La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla, en Sentencia, ya firme, número 222/18, de fecha 16 de mayo de 2018, condenó al Inspector del Cuerpo Nacional de Policía don Tomás Lucena Domínguez, actualmente jubilado por edad reglamentaria, con DNI número 28.33****, cuyo último destino lo tuvo en la Jefatura Superior de Policía de Andalucía Occidental, como autor de dos delitos contra la integridad moral, a la pena, entre otras, de inhabilitación especial durante dos años para el ejercicio de empleo o cargo público en el Cuerpo Nacional de Policía.
Y como quiera que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5.1.e) de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional; «Son causas de pérdida de la condición de funcionario de carrera de la Policía Nacional:
e) La pena principal o accesoria de inhabilitación absoluta o especial para el ejercicio de empleo o cargo público que tuviere carácter firme.»
Esta Secretaría de Estado dispone:
Declarar la pérdida de la condición de funcionario del Inspector del Cuerpo Nacional de Policía don Tomás Lucena Domínguez por la pena de inhabilitación especial a que ha sido condenado.
Madrid, 5 de agosto de 2019.–La Secretaria de Estado de Seguridad, Ana María Botella Gómez.
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