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Documento BOE-A-2018-9686

Resolución de 5 de julio de 2018, de la Subsecretaría, por la que se emplaza a los interesados en los recursos contencioso-administrativos 143/2018, 144/2018, 145/2018, 146/2018, 148/2018, 158/2018, 159/2018, 160/2018, 163/2018, 167/2018, 172/2018, 176/2018, 178/2018, 179/2018, 182/2018, 184/2018, 189/2018, 190/2018, 191/2018, 192/2018, 199/2018, 204/2018, 205/2018, 206/2018, 207/2018, 208/2018, 209/2018, 211/2018, 212/2018, 215/2018, 216/2018, 217/2018, 218/2018, 219/2018, 220/2018, 221/2018, 223/2018, 225/2018, 227/2018, 229/2018, 230/2018, 231/2018, 232/2018, 233/2018, 234/2018, 235/2018, 236/2018, 237/2018, 239/2018 y 240/2018, interpuestos ante el Tribunal Supremo, Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo, Sección Tercera.

Publicado en:
«BOE» núm. 167, de 11 de julio de 2018, páginas 69246 a 69246 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-A-2018-9686

TEXTO ORIGINAL

Ante la Sala Tercera de lo Contencioso-administrativo, Sección Tercera del Tribunal Supremo, Disa Península, SLU; Disa Gas, SAU; Disa Retail Atlántico, SLU; Disa Red de Servicios Petrolíferos; Saras Energía, SA; Kuwait Petroleúm España, SA; BP Gas Europe, SAU; BP Oil España, SAU; Vitogas España, SA; Endesa Energía XXI, SLU; Cepsa Comercial Petróleo, SAU Cepsa Gas y Electricidad, SAU, Cepsa Gas Comercializadora, SA, Atlas, SA Combustibles y Lubricantes; Asociación Española de Operadores de Gases Licuados del Petróleo; Paso Honroso, SL; Gesternova, SA; Adelfas Energía, SL; Viesgo Infraestructuras Energéticas, SL; A-Dos Energía, SL; Clidom Energy, SL; Orus Energía, SL ADS Energy 80, SL; Liquid Natural Gaz, SL; Petroléos del Norte, SA; Repsol Petróleo, SA; Societat Catalana de Petrolis, SA; Repsol Comercial de Productos Petrolíferos, SA; Repsol Butano, SA; Shell España, Foener Energía, SL; Galp Energía España, SAU; Factor Energía, SL; Energía VM Gestión de Energía, SL, Villar Mir Energía, SLU; Vivo Energía Futura, SA; Fox Energía, SA; Nabalia Energía 2000; Acsol Energía Global, SA; Tamoil España, SA; GM Fuel Service, SL, GM Fuel Ibérica, SLU; Audax Energía, SA; Unieléctrica Energía, SA; Estaciones de Servicio de Guipúzcoa, SA; Alcanzia Energía, SLU; Nexus Energía, SA, Engie España, SLU; Integración Europea de Energía SAU; Unión de Petroleros Independientes (UPI); Acciona Green Energy Developments, SLU; Energonostrum, SA; Gas Natural SDG, SA; Axpo Iberia, SLU, y Fortia Energía, SL, respectivamente, han interpuesto recursos contencioso-administrativos contra la Orden ETU/257/2018, de 16 de marzo, por la que se establecen las obligaciones de aportación al Fondo Nacional de Eficiencia Energética en el año 2018.

En consecuencia, esta Subsecretaría ha resuelto emplazar a los interesados en los mismos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, para que comparezcan y se personen en autos ante la referida Sala en el plazo de nueve días, siguientes a la publicación de la presente resolución.

Madrid, 5 de julio de 2018.–La Subsecretaria para la Transición Ecológica, Juana María Lázaro Ruiz.

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