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Documento BOE-A-2019-12000

Resolución de 5 de agosto de 2019, de la Presidencia del Consejo Superior de Deportes, por la que se publica la cifra a que hace referencia el artículo 3.2.a) del Real Decreto 1251/1999, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, para la modalidad de baloncesto.

Publicado en:
«BOE» núm. 193, de 13 de agosto de 2019, páginas 90412 a 90412 (1 pág.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Cultura y Deporte
Referencia:
BOE-A-2019-12000

TEXTO ORIGINAL

De conformidad con lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, modificado por el Real Decreto 1412/2001, de 14 de diciembre, que regula la fórmula para la fijación del Capital Social Mínimo de las sociedades anónimas deportivas, corresponde al Consejo Superior de Deportes, previo informe de la liga profesional correspondiente, calcular y publicar el 25 por ciento de la media de gastos realizados por los clubes y sociedades anónimas deportivas que participen en la respectiva competición, en los términos indicados en el apartado 2 a) del artículo anteriormente citado.

En uso de las atribuciones que legalmente tengo concedidas, resuelvo:

Determinar, de acuerdo con los datos obrantes en este Consejo Superior de Deportes y previo el preceptivo informe de la Asociación de Clubes de Baloncesto, el cálculo al que hace referencia el artículo 3.2 a) del Real Decreto 1251/1999, de 16 de julio, sobre Sociedades Anónimas Deportivas, para la modalidad de BALONCESTO, en la cantidad de UN MILLÓN NOVECIENTOS VEINTISIETE MIL SETECIENTOS TRES EUROS CON CATORCE CÉNTIMOS (1.927.703,14 €).

Madrid, 5 de agosto de 2019.–La Presidenta del Consejo Superior de Deportes, María José Rienda Contreras.

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