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Documento BOE-A-2018-9682

Resolución de 28 de junio de 2018, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica el Convenio con la Federación Española de Asociaciones de Productores y Exportadores de Frutas, Hortalizas, Flores y Plantas Vivas, para la promoción de la producción y calidad de las frutas, hortalizas, flores y plantas vivas españolas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2018 y 2019.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 11 de julio de 2018, páginas 69225 a 69234 (10 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2018-9682

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio suscrito, con fecha 28 de junio de 2018, entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Federación española de asociaciones de productores y exportadores de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas (FEPEX), para la promoción de la producción y calidad de las frutas, hortalizas, flores y plantas vivas españolas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2018 y 2019, que figura como anexo a esta resolución.

Madrid, 28 de junio de 2018.–El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando José Burgaz Moreno.

ANEXO
Convenio entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y la Federación española de asociaciones de productores y exportadores de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas (FEPEX), para la promoción de la producción y calidad de las frutas, hortalizas, flores y plantas vivas españolas en los mercados internacionales, a través de ferias y certámenes en los años 2018 y 2019

En Madrid, 28 de junio de 2018.

REUNIDOS

De una parte, don Fernando José Burgaz Moreno, Director General de la Industria Alimentaria, del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) anteriormente de denominado Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) y en virtud del Real Decreto 157/2012, de 13 de enero, por el que se dispone su nombramiento («BOE» de 14 de enero de 2012), actuando en nombre y representación del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, conforme a las atribuciones que le confiere el apartado primero punto 1 del capítulo II y anexo I, de la Orden APM/484/2018, de 8 de mayo, corregida por la Orden APM 612/2018, de 30 de mayo, de fijación de límites para administrar ciertos gastos y de delegación de competencias en el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente («BOE» de 11 de mayo de 2018 y de 6 de junio) y el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales.

Y de otra, don José María Pozancos Gómez-Escolar, con DNI 16.492.843A, Director General de la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas (FEPEX), con N.I.F. G-78351574 y domicilio en Madrid, C/ Miguel Ángel, 13, 4.º, por acuerdo de la Junta Directiva de fecha dieciséis de septiembre de 1992, por la que se dispone su nombramiento, y actuando en representación de FEPEX ante la Administración Pública española, de acuerdo con la certificación de 22 de octubre de 1992, expedida por el Secretario General, con el visto bueno del Presidente.

Ambas partes se reconocen capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

1. Que el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio, por el que se reestructuran los departamentos ministeriales en su artículo 1 crea el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y en su disposición final primera suprime el Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (MAPAMA) y órganos superiores.

El citado Real Decreto en su artículo 11 indica que corresponde al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de recursos agrícolas ganaderos y pesqueros, de industria agroalimentaria, de desarrollo rural y de alimentación. Asimismo, el Real Decreto 595/2018, de 22 de junio, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece que la Dirección General de la Industria Alimentaria depende de la Secretaría General de Agricultura y Alimentación y que, en tanto no se realicen las oportunas modificaciones orgánicas, los órganos de rango inferior se entenderán subsistentes y mantendrán su actual denominación, estructura y funciones.

En virtud del Real Decreto 895/2017, de 6 de octubre, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente de acuerdo con lo anterior Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, y se modifica el Real Decreto 424/2016, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, establece en el artículo 11.1.g) y h) que corresponde a la Dirección General de la Industria Alimentaria las funciones relativas a campañas de promoción de los productos agroalimentarios y pesqueros, así como la participación en ferias y exposiciones nacionales e internacionales, que será ejercida por la Subdirección General de Promoción Alimentaria, según se dispone en el apartado 2.d) del mismo artículo.

2. Que la presencia promocional del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en ferias internacionales del sector de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas, se realiza desde el año 2013, consiguiendo con esta presencia, experiencia, conocimientos técnicos y de situación de mercado, que confirman la conveniencia de seguir desarrollando el trabajo iniciado en 2013 con la participación en certámenes internacionales en los años 2018 y 2019.

3. Que el sector productor de Frutas, Hortalizas, Flores y Plantas vivas, se encuentra asociado en la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas (en lo sucesivo FEPEX), entidad sin ánimo de lucro, que en el artículo 7 de sus estatutos establece como los fines de la federación: la representación, defensa y promoción de los intereses de los asociados, siempre que tengan relación con la producción, el comercio y la promoción en los mercados nacional e internacional de las frutas, hortalizas, flores y plantas.

4. Que FEPEX es una organización sectorial constituida por treinta y tres asociaciones de productores, que agrupan a más de 1.500 empresas, y tiene interés en la participación conjunta con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en diversas ferias.

5. Que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y FEPEX tienen, entre sus funciones y finalidades, la de promoción del sector de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas, mediante la participación conjunta en ferias internacionales, con el fin de sumar conocimientos técnicos y experiencia.

Por todo ello, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio que se regirá por las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto del Convenio.

El objeto de este convenio es la colaboración en la promoción de la producción y de la calidad de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas españolas en los mercados internacionales, mediante la participación conjunta en determinadas ferias y certámenes internacionales en los años 2018 y 2019.

Segunda. Actuaciones a desarrollar.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, se ejecutarán las actuaciones programadas relativas a la preparación y participación conjunta Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) – Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas (FEPEX) en las ferias y certámenes siguientes:

Salon du Vegetal Nantes (Francia). 19-21 junio 2018.

Asia Fruitlogistica Hong Kong. 5 - 7 septiembre 2018.

Flower&Garden Attraction Madrid 23-25 octubre 2018.

IPM ESSEN Alemania. En enero 2019.

El pabellón español de estas ferias internacionales representará la imagen de España como productor de frutas, hortalizas, flores y plantas vivas de calidad, acreditando todas las empresas participantes la implantación de algún sistema de calidad y dándose a este concepto prioridad en imagen, textos e información.

Tercera. Obligaciones del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, el MAPA se compromete a realizar las siguientes actuaciones, conforme al presupuesto desglosado en el anexo V:

1. Aportar la cantidad máxima de doscientos diez mil euros (210.000,00 euros) en su duración completa, desglosada en cien mil euros (100.000,00 euros) con cargo a la aplicación presupuestaria 23.14.413A.640.08 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, prorrogados para el año 2018, y ciento diez mil euros (110.000.00 euros) con cargo a la aplicación 23.14.413A.640.08 para el año 2019, o la que pueda sustituirla en los Presupuestos Generales del Estado para 2018 y 2019, para abonar los gastos que se originen por el alquiler de espacios e inscripciones.

2. Recepción previa a la ejecución de la primera feria, de la propuesta de la empresa seleccionada por FEPEX para la construcción de las ferias de este convenio

3. Participar en la preparación de las ferias con sus unidades técnicas y de promoción.

4. Aportar el material de difusión Institucional.

5. Colaborar con sus Consejerías del MAPA, en los países en que se celebren estas acciones promocionales.

Cuarta. Obligaciones de FEPEX.

Para el debido cumplimiento del objeto del presente convenio, FEPEX se compromete a realizar las siguientes actuaciones:

1. Aportar como mínimo la cantidad de doscientos cincuenta y seis mil seicientos sesenta y seis euros con sesenta y seis céntimos (256.666,66 euros) para la financiación, conforme al presupuesto desglosado en el anexo V, de los gastos derivados del montaje, decoración, mantenimiento de los stands, agenda, acciones promocionales dentro del stand, folletos y viajes. Asimismo, cualquier aumento indicado en los conceptos citados en el presupuesto u otros distintos que se pudieran generar, será asumido por FEPEX.

2. Coordinar la participación de las empresas del sector para cada acto promocional. El número mínimo exigido para participar en una feria a través del convenio, será de cinco empresas.

3. Convocar a empresas especializadas, al menos a tres, para que presenten ofertas para la ejecución de las ferias. Las empresas deberán presentar la documentación necesaria que acredite su capacidad técnica y legal para la realización del trabajo. La empresa adjudicataria construirá el estand según el diseño del MAPA para ferias internacionales 2018, o en su defecto en el del ICEX, adaptándolo, en su caso, para cada feria, al perímetro del estand y a su ubicación en el recinto ferial.

4. Se remitirá al MAPA el anexo II y el proyecto de la empresa seleccionada, al menos diez días antes del inicio de las actividades.

El proyecto incluirá el desarrollo de las especificaciones técnicas proporcionadas por el MAPA, de acuerdo a la normativa en vigor y a las especificaciones de los diferentes recintos feriales.

En el perímetro exterior se instalarán rótulos con los logotipos del Gobierno de España, MAPA, según la normativa de la imagen institucional de la Administración General del Estado, así como el «#alimentosdespaña» y el de «Marca España».

5. Facilitar y habilitar dentro del estand un espacio o despacho para su utilización por el MAPA, en aquellas ferias en las que así lo decida el Departamento.

6. Realizar los servicios necesarios para la instalación y mantenimiento de los pabellones feriales, así como su gestión, durante los días en que se desarrollen las ferias.

7. Facilitar, en tiempo y forma, al MAPA la información sobre las actuaciones protocolarias para su participación, así como de los programas técnicos y generales de las ferias. Se facilitarán, sin coste a los representantes del MAPA acreditaciones y pases para cada feria.

8. Aportar el material vegetal de exposición y decoración.

9. Remitir al MAPA, a la Subdirección General de Promoción Alimentaria, el primer día de la feria, material fotográfico compuesto por, al menos, 5 fotografías de alta calidad del estand.

10. Remitir al MAPA, Subdirección General de Promoción Alimentaria, una vez finalizada cada feria, una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas y documentos de pago en un plazo no superior a un mes de finalizada la feria, de acuerdo con los anexos III y IV.

Quinta. Financiación y forma de pago.

El presupuesto total que conlleva la organización y celebración de las actuaciones programadas objeto del convenio, asciende a cuatrocientos sesenta y seis mil seiscientos sesenta y seis euros con sesenta y seis céntimo (466.666,66€) de acuerdo con el presupuesto que se adjunta como anexo V.

1. El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera, y abonará a FEPEX, con cargo a sus Presupuestos del ejercicio económico 2018, la cantidad de cien mil euros (100.000,00 euros). Para ello, una vez concluida la presencia en la feria o certamen citado en la cláusula segunda, y previo al pago, FEPEX deberá justificar la ejecución de cada actividad, aportando una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas, de acuerdo con los anexos III y IV. Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada mediante transferencia a la cuenta n.º ES88 0075 0111 9906 0105 2422 abierta en el Banco Popular, con domicilio en la Urb. 10-José Abascal, 18, 28003 (Madrid).

2. El MAPA participará en la financiación referida, de acuerdo con lo previsto en la cláusula tercera, y abonará a FEPEX, con cargo a sus Presupuestos del ejercicio económico 2019, la cantidad de ciento diez mil euros (110.000.00 euros). Para ello, una vez concluida la presencia en la feria o certamen citado en la cláusula segunda, y previo al pago, FEPEX deberá justificar la ejecución de cada actividad, aportando una memoria final descriptiva y económica de las actividades realizadas, así como sus correspondientes facturas justificativas, de acuerdo con los anexos III y IV. Posteriormente, verificada la documentación aportada, se abonará la cantidad citada mediante transferencia a la cuenta nº ES88 0075 0111 9906 0105 2422 abierta en el Banco Popular, con domicilio en la Urb. 10-José Abascal, 18, 28003 (Madrid).

3. La financiación restante, por un importe de doscientos cincuenta y seis mil seicientos sesenta y seis euros con sesenta y seis céntimos (256.666,66 euros) será asumida por FEPEX, de acuerdo con lo previsto en la cláusula cuarta del presente convenio.

Sexta. Comisión de seguimiento.

Se crea una Comisión de seguimiento para el seguimiento y aplicación del convenio, con la siguiente composición:

Por parte del MAPA:

Un Jefe de Área de la Subdirección General de Promoción Alimentaria, que la presidirá.

Un Jefe de Servicio de la Subdirección General de Promoción Alimentaria, que actuará como secretario.

Por parte de FEPEX:

El Director General de FEPEX.

El Secretario General de FEPEX.

Dicha Comisión realizará las siguientes funciones:

El estudio de las propuestas de decoración e instalación de los pabellones feriales y la distribución de los espacios de los pabellones.

La resolución de los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse respecto de la ejecución del convenio.

En todo lo que no esté expresamente previsto sobre el funcionamiento de esta Comisión serán de aplicación las normas sobre los órganos colegiados previstos en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Séptima. Publicidad.

La actuación conjunta MAPA-FEPEX constará de modo visible y fácilmente legible en toda la publicidad, difusión, resultados, etc., que se realice en cualquier medio de difusión, por cualquiera de las partes, notificando de dicha actuación previamente a la otra parte.

Octava. Duración del Convenio y su eficacia.

El presente convenio surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial del Estado (artículo 48.8 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público) tras su correspondiente inscripción en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal y, hasta el 31 de marzo de 2019.

Novena. Modificación y extinción.

Cualquiera de las partes podrá proponer la revisión de este convenio, en cualquier momento antes de su finalización, para introducir las modificaciones que estimen pertinentes. De producirse la revisión del clausulado del convenio, los correspondientes cambios habrán de incorporarse al mismo y requerirá acuerdo unánime de los firmantes.

El presente convenio podrá ser resuelto por el transcurso del plazo de vigencia, por mutuo acuerdo de las partes firmantes, por incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes, por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio o por decisión motivada de una de ellas, comunicándolo por escrito a la otra parte con, al menos, un mes de antelación a la fecha prevista de resolución, no afectando a la finalización de las actividades que estuvieran en ejecución.

El presente convenio quedará extinguido ante el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en las causas de resolución anteriormente citadas.

El incumplimiento total o parcial de las condiciones impuestas en este convenio, dará lugar a la obligación de reintegrar las cantidades percibidas, en todo o parte, más los intereses de demora correspondientes, conforme a criterios de proporcionalidad.

Cuando no se ejecuten todas las acciones previstas en el presente convenio, se valorará su nivel de incumplimiento, siendo el importe a abonar a la FEPEX proporcional al importe de las acciones realizadas.

Décima. Condición suspensiva.

La eficacia de este convenio en relación con las actuaciones financiadas con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para 2018 (prorrogados los de 2017) y 2019 queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en la aplicación presupuestaria 23.14.413A.640.08 o la que pueda sustituirla en los Presupuestos Generales del Estado de dichos ejercicios.

Undécima. Confidencialidad, titularidad y uso de los resultados y protección de datos.

Sin perjuicio de las líneas de actuación en materia de difusión de la información, y de la publicidad que las partes den a este convenio o a las actuaciones derivadas del mismo, las partes velarán por la debida confidencialidad de la información que se genere entre ambas.

Si de las actuaciones realizadas al amparo del presente convenio se derivaran derechos de propiedad industrial, intelectual u otros de análoga naturaleza, serán propiedad en partes iguales del MAPA y FEPEX, sin que ninguna de las partes cotitulares pueda ejercer su derecho de explotación de manera independiente, sin el consentimiento expreso y por escrito del otro cotitular.

Asimismo, ambas partes en el ejercicio de las funciones previstas en el presente convenio, adecuarán sus actuaciones a la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como al Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre, por el que se aprueba su desarrollo reglamentario.

Duodécima. Régimen jurídico y resolución de conflictos.

El presente convenio tiene la naturaleza de los previstos en el artículo 47.2.c) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, siéndole de aplicación lo dispuesto en el capítulo VI del título preliminar de dicha ley.

Los conflictos a que pueda dar lugar la interpretación, modificación, efectos o resolución del presente convenio, que no hayan sido resueltos por la Comisión de Seguimiento prevista en la cláusula sexta, quedarán sometidos al conocimiento y resolución de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la citada jurisdicción.

En prueba de conformidad, y para la debida constancia de lo convenido, otorgan el presente documento, en tres ejemplares y en el lugar y fecha al principio indicados.–El Director General de la Industria Alimentaria, Fernando José Burgaz Moreno.–El Director General de la Federación Española de Asociaciones de Productores Exportadores de Frutas y Hortalizas, José María Pozancos Gómez-Escolar.

ANEXO I
Diseño del prototipo del stand de 100 m2 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para el año 2018

1

2

ANEXO II
Descripción del proyecto y cronograma

Empresa especializada contratada.

Diseño del proyecto aplicado.

Cronograma inicial de la actividad

Empresas participantes.

ANEXO III
Memoria final descriptiva

Valoración final de las actividades realizadas, indicando el grado de consecución de los objetivos iniciales y grado de satisfacción.

Deberá contener el siguiente índice:

Feria programada. Descripción y datos de participación. Cronograma final.

Nombre de las empresas del sector participantes y su valoración económico-empresarial de su asistencia a la feria.

Conclusiones.

ANEXO IV
Informe económico

La información contenida en el informe económico a presentar estará soportada por las correspondientes relaciones de gastos justificados de cada una de las actuaciones promocionales ejecutadas.

Feria

MAPA

FEPEX

Total ejecutado

Concepto del gasto

Importe según convenio

Importe ejecutado

Concepto del gasto

Importe según convenio

Importe ejecutado

ANEXO V
Presupuesto total

1

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