasta que se haya resuelto el recurso de reposición o se haya producido la desestimación presunta del mismo.

Dado en Madrid, el 18 de mayo de 2018.

FELIPE R.

El Ministro de Justicia,

RAFAEL CATALÁ POLO

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