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Documento BOE-A-2018-933

Resolución de 23 de enero de 2018, de la Dirección General de la Función Pública, por la que se resuelve el concurso de traslados de personal laboral, convocado por Resolución de 20 de junio de 2017.

Publicado en:
«BOE» núm. 22, de 25 de enero de 2018, páginas 9525 a 9526 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Hacienda y Función Pública
Referencia:
BOE-A-2018-933

TEXTO ORIGINAL

Por Resolución de 20 de junio de 2017, de la Dirección General de la Función Pública, se convocó concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del III Convenio Único para el personal laboral de la Administración General del Estado. Una vez valorados los méritos presentados por los aspirantes a los puestos convocados, de acuerdo con las bases de la convocatoria y las normas reglamentarias,

Esta Dirección General ha resuelto:

Primero.

Adjudicar los puestos de trabajo convocados en dicha Resolución. La relación de adjudicatarios se publicará como anexo en la página web www.minhafp.gob.es «Empleo Público».

Segundo.

Declarar desiertos y/o sin adjudicar los puestos que se relacionan en la Resolución, por falta de peticionarios.

Tercero.

La incorporación al puesto adjudicado se realizará en el plazo de tres días hábiles, si no existe cambio de residencia del trabajador, o en el de un mes si conlleva cambio de residencia, o reingreso al servicio activo. El cambio de residencia deberá ser acreditado documentalmente.

El plazo para la incorporación comenzará a computarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá producirse en el plazo de tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución del concurso comportara el reingreso al servicio activo, el plazo de incorporación deberá computarse desde el día siguiente a dicha publicación.

Cuarto.

Excluir a D. Ángel Bolaños Serrano DNI: 2080175 al haber perdido la condición de empleado público.

Quinto.

Los traslados derivados de la presente convocatoria se considerarán de carácter voluntario, no generarán derecho al abono de indemnización por concepto alguno y no son renunciables una vez adjudicada la plaza, salvo que antes de la finalización del plazo de incorporación, se hubiera obtenido otro destino mediante convocatoria pública.

Sexto.

Contra la presente Resolución podrá interponerse demanda ante la jurisdicción social en el plazo de veinte días desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.4 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, en relación con lo prevenido en los artículos 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la Jurisdicción Social.

Madrid, 23 de enero de 2018.–El Director General de la Función Pública, Javier Pérez Medina.

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