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Documento BOE-A-2018-7808

Orden ECD/624/2018, de 31 de mayo, por la que se autoriza la apertura y funcionamiento del centro privado de educación infantil "África" de Ceuta.

Publicado en:
«BOE» núm. 141, de 11 de junio de 2018, páginas 59919 a 59921 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Educación, Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2018-7808

TEXTO ORIGINAL

Visto el expediente tramitado por doña Rosario Parrado López, en calidad de titular, en el que solicita autorización de apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Infantil para cuatro unidades de primer ciclo de Educación Infantil, que se denominará «África» y que se ubicará en la calle Isidoro Martínez, 12, de Ceuta.

Hechos

Primero. Doña Rosario Parrado López, en calidad de titular, solicitó autorización de apertura y funcionamiento del centro de Educación Infantil para 10 unidades de primer ciclo, que se denominará «África» y que se ubicará en la calle Isidoro Martínez, 12, de Ceuta.

Segundo. Una vez recibida la solicitud de autorización para apertura y funcionamiento del centro de Educación Infantil «África» con la documentación correspondiente, se revisa y se solicita a la interesada que aporte documentación adicional de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE del 9).

Tercero. Se solicita informe a la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de este Departamento. El resultado es un informe negativo, indicando la conveniencia de solicitar informe al Servicio de Inspección de la Dirección Provincial de Educación de Ceuta.

Cuarto. Posteriormente, se solicita informe al Servicio de Inspección de la Dirección Provincial de Educación de Ceuta. El resultado de este informe es desfavorable para 10 unidades, si bien, se indica de manera expresa en dicho informe: «que el centro cuenta en la actualidad con las instalaciones y el personal necesario para atender a cuatro grupos del primer ciclo de Educación Infantil, de acuerdo con la normativa vigente». Se comunica a la interesada el resultado del informe emitido por el citado Servicio de Inspección.

Quinto. Doña Rosario Parrado López, titular del centro, solicita nueva autorización de apertura y funcionamiento del Centro de Educación Infantil para cuatro unidades de primer ciclo de Educación Infantil, que se denominará «África» y que se ubicará en la calle Isidoro Martínez, 12, de Ceuta.

Sexto. Se solicita, de nuevo, informe a la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de este Departamento para la nueva solicitud de cuatro unidades de Educación Infantil de primer ciclo. El resultado es un informe favorable para autorizar las enseñanzas solicitadas.

Fundamentos jurídicos

Primero. Resultan de aplicación al presente expediente las disposiciones siguientes:

– Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (BOE del 4).

– Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias (BOE del 9).

– Real Decreto 113/2004, de 23 de enero, por el que se desarrollan los aspectos educativos básicos y la organización de las enseñanzas de la Educación Preescolar, y se determinan las condiciones que habrán de reunir los centros de esta etapa (BOE del 6 de febrero).

– Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE del 4).

– Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (BOE del 10).

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE del 2).

Segundo. De acuerdo con los informes emitidos por la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de este Departamento y por el Servicio de Inspección de la Dirección Provincial de Educación de Ceuta, el centro reúne los requisitos establecidos para la autorización de apertura y funcionamiento de centro privado, con las características señaladas en esta Orden.

Por todo lo cual, este Ministerio, de conformidad con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril, ha dispuesto:

Primero.

Autorizar la apertura y funcionamiento del centro privado de Educación Infantil «África», de Ceuta, con efectos de inicio de curso 2018-02019, que quedará configurado del modo siguiente:

Denominación genérica: Centro de Educación Infantil.

Denominación específica: África.

Código de centro: 51004747.

Titulares: Doña Rosario Parrado López.

Domicilio: Calle Isidoro Martínez, 12.

Localidad: Ceuta.

Municipio: Ceuta.

Provincia: Ceuta.

Capacidad: 4 unidades de Primer Ciclo de Educación Infantil.

Segundo.

La titularidad del centro remitirá a la Dirección Provincial de Educación de Ceuta, la relación del profesorado con indicación de su titulación. Esta relación deberá ser aprobada expresamente por dicha Dirección Provincial, previo informe del Servicio de Inspección de Educación, de acuerdo con el artículo 7.º del Real Decreto 332/1992, de 3 de abril.

Tercero.

El centro deberá cumplir con la normativa técnica vigente y municipal correspondiente.

Cuarto.

Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando haya que modificarse cualquiera de los datos que señala la presente Orden ministerial.

Quinto.

Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la misma, de acuerdo con lo establecido en los artículos 25 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

Asimismo, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, en el plazo de un mes y ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 31 de mayo de 2018.–El Ministro de Educación, Cultura y Deporte, P.D. (Orden ECD/602/2017, de 30 de junio), el Secretario de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, Marcial Marín Hellín.

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