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Documento BOE-A-2018-8689

Resolución de 19 de junio de 2018, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica la encomienda de gestión del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, SA, para la redacción del anteproyecto y proyecto de ejecución para la construcción de una nueva Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía en Torrejón de Ardoz (Madrid).

Publicado en:
«BOE» núm. 152, de 23 de junio de 2018, páginas 64141 a 64149 (9 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio del Interior
Referencia:
BOE-A-2018-8689

TEXTO ORIGINAL

Habiéndose suscrito el 8 de marzo de 2018 la Encomienda de Gestión del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A. (ISDEFE), para la redacción del anteproyecto (que incluirá estudio topográfico) y proyecto de ejecución (que incluirá el estudio geotécnico y el estudio de seguridad y salud) para la construcción de una nueva Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía en Torrejón de Ardoz (Madrid), procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicha Encomienda que figura como anexo a esta Resolución.

Madrid, 19 de junio de 2018.–El Secretario General Técnico del Ministerio del Interior, Juan Antonio Puigserver Martínez.

Encomienda de Gestión del Organismo Autónomo Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado a la Sociedad Mercantil Estatal Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A. (ISDEFE), para la redacción del anteproyecto (que incluirá estudio topográfico) y proyecto de ejecución (que incluirá el estudio geotécnico y el estudio de seguridad y salud) para la construcción de una nueva comisaría del Cuerpo Nacional de Policía en Torrejón de Ardoz (Madrid)

En Madrid, a 8 de marzo de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don José Antonio Nieto Ballesteros, Secretario de Estado de Seguridad, nombrado para dicho cargo en virtud del Real Decreto 497/2016, de 18 de noviembre, ejerciendo las funciones de Dirección del O.A. Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado (GIESE), con CIF Q2801011D, Organismo autónomo adscrito al Ministerio del Interior.

Y de otra, don Ángel Luis Sanz Sanz, Director de Consultoría y Procesos Estratégicos de Gestión, en nombre y representación de Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A. (ISDEFE), cuya representación ostenta en virtud de escritura otorgada ante la Notario de Madrid doña Paloma Mozo García, el día 22 de noviembre de 2013, con el número 1918 de su protocolo.

Ambas partes se reconocen plena capacidad legal para formalizar el presente Acuerdo de encomienda de gestión y, a tal efecto

EXPONEN

I. En el mes de septiembre de 2017, y previa petición al efecto, la Dirección General de la Policía sometió a la consideración de la GIESE una relación priorizada de necesidades en infraestructuras que a corto plazo consideraban que debían acometerse, encontrándose la construcción de una nueva Comisaría en Torrejón de Ardoz (Madrid) en el primer lugar debido al estado en el que se encuentran las instalaciones de las actuales dependencias oficiales.

De acuerdo con la solicitud efectuada, este Organismo autónomo incluyó en su planificación de inversiones en infraestructuras 2018-2021 las actuaciones tendentes a la construcción de la nueva Comisaría local. Para alcanzar la finalidad propuesta, en primer lugar, se requiere la redacción de un proyecto que diseñe y defina las especificaciones necesarias para la realización de la obra de construcción, tales como la organización de sus medios, personas, materiales y métodos constructivos.

II. Ante la insuficiencia de medios personales y técnicos adecuados y suficientes para la realización del trabajo descrito, se ha considerado oportuna la conveniencia de utilizar, a través de la encomienda de gestión, los servicios de la sociedad mercantil estatal ISDEFE, que tiene atribuida la condición de medio instrumental propio de la Administración del Estado y que, por su experiencia derivada de ello, aporta un conocimiento específico adicional para ello.

III. La Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado es un Organismo autónomo que se rige por lo previsto en el artículo 98 y siguientes de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, adscrito a la Secretaría de Estado de Seguridad conforme al artículo 2.6 del Real Decreto 770/2017, de 28 de julio, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio del Interior; y al artículo 2 del Real Decreto 2823/1998, de 23 de diciembre, por el que se aprueba su Estatuto, el cual le asigna las funciones en su artículo 4, entre otras, de elaborar, ejecutar y realizar planes de infraestructuras y de construir bienes inmuebles.

IV. La Sociedad Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A., fue creada por Acuerdo del Consejo de Ministros en su reunión de 18 de septiembre de 1985, como sociedad mercantil estatal.

De acuerdo con sus Estatutos, tiene la consideración de medio propio y servicio técnico de la Administración General del Estado y de los entes, entidades y organismos dependientes de ella.

Su actividad se centra en prestar apoyo en programas nacionales y multinacionales para los organismos y entidades de la Administración Pública. El objetivo de ISDEFE es proporcionar unos servicios altamente especializados de consultoría, excelencia técnica en las soluciones propuestas y una fuerte integración con los equipos del cliente. Sus principales valores son la independencia, la alta cualificación de los profesionales, la excelencia en tecnología y gestión, así como la apuesta por la innovación tecnológica.

V. A la vista de las razones expuestas en los apartados anteriores, se considera conveniente disponer por la GIESE el encargo de realización de los trabajos descritos a la sociedad mercantil ISDEFE, mediante la correspondiente encomienda de gestión.

VI. La encomienda de gestión se enmarca en el artículo 24.6 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre (en adelante TRLCSP), quedando excluida de la aplicación de dicho texto refundido con arreglo a lo dispuesto en su artículo 4.1.n).

Dicha encomienda de gestión en ningún caso podrá suponer cesión de la titularidad de competencias por parte de la GIESE ni de elementos sustantivos de su ejercicio.

En virtud de lo expuesto, se establece la presente encomienda de gestión bajo las siguientes

CONDICIONES

Primera. Objeto.

El Organismo autónomo GIESE, en el marco del artículo 24.6 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, encomienda a ISDEFE la realización de los trabajos de redacción del anteproyecto (que incluirá estudio topográfico) y proyecto de ejecución (que incluirá estudio de seguridad y salud y estudio geotécnico) para la construcción de una nueva Comisaría del Cuerpo Nacional de Policía en Torrejón de Ardoz (Madrid), sobre los terrenos que ocupan la parcela de 3.450 metros cuadrados ubicado en la calle El Álamo 1(E) de dicha localidad, así como la tramitación de las solicitudes de licencias urbanísticas y permisos necesarios ante los organismos públicos pertinentes y el seguimiento de estos expedientes, en relación con el proyecto de obras.

Segunda. Descripción de los trabajos.

Redacción del Proyecto:

– EI proyecto se desarrollará sobre la base del «Programa de Necesidades» elaborado por la Dirección General de la Policía que se adjunta como anexo I a la presente encomienda. De conformidad con dicho programa, se estima para el proyecto una superficie construida de unos 5.676 metros cuadrados.

– EI presupuesto de ejecución material se estima en unos 3.475.000,00 euros.

– Los trabajos de redacción se desarrollarán en dos fases: Anteproyecto y Proyecto de Ejecución, que incluirán los Estudios Topográfico y Geotécnico, y el Estudio de Seguridad y Salud.

– Los trabajos deberán estar conforme a la normativa vigente de construcción, así como a la relativa de seguridad y salud, en particular a la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

– Una vez entregado el Proyecto de Ejecución, incluyendo en el mismo el estudio de seguridad y salud, la GIESE, lo remitirá a la Oficina de Supervisión de Proyectos del Ministerio del Interior para la emisión del informe preceptivo por la misma. ISDEFE realizara cuantas modificaciones, aclaraciones o rectificaciones del proyecto sean precisas para atender los requeridos que, en su caso, interese la citada Oficina, hasta la obtención del informe favorable de supervisión.

Tercera. Paquetes de trabajo.

Los trabajos objeto de encomienda se agrupan en los siguientes paquetes de trabajo:

Paquete de trabajo 01. Anteproyecto

Comprende las siguientes tareas:

– Reuniones con los servicios competentes de la GIESE y de la Dirección General de la Policía.

– Visita a la parcela y en su caso a instalaciones policiales similares a la que se proyecta.

– Análisis de información técnica sobre el terreno (incluido estudio topográfico) y de la normativa urbanística aplicable.

– Elaboración de bocetos.

Comporta la entrega del anteproyecto junto con las normas de obligado cumplimiento (memoria intenciones, planos generales y estimación inicial de coste y plazos de construcción).

Paquete de trabajo 02. Proyecto de ejecución y estudio de seguridad y salud

Comprende las siguientes tareas:

– Reuniones con los servicios competentes de la GIESE y de la Dirección General de la Policía.

– Redacción del proyecto de ejecución, incluyendo la totalidad de los trabajos y estudios técnicos precisos para ello (incluido cálculo de estructuras y estudios de seguridad y salud).

– Estudio Geotécnico.

– Dar cumplimiento a los requerimientos que se realicen por la Oficina de Supervisión de Proyectos del Ministerio del Interior hasta la expedición del informe favorable al proyecto por dicho Servicio.

Comporta la entrega del Proyecto de ejecución junto con las normas de obligado cumplimiento (memoria descriptiva, constructiva, de cumplimiento del código técnico y anejos a la memoria; planos generales y de definición geométrica, de estructura, de instalaciones y de definición constructiva; mediciones y presupuestos con los cuadros que resulten necesarios con arreglo a los criterios que rigen en la redacción de proyectos de obras y los que emanen de la Oficina de Supervisión de Proyectos del Ministerio del Interior; y pliego de prescripciones técnicas particulares, administrativas, técnicas y valorativas).

Paquete de trabajo 03. Asistencia técnica para la solicitud de licencias y permisos oficiales y seguimiento de los expedientes hasta su concesión

Comporta los siguientes trabajos:

– Presentación de solicitudes cumplimentadas de formularios oficiales y preparación de la documentación técnica y administrativa que deba acompañar las solicitudes, para la obtención de licencias urbanísticas y otros permisos oficiales que procedan, exigidos por la normativa estatal, autonómica o local.

– Seguimiento de los expedientes correspondientes a estas solicitudes y dar cumplimiento a los requeridos que procedan de los organismos oficiales encargados de expedir dichos permisos y licencias.

– Obtención del visado del Colegio de Arquitectos en caso de que resulte necesario.

ISDEFE deberá entregar debidamente encuadernadas, de acuerdo con los estándares de calidad exigidos en la presentación de proyectos de obras, las siguientes copias de los documentos anteriores completos, como mínimo:

Documento

N.º de copias en formato impreso

Copias en formato electrónico

Anteproyecto

2

2

Proyecto de Ejecución

4

4

Entre los trabajos a realizar se incluye igualmente la preparación de presentaciones del proyecto, bien sea en formato «powerpoint», reproducción virtual, o similares.

Si fuera necesaria la presentación, ante un determinado organismo de cualesquiera de las Administraciones Públicas, del certificado del visado del Proyecto por el Colegio de Arquitectos por constituir requisito para la obtención de un permiso o licencia preceptivos, corresponderá a ISDEFE la obtención y presentación de dicho visado colegial.

Cuarta. Plazo de ejecución y recepción de la encomienda.

El plazo total para la presentación y entrega del proyecto de obras será de cinco (5) meses, contados desde el día siguiente al de suscripción del presente Acuerdo.

Dentro del plazo total, se contemplan los siguientes plazos parciales:

– Un mes, para la redacción y entrega el anteproyecto.

– Cuatro meses, para la redacción y entrega del proyecto de ejecución, incluido el estudio de seguridad y salud, contados a partir del día siguiente a la notificación de la conformidad del anteproyecto.

Tras su presentación, los servicios técnicos de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado comprobarán que la redacción de los trabajos se ha realizado de acuerdo con el programa de necesidades.

El plazo total de vigencia de la encomienda se fija en doce (12) meses, contados desde el día siguiente al de la firma del presente acuerdo, al objeto de abarcar dentro del mismo no sólo los plazos necesarios para la redacción y entrega del proyecto, tal y como se ha indicado anteriormente, sino también el tiempo estimado necesario para la tramitación y seguimiento de las solicitudes de licencias y permisos oficiales.

No obstante, la Dirección de la GIESE puede dejar sin efecto en cualquier momento la presente encomienda, que notificará debidamente a ISDEFE, abonándose hasta esa fecha todos los trabajos efectivamente realizados al amparo de la misma.

Quinta. Equipo redactor del proyecto.

Dentro de los siete días siguientes a la entrada en vigor de la presente encomienda, ISDEFE comunicará a la GIESE los datos relativos a los técnicos que integran el equipo redactor del proyecto, con expresión de quien vaya a firmar el proyecto, indicando sus teléfonos y direcciones de correo electrónico.

El técnico firmante del proyecto deberá estar en posesión de la titulación académica y profesional habilitante y cumplir las condiciones exigibles para el ejercicio de la profesión regulados por la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de Ordenación de la Edificación.

Sexta. Coordinación de los trabajos.

El Organismo autónomo GIESE desempeñará funciones directoras e inspectoras técnicas, administrativas y económicas con respecto al encargo que se realiza, estableciendo los criterios y líneas generales de la actuación, a fin de que los trabajos sirvan de la mejor forma a los intereses y objetivos perseguidos por la Administración.

ISDEFE deberá dedicar a los trabajos objeto de esta encomienda los medios necesarios para su correcta ejecución, tanto en el aspecto técnico como en cuanto a cumplimiento de plazos.

Cualquier material que se genere como consecuencia del presente trabajo será propiedad del Organismo autónomo y no podrá ser utilizado por terceros sin autorización de éste.

Para la coordinación y seguimiento de los trabajos encomendados se designa por parte de GIESE a don Miguel Ángel Brisso de Montiano, Jefe de Área de Arquitectura, y por parte de ISDEFE a don D. Manuel Muñoz Fernández-Escribano, Jefe de Edificación e Instalaciones, quienes podrán ser sustituidos por el simple escrito de la parte que los hubiera designado.

La GIESE, a través de su responsable designado para tutelar el desarrollo de la Encomienda, realizará la aprobación y seguimiento de los trabajos específicos a desarrollar por ISDEFE como consecuencia del presente Acuerdo de Encomienda

El representante de ISDEFE, acompañado en su caso por los técnicos correspondientes, deberá asistir a las reuniones convocadas por el representante de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado.

El representante de ISDEFE deberá informar por escrito sobre cualquier aspecto concreto de los trabajos, cuando así le fuese requerido por el representante de la Administración.

Séptima. Tarifas, valoración económica de los paquetes de trabajo, presupuesto de la encomienda, aplicación presupuestaria y anualidades.

1. Tarifas.–A efectos de la valoración de los trabajos realizados se utilizan las tarifas vigentes aprobadas por Resolución de la Dirección General de Asuntos Económicos del Ministerio de Defensa de 18 de marzo de 2016 por la que se aprueban las tarifas a aplicar a las encomiendas de gestión que se realicen a la Sociedad Mercantil Estatal «Ingeniería de Sistemas para la Defensa de España, S.A. (ISDEFE)», que se adjuntan al presente acuerdo (anexo I).

Si durante el plazo de vigencia de la presente encomienda fueran aprobadas por el Ministerio de Defensa nuevas tarifas para la retribución de los trabajos encomendados a la entidad ISDEFE, se estará a lo que disponga la Resolución de aprobación de las nuevas tarifas respecto de su aplicación a encomiendas vigentes aprobadas con anterioridad a su entrada en vigor. Si de acuerdo con la citada Resolución las nuevas tarifas resultasen de aplicación a la presente encomienda, afectarán a las tareas realizadas a partir de la fecha de entrada en vigor de la Resolución, previa la aprobación de la oportuna adenda.

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 37/1992, del IVA, en su redacción vigente, los trabajos de consultoría encomendados se encuentran exentos del IVA.

2. Valoración económica de la encomienda.

Importe dedicación horaria:

Paquete de trabajo PT01

Categoría

Tarifa/hora (€)

N.º horas

Coste (€)

Coordinador

68,66

20

1.373,20

Téc. Experto B

54,24

250

13.560,00

Téc. Experto C

46,61

100

4.661,00

Total Ingeniería

19.594,20

Paquete de trabajo PT02

Categoría

Tarifa/hora (€)

N.º horas

Coste (€)

Coordinador

68,66

65

4.462,90

Téc. Experto B

54,24

750

40.680,00

Téc. Experto C

46,61

940

43.813,40

Total Ingeniería

88.956,30

Paquete de trabajo PT03

Categoría

Tarifa/hora (€)

N.º horas

Coste (€)

Coordinador

68,66

5

343,30

Téc. Experto B

54,24

50

2.712,00

Téc. Experto C

46,61

50

2.330,50

Total Ingeniería

5.385,80

Importe estimado de los costes directos reembolsables y los costes de aprovisionamiento:

A los anteriores costes, y a efectos de valoración del coste total de la encomienda, hay que añadir una estimación de gastos no incluidos en la tarifa Hora/Base, destinados a cubrir costes directos facturables, en particular los ocasionados por desplazamientos de personal, que también se encuentran regulados en el acuerdo de aprobación de las tarifas de ISDEFE por el Ministerio de Defensa. A estos efectos, se incluye una partida para Gastos a Justificar (Punto 1.5 de las tarifas), por importe de 1.000,00 euros, y una partida para Gastos de Aprovisionamiento (Punto 1.6 de las tarifas), por importe de 65.574,80 euros, que se corresponden con estudio topográfico, estudio geotécnico, cálculo de estructuras, asistencia técnica instalaciones.

a) Valoración total.

– Costes estimados por dedicación horaria (paquetes de trabajo): 113.936,30 €.

– Costes estimados directos a justificar: 1.000,00 €.

– Costes estimados de aprovisionamiento: 65.574,80 €.

– Valoración total: 180.511,10 €.

3. Presupuesto de la encomienda.–De acuerdo con las valoraciones expresadas anteriormente, el presupuesto de la encomienda se eleva a 180.511,10 euros. Dicho presupuesto tiene el carácter de presupuesto de gasto máximo de la encomienda. Sólo se abonarán los servicios efectivamente prestados y los gastos directos incurridos, por el importe real de los mismos y hasta el límite de dicho presupuesto de gasto máximo, con arreglo a lo que se establece en la condición siguiente.

4. Aplicación presupuestaria.–El citado importe se financiará con cargo a la aplicación presupuestaria 16.02.132A.630.

El presupuesto tiene el carácter de importe máximo de la encomienda. Solo se abonarán los servicios efectivamente prestados y los gastos facturables incurridos, por el importe real de los mismos y hasta el límite de dicho presupuesto de gasto máximo, con arreglo a lo que se establece en la condición siguiente.

Octava. Facturación.

A efectos de facturación, los trabajos que conforman la presente encomienda se considerarán del tipo de «Paquetes con responsabilidad sobre los resultados (PRR)».

En consecuencia, la facturación de los servicios se realizará con arreglo al siguiente calendario:

– El importe del paquete de trabajo 01 se facturará a la recepción de conformidad del anteproyecto.

– El importe del paquete de trabajo 02 se facturará a la recepción de conformidad del proyecto de ejecución y estudio de seguridad y salud (previa supervisión del proyecto con informe favorable de la Oficina de Supervisión de Proyectos del Ministerio del Interior).

– El importe del paquete de trabajo 03 se facturará una vez obtenida la licencia municipal de obras y, en su caso, los permisos oficiales preceptivos y necesarios para la viabilidad del proyecto.

Para la determinación del coste de los trabajos efectivamente ejecutados se aplicarán los cálculos realizados, de acuerdo con las tarifas aprobadas por el Ministerio de Defensa, a las horas efectivamente dedicadas al proyecto por el personal de ISDEFE más los costes directos de materiales y otros gastos facturables.

De conformidad con lo establecido en la condición sexta, los pagos a realizar a ISDEFE no podrán superar el importe de gasto máximo de la encomienda. No obstante, podrá superarse el importe de gasto establecido para alguno de sus paquetes de trabajo o para los gastos directos facturables, siempre que existan remanentes en otros paquetes o en la partida de gastos facturables, de manera que se respete, en todo caso, el gasto máximo total de la encomienda para la anualidad de que se trate.

ISDEFE emitirá la factura electrónica por el importe del trabajo realizado, que será presentada a través de los puntos generales de presentación de facturas electrónicas de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 25/2013, de 27 de diciembre, de impulso de la factura electrónica y en la Resolución de 25 de junio de 2014 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas y deberá incluir, además de todos los conceptos exigidos legalmente, los siguientes datos:

O.A. Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, CIF: Q2801011D; domicilio: calle Evaristo San Miguel, 8, 3.º, 28008 Madrid.

– Oficina Contable: GIESE, COD. DIR3: E00130401.

– Órgano Gestor: GIESE, COD. DIR3: E00130401.

– Unidad Tramitadora: GIESE, COD. DIR3: E00130401.

Novena. Reglas especiales respecto del personal laboral de la Sociedad ISDEFE

Sin perjuicio de las facultades de seguimiento y control que serán ejercidas por la Secretaría de Estado de Seguridad a través de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, la dirección de los trabajos encomendados será ejercida por la sociedad ISDEFE, a quien corresponderá impartir la órdenes e instrucciones que sean precisas a su personal para la correcta ejecución de la encomienda.

El Coordinador Técnico designado por ISDEFE asumirá las funciones de dirección técnica señaladas. En particular, tendrá entre sus obligaciones las siguientes:

a) Actuar como el interlocutor único con la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, canalizando la comunicación entre ISDEFE y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito a la Encomienda, de un lado, y la Gerencia mencionada, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de la Encomienda.

b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución de la Encomienda, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio encomendado.

c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo.

d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución de la Encomienda, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente el interlocutor único designado por ISDEFE con la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio.

e) Informar a la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado acerca de las variaciones, ocasionales o permanentes, en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de la Encomienda.

Corresponde exclusivamente a ISDEFE la selección del personal que formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución de la Encomienda, sin perjuicio de la verificación por parte de la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado de la idoneidad técnica de dicho personal en razón de los trabajos a ejecutar.

ISDEFE procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento a la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado.

ISDEFE asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución de la Encomienda, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones de los trabajadores en casos de baja o ausencia, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. Las relaciones sindicales del personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución de la Encomienda con ISDEFE se sustanciarán exclusivamente entre ellos sin que la Administración intervenga en modo alguno.

ISDEFE velará especialmente para que los trabajadores adscritos a la ejecución de la Encomienda desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en el presente documento.

ISDEFE estará obligada a ejecutar la encomienda en sus propias dependencias o instalaciones.

Décima. Confidencialidad.

ISDEFE se compromete a guardar la debida confidencialidad respecto a la información obtenida en el curso de sus actuaciones, con la amplitud y limitación que establezca la normativa aplicable, debiendo conservar debidamente custodiada la documentación e información objeto de esta encomienda.

Undécima. Titularidad de competencias.

La encomienda de gestión no supone cesión de titularidad de las competencias ni de los elementos sustantivos de su ejercicio, atribuidas al Ministerio del Interior.

En este sentido, corresponde a la Gerencia de Infraestructuras y Equipamiento de la Seguridad del Estado dictar cuantos actos o resoluciones sean necesarios para la integración de las actividades técnicas o de servicio objeto de la presente encomienda de gestión en dichas competencias.

Duodécima. Principio de indemnidad de la Administración.

Se establece en la presente encomienda el principio de indemnidad de la Administración, de tal forma que en el supuesto de que -a causa del incumplimiento de las obligaciones asumidas, por ISDEFE o sus trabajadores cualesquiera que fuese la razón de aquel- resulte la Administración sancionada o condenada por acciones u omisiones inherentes o derivadas de dicho incumplimiento, ISDEFE deberá responder frente a la Administración de las mismas.

Decimotercera. Naturaleza jurídica y jurisdicción aplicable.

El presente acuerdo tiene la naturaleza jurídica administrativa prevista en el artículo 4.1.n) de la Ley de Contratos del Sector Público, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, siendo de aplicación el artículo 4.2 de dicha Ley, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.

Las controversias que surjan en relación con su ejecución que no puedan resolverse en vía administrativa, se someterán a la jurisdicción contencioso-administrativa.

Y en prueba de conformidad, se suscribe el presente documento para la formalización de la presente encomienda de gestión recogida en el mismo, en el lugar y fecha arriba indicados.–El Director de Consultoría y Procesos Estratégicos de Gestión de ISDEFE, Ángel L. Sanz Sanz.–El Secretario de Estado de Seguridad-Dirección de la Gerencia, José Antonio Nieto Ballesteros.

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