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Documento BOE-A-2018-7892

Resolución de 1 de junio de 2018, de la Dirección General de Empleo, por la que se registra y publica el Acuerdo en materia salarial para 2018 del Convenio colectivo del sector de empresas de publicidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 142, de 12 de junio de 2018, páginas 60489 a 60490 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Empleo y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2018-7892
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2018/06/01/(2)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del acuerdo en materia salarial para 2018 del Convenio colectivo del sector de empresas de publicidad (código de convenio n.º 99004225011981), que fue suscrito con fecha 3 de mayo de 2018, de una parte por la Asociación de Agencias de Medios AM, la Asociación Española de Agencias de la Comunicación Publicitaria AEACP-ACP, y la Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE representando además a la Associació Empresarial de Publicitat, Agencias de España, en representación de las empresas del sector, y de otra por los sindicatos FSC-CCOO y FESMC-UGT en representación de los trabajadores afectados, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo,

Esta Dirección General de Empleo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción del citado acuerdo en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Madrid, 1 de junio de 2018.–El Director General de Empleo, Xavier Jean Braulio Thibault Aranda.

ACTA DE LA REUNIÓN DE CONVENIO COLECTIVO ESTATAL PARA LAS EMPRESAS DE PUBLICIDAD

En Madrid, siendo las 10:30 horas del día 3 de mayo de 2018, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio con las asistencias que se detallan a continuación:

Por la parte empresarial:

– Don Juan Pablo Herrera (Asociación de Agencias de Medios AM).

– Don Carlos Rubio de Miguel (Asociación Española de Agencias de la Comunicación Publicitaria AEACP-ACP).

– Don David Torrejón Lechón (Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE, representando además a la Associació Empresarial de Publicitat).

– Doña Córdoba Ruiz (Agencias de España).

– Don Ángel G. Tuñón (Asociación de Empresas de la Comunicación-La FEDE).

Por la parte social:

– Don Javier Agudo García (FSC-CC.OO.).

– Don José Luis Gómez Durán (FSC-CC.OO.).

– Doña Cristina Bermejo Toro (FSC-CC.OO.).

– Don José María García González (FESMC-UGT).

– Don Alfonso López García (FESMC-UGT).

– Doña Mar Sánchez Moreno (FESMC-UGT).

Los presentes, por unanimidad, adoptan los siguientes acuerdos:

I. Se acuerda aprobar las tablas salariales y las dietas por desplazamiento para el año 2018 que figuran como Anexo I al presente documento. Las mismas incorporan un incremento de un 1,1% sobre las tablas salariales y dietas por desplazamiento del año 2017, en los términos de lo establecido en los artículos 43 y 44 del convenio colectivo del sector de empresas de publicidad (BOE núm. 35 del 10 de febrero de 2016).

II. Dicho acuerdo entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018.

III. Se acuerda facultar a La Fede, en la persona de D. David Torrejón Lechón, para que se encargue de los consiguientes trámites de registro y solicite la publicación de las mencionadas tablas, a sus efectos.

No habiendo más asuntos que tratar, se procede a levantar la sesión, procediéndose a la redacción de la presente acta que es firmada por todos los presentes, siendo las 11 horas.

ANEXO I
Tablas salariales año 2018

Incremento de 1,1 % sobre las tablas del 2017

Niveles salariales

Mensual

Mensual

Anual

15 pagas

12 pagas

Nivel 1

1.460,56 €

1.825,70 €

21.908,38 €

Nivel 2

1.298,36 €

1.622,96 €

19.475,46 €

Nivel 3

1.237,17 €

1.546,46 €

18.557,57 €

Nivel 4

1.230,34 €

1.537,92 €

18.455,05 €

Nivel 5

1.226,01 €

1.532,51 €

18.390,13 €

Nivel 6

1.146,00 €

1.432,51 €

17.190,07 €

Nivel 7

1.137,36 €

1.421,70 €

17.060,42 €

Nivel 8

1.053,04 €

1.316,30 €

15.795,61 €

Nivel 9

1.028,48 €

1.285,60 €

15.427,26 €

Nivel 10

1.024,52 €

1.280,65 €

15.367,84 €

Nivel 11

966,00 €

1.207,50 €

14.489,95 €

Las dietas por desplazamiento quedarán establecidas para el año 2018 en los siguientes importes:

Dieta con pernocta (en territorio nacional): 61,10 € netos/día.

Dieta sin pernocta (en territorio nacional): 30,57 € netos/día.

Dieta internacional con pernocta: 104,09 € netos/día.

Dieta internacional sin pernocta: 55,45 € netos/día.

Gastos de manutención (comidas): 13,57 € netos/día.

Gastos de kilometraje: 0,214 € netos/día.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 01/06/2018
  • Fecha de publicación: 12/06/2018
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el convenio publicado por Resolución de 3 de febrero de 2016 (Ref. BOE-A-2016-1290).
Materias
  • Agencias de publicidad
  • Convenios colectivos

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