En cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018 (BOE del 31) y en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019 (BOE del 2 de abril) y con el fin de atender las necesidades de personal de la Administración Pública,
Esta Subsecretaría, en uso de las competencias que le están atribuidas en el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, previo informe favorable de la Dirección General de la Función Pública, acuerda convocar proceso selectivo para ingreso en el Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales.
La presente convocatoria tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, y el Acuerdo de Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan para la Igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y sus organismos públicos, y se desarrollará de acuerdo con las siguientes:
Bases comunes
Las bases comunes por las que se regirá la presente convocatoria son las establecidas en la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio (BOE del 22).
Bases específicas
La presente convocatoria se publicará, entre otras, en las páginas web www.mapa.gob.es y www.administracion.gob.es.
1. Descripción de las plazas
Se convoca proceso selectivo para cubrir 10 plazas del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales, código 0113, por el sistema general de acceso libre, de las comprendidas en el Real Decreto 955/2018, de 27 de julio, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2018 (BOE del 31) y en el Real Decreto 211/2019, de 29 de marzo, por el que se aprueba la oferta de empleo público para el año 2019 (BOE del 2 de abril).
2. Proceso selectivo
El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de oposición, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se especifican en el anexo I.
Esta fase de oposición tendrá una duración máxima de doce meses y el primer ejercicio se celebrará en un plazo máximo de cuatro meses, contados a partir de la publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».
Este proceso incluirá también la superación de un curso selectivo. Para la realización de este curso, los aspirantes que hayan superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en prácticas por la autoridad convocante.
3. Programa
El programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como anexo II de esta convocatoria.
4. Titulación
Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Ingeniero Técnico Forestal o el título que habilite para el ejercicio de esta profesión regulada, según establecen las directivas comunitarias.
Se deberá estar en posesión de la titulación exigida el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o, en su caso, del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.
5. Solicitudes
5.1 Las solicitudes deberán cumplimentarse electrónicamente en el modelo oficial, al que se accederá, con carácter general, a través del punto de acceso general en la siguiente URL: http://administracion.gob.es/PAG/ips.
La presentación de la solicitud se realizará en el plazo de veinte días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», preferentemente por vía electrónica.
a) La presentación de la solicitud por vía electrónica se realizará haciendo uso del servicio Inscripción en Procesos Pruebas Selectivas del punto de acceso general (http://administracion.gob.es/PAG/ips), siguiendo las instrucciones que se le indiquen, siendo necesario identificarse mediante la plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve, en cualquiera de sus modalidades.
La presentación por esta vía permitirá:
– La inscripción en línea del modelo oficial.
– Anexar documentos a la solicitud.
– El pago electrónico de las tasas.
– El registro electrónico de la solicitud.
El ingreso del importe se realizará en los términos previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, del Ministro de Hacienda, por la que se establecen los supuestos y condiciones generales para el pago por vía telemática de las tasas que constituyen recursos de la Administración General del Estado y sus organismos públicos, así como en sus resoluciones de desarrollo.
La constancia del correcto pago de las tasas estará avalado por el número de referencia completo (NRC) emitido por la AEAT que figurará en el justificante de registro.
El tratamiento de la información por medios telemáticos tendrá en cuenta lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
b) Igualmente, podrán presentarse las solicitudes en soporte papel, debiendo rellenar previamente el formulario 790, a través del punto de acceso general http://administracion.gob.es/PAG/ips.
Una vez cumplimentados, en la citada página, todos los datos de dicho formulario, deberán pulsar en la parte inferior del mismo sobre la opción «Generar solicitud». De esta manera se generará el documento que, al imprimirlo a continuación en soporte papel, constará de tres copias («Ejemplar para la Administración», «Ejemplar para el interesado» y «Ejemplar para la entidad colaboradora»).
Para efectuar el pago de la tasa, se presentará el original de la solicitud impresa (los tres ejemplares), cumplimentado en la forma descrita, en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la recaudación tributaria.
En la solicitud deberá constar que se ha realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto, de sello y firma autorizada de la misma en el espacio reservado a estos efectos
Una vez efectuado el ingreso de la tasa por derechos de examen, se deberá presentar el formulario de solicitud en el Registro General del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (Paseo Infanta Isabel, 1, Madrid), o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las solicitudes suscritas en el extranjero podrán cursarse a través de las representaciones diplomáticas o consulares españolas correspondientes. A las mismas se acompañará el comprobante bancario de haber ingresado los derechos de examen:
– Directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria.
– Mediante transferencia desde cualquier entidad bancaria extranjera (aquellos cuyo código IBAN no empiece por ES), a la cuenta corriente número 0182-2370-49-0200203962 (código IBAN: ES06, código BIC: BBVAESMMXXX) del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, a nombre de «Tesoro Público Derechos de examen».
5.2 La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación. La no presentación de ésta en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
5.3 Los errores de hecho, materiales o aritméticos, que pudieran advertirse en la solicitud podrán subsanarse en cualquier momento de oficio o a petición del interesado.
5.4 La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del anexo IV.
6. Tribunal
6.1 El Tribunal calificador de este proceso selectivo es el que figura como anexo III de esta convocatoria.
6.2 El Tribunal, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española, velará por el estricto cumplimiento del principio de igualdad de oportunidades entre ambos sexos.
Corresponderá al Tribunal la consideración, verificación y apreciación de las incidencias que pudieran surgir en el desarrollo de los ejercicios, adoptando al respecto las decisiones motivadas que estime pertinentes.
6.3 Los aspirantes podrán recusar a los miembros del Tribunal cuando concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.
6.4 Una vez iniciado el proceso selectivo, las comunicaciones e incidencias relacionadas con el mismo se deberán dirigir al Tribunal, que tendrá su sede en el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Gran Vía de San Francisco, 4-8, 28071 Madrid, teléfono 913471848, dirección de correo electrónico seleccion.itforestales@mapa.es.
7. Desarrollo del proceso selectivo
7.1 El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer apellido que comience por la letra «Q», según lo establecido en la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública, de 15 de marzo de 2019 (BOE del 18).
7.2 La información sobre este proceso selectivo se podrá consultar en la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación: https://www.mapa.gob.es/es/ministerio/servicios/empleo-publico/oep.aspx, así como en la página web: http://administracion.gob.es/.
Toda la información del proceso selectivo se realizará en formatos adecuados siguiendo los principios de accesibilidad universal y diseño para todas las personas, definidos en el artículo 2 del texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre.
Cualquier consulta en relación con las bases de esta convocatoria se deberá dirigir a la dirección de correo electrónico oposiciones@mapa.es.
8. Destinos
Con el fin de canalizar los principios contenidos el artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en las convocatorias de procesos selectivos derivadas de la oferta de empleo público, se podrá establecer la obligatoriedad de que los aspirantes que superen dichas pruebas soliciten destino utilizando exclusivamente medios electrónicos.
El nombramiento como funcionarios de carrera de los aspirantes que superen este proceso selectivo tendrá lugar en puestos de trabajo adscritos a centros directivos y organismos autónomos de este Departamento.
9. Norma final
Al presente proceso selectivo le serán de aplicación el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Estatuto Básico del Empleado Público, el resto de la legislación vigente en la materia y lo dispuesto en la presente convocatoria.
Contra la presente convocatoria se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Subsecretaria de Agricultura, Pesca y Alimentación, en el plazo de un mes desde su publicación, o bien recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, significándose que, en caso de interponer recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del mismo.
Asimismo, la Administración podrá, en su caso, proceder a la revisión de las resoluciones del Tribunal, conforme a lo previsto en la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Madrid, 9 de septiembre de 2019.–La Subsecretaria de Agricultura, Pesca y Alimentación, María Dolores Ocaña Madrid.
1. La fase de oposición constará de tres ejercicios de carácter obligatorio y eliminatorio y un cuarto de carácter voluntario.
Las puntuaciones mínimas de cada ejercicio resultarán de las puntuaciones transformadas que se deriven de los baremos que fije el Tribunal.
El órgano de selección publicará, con anterioridad a la realización de cada prueba, los criterios generales de valoración, superación y acceso a los siguientes ejercicios:
Primer ejercicio. Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de preguntas, que mida el grado de comprensión del aspirante en relación con las materias tanto del grupo de temas específicos como del grupo de temas comunes, que figuran en el anexo II de esta convocatoria.
El cuestionario estará compuesto por un mínimo de 80 preguntas, de las que el 50%, como mínimo, corresponderán al grupo de temas específicos y el resto al grupo de temas comunes. Las preguntas tendrán cuatro posibles respuestas, siendo solo una de ellas la correcta.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de tres horas.
En el plazo máximo de tres días, a contar desde la finalización de la prueba, se hará pública la plantilla de soluciones correctas utilizada por el Tribunal.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Todas las preguntas tendrán el mismo valor, las respuestas erróneas se penalizarán con un cuarto del valor de una respuesta acertada y las preguntas que se dejen sin responder no puntuarán y no tendrán ninguna penalización.
Segundo ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito de un supuesto práctico, a elegir por los opositores de entre dos propuestos por el Tribunal, que versará sobre el temario que figura en el anexo II de esta convocatoria.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de cuatro horas, pudiendo disponer los opositores de la documentación y material de trabajo, en soporte papel, que estimen conveniente aportar para su realización.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Tercer ejercicio. Consistirá en el desarrollo por escrito de dos temas del temario: uno de ellos correspondiente al grupo de temas comunes y el otro al grupo de temas específicos. Cada uno de estos temas será elegido por el opositor de entre dos extraídos al azar.
El tiempo máximo para la realización de este parte del ejercicio será de cuatro horas.
La calificación máxima de este ejercicio será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este ejercicio será de 20 puntos.
Cuarto ejercicio voluntario de idiomas. Prueba voluntaria y no eliminatoria de idioma inglés o francés.
La prueba constará de dos partes que se realizarán en la misma sesión.
A) Una traducción directa, por escrito, de un documento redactado en el idioma elegido, sin diccionario. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.
B) Un resumen en el idioma elegido de un texto que les será leído a los opositores en el idioma elegido. Para su realización los aspirantes dispondrán de un tiempo máximo de 30 minutos.
Estos ejercicios deberán ser leídos por el opositor en sesión pública ante el Tribunal, para lo que serán convocados. El Tribunal dispondrá de un tiempo máximo de diez minutos para dialogar con el aspirante en el idioma elegido.
Se valorará el nivel de conocimiento del idioma elegido, la capacidad de compresión y síntesis y la calidad de la versión en castellano, así como el nivel de conversación.
Este ejercicio se calificará sobre 10 puntos. Los puntos por encima de 5 que obtuviera el opositor se sumarán a la puntuación total de los demás ejercicios de la fase de oposición.
Los aspirantes que superen el tercer ejercicio, habrán superado la fase de oposición y su calificación final vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada uno de los ejercicios.
Alguno de los ejercicios puede coincidir con las fechas de celebración de ejercicios de otros procesos selectivos.
Todos los ejercicios de la fase de oposición se realizarán en la provincia de Madrid.
2. El curso selectivo: Consistirá en un periodo de formación de carácter teórico y práctico, organizado por la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, cuya duración máxima será de 3 tres meses.
Este curso irá dirigido a la adquisición de conocimientos propios del futuro desempeño profesional, e incluirá un módulo en materia de igualdad entre hombres y mujeres y otro en materia de violencia de género.
La asistencia al curso selectivo es obligatoria y durante el mismo los aspirantes dependerán directamente de la Subsecretaría del Departamento.
Los funcionarios y personal laboral fijo que hubieran superado estas pruebas selectivas serán autorizados para asistir al curso selectivo por la Subsecretaría del Departamento en el que presten sus servicios.
La calificación máxima del curso selectivo será de 40 puntos. La puntuación mínima necesaria para superar este curso será de 20 puntos.
Quienes no superasen el curso selectivo perderán el derecho a su nombramiento como funcionarios de carrera, mediante resolución motivada de la autoridad convocante, a propuesta del órgano responsable de la evaluación del curso selectivo.
Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo en la convocatoria inmediatamente posterior, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Una vez superado el curso selectivo, los aspirantes continuarán en la situación de funcionarios en prácticas hasta la toma de posesión en su primer destino como funcionario de carrera del Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales. Los aspirantes que ya fueran funcionarios o personal laboral fijo antes de participar en estas pruebas selectivas, continuarán, asimismo, en la situación de funcionarios en prácticas, reincorporándose a su primitivo puesto de trabajo a partir del día siguiente a aquel en que finalice la realización del curso selectivo, con independencia del momento en que se publique la calificación del mismo.
La calificación final del proceso selectivo vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en la fase de oposición y en el curso selectivo.
En caso de empate el orden de prelación se establecerá atendiendo a los siguientes criterios, por este orden:
1. Mayor puntuación obtenida por los aspirantes en la fase de oposición.
2. Mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio.
3. Mayor puntuación obtenida en el tercer ejercicio.
4. Mayor puntuación obtenida en el primer ejercicio.
Si a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente acreditados alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso selectivo o realizar algún ejercicio del mismo, su situación quedará condicionada a la finalización del proceso y a la superación de las fases que hubieran quedado aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el Tribunal, y en todo caso la realización de las mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Los funcionarios españoles de organismos internacionales podrán acceder al empleo público siempre que posean la titulación requerida y superen los correspondientes procesos selectivos.
La exención de la realización de pruebas encaminadas a acreditar conocimientos ya exigidos para el desempeño de sus puestos de origen deberá solicitarse con anterioridad al último día del plazo de presentación de solicitudes para participar en el Cuerpo o Escala y acompañará acreditación de las convocatorias, programas y pruebas superadas, así como certificación expedida por el organismo internacional correspondiente de haber superado aquéllas. A estos efectos se tendrá en cuenta lo establecido en el Real Decreto 182/1993, de 5 de febrero.
Grupo de temas específicos
1. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus modificaciones. Objeto y conceptos generales. Competencias de las Administraciones públicas. Clasificación y régimen jurídico de los montes.
2. Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus modificaciones. Información, Planificación. Ordenación y Aprovechamientos Forestales. Conservación y protección de montes.
3. Órganos de cooperación y participación de la política forestal española y en materia de patrimonio natural y biodiversidad: Conferencias Sectoriales, Comisiones Estatales y Comités especializados. Consejo Forestal Nacional y Consejo Estatal para el Patrimonio Natural y la Biodiversidad.
4. Principales foros de discusión sobre gestión forestal sostenible a escala global y regional. El Foro Forestal de Naciones Unidas, los órganos estatutarios forestales de la FAO. Conferencias ministeriales para la protección de bosques en Europa (Forest Europe). Resoluciones sobre la gestión forestal sostenible en Europa. Criterios e indicadores de gestión forestal sostenible.
5. El sector forestal en los Convenios de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, Diversidad Biológica y de Lucha contra la Desertificación. Los bosques en el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. Normativa LULUCF a nivel europeo. Protocolo de Nagoya. Aplicación en España.
6. Estrategia Forestal Europea. Plan de Acción de la U.E. en el sector forestal. Principales disposiciones de aplicación. Seguimiento y evaluación de resultados.
7. Instrumentos Financieros de la Unión Europea aplicables al sector forestal. Los Fondos Estructurales y de Inversión europeos (EIE). Consideraciones generales. Política europea de desarrollo rural. Medidas forestales cofinanciables. Programas de desarrollo rural y Marco Nacional. El Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014 – 2020.
8. Estrategia Forestal Española. Diagnóstico. Propuestas. Aplicación y Seguimiento. El Plan Estratégico Estatal del Patrimonio Natural y la Biodiversidad
9. La planificación forestal en España: Plan Forestal Español. Objetivos y ejes prioritarios. Los planes forestales de las comunidades autónomas. Los Planes de Ordenación de Recursos Forestales. Proyectos de ordenación, planes técnicos o instrumentos equivalentes.
10. Organismos internacionales para la conservación de la naturaleza. El PNUMA, UICN y el Programa MaB y las Reservas de la Biosfera. Desarrollo y aplicación en España.
11. Convenios internacionales de conservación de la naturaleza: Bonn, Berna, Ramsar, Washington (CITES), Barcelona y OSPAR. Características, evolución y aplicación en España.
12. Instituciones europeas relacionadas con la conservación de la diversidad biológica. La Agencia Europea de Medio Ambiente. La Federación Europea de Parques Nacionales y Naturales.
13. Fundamentos de la conservación de la biodiversidad en la Unión Europea. Las Directivas Hábitats 92/43/CEE y de Aves 2009/147/CE. Desarrollo y aplicación en España. La Red Europea Natura 2000. Relaciones entre los Espacios Protegidos Red Natura 2000 y los Espacios Naturales Protegidos
14. El Reglamento CE 2173/2005 (FLEGT). Legislación derivada. Sistema de licencias. Desarrollo de los acuerdos voluntarios de asociación con países en desarrollo exportadores de madera. Aplicación en España. El Reglamento UE 995/2010 de la madera (EUTR). Legislación derivada. Sistemas de diligencia debida y Entidades de supervisión. Aplicación en España. Real Decreto 1088/2015.
15. La Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Principales características e instrumentos. Desarrollos normativos.
16. La planificación de espacios naturales protegidos. Los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales, los Planes Rectores de Uso y Gestión y otros instrumentos de planificación. Planes de Gestión en espacios de la Red Natura 2000. Características principales y ejemplos concretos.
17. Características del medio físico en España. Geología general, geomorfología, clima y suelos.
18. Los ecosistemas forestales españoles: Bosques y otras formaciones atlánticas. Características ecológicas, funciones, distribución geográfica y fauna asociada.
19. Los ecosistemas forestales españoles: Bosques y otras formaciones mediterráneas. Características ecológicas, funcionales, distribución geográfica y fauna asociada.
20. Ecosistemas españoles: Bosques y otras formaciones de las Islas Canarias. Características ecológicas, funcionales, distribución geográfica y fauna asociada.
21. Ecosistemas españoles: Bosques de ribera, humedales, matorrales de montaña, vegetaciones esteparias: Características ecológicas, funcionales, distribución geográfica y fauna asociada.
22. Características generales de la flora española. Diversidad, especies singulares y endémicas. Desarrollo de la normativa de protección.
23. Principales especies de la fauna española amenazada. Distribución geográfica. Planes de recuperación y de conservación. Estrategias de conservación.
24. Características botánicas, ecológicas y selvícolas de las principales gimnospermas arbóreas españolas.
25. Características botánicas, ecológicas y selvícolas de las principales angiospermas arbóreas españolas.
26. Pastos naturales españoles. Clasificación. Principales especies herbáceas. Principales sistemas de aprovechamiento.
27. La ganadería extensiva, su valor económico, ecológico y cultural. El catálogo Oficial de Razas de Ganado de España. Las vías pecuarias: la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de vías pecuarias.
28. Recursos cinegéticos, piscícolas y astacícolas. Técnicas de caza y especies cinegéticas. Principales actividades piscícolas. Normativa, ordenación y planes. Junta Nacional de Homologación de Trofeos de Caza.
29. Producción de materiales forestales de reproducción: Sistemas de recogida, extracción, secado, almacenaje y conservación de frutos y semillas. Viveros: infraestructuras e instalaciones. Real Decreto 289/2003, de 7 de marzo, sobre comercialización de materiales forestales de reproducción y sus modificaciones. Regiones de procedencia. Registro y Catálogo Nacional de Materiales de Base. Sistema de control.
30. Ecosistemas fluviales y zonas húmedas: Componentes, funcionamiento y valoración de su integridad ambiental.
31. El medio marino y costero. Características y tipos. Gestión y principales problemas de conservación.
32. Restauración de ecosistemas fluviales: principios básicos, recuperación del régimen hidrológico, morfología y componentes bióticos. Índices de calidad físico-químicos y biológicos. Conservación de humedales: Plan estratégico para la conservación y uso racional de humedales.
33. Cartografía, fotografía aérea, ortofotos y fotointerpretación. Información geográfica, SIG, teledetección, GPS y LIDAR. Su aplicación al mundo forestal.
34. El Inventario Forestal Nacional y el Mapa Forestal de España. La Estadística Forestal Española: características, contenido y principales magnitudes.
35. El Inventario Español del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad: finalidad, características y contenido. El Banco de Datos de la Naturaleza.
36. Conservación y uso de recursos genéticos forestales. Principales iniciativas en el seno de Forest Europe y la FAO. Estrategia Española para la Conservación y el Uso Sostenible de los Recursos Genéticos Forestales: herramientas, medidas y planes de actuación. Programas de mejora y conservación.
37. Incendios Forestales: Incidencia en España. Causalidad y distribución geográfica. Técnicas y métodos de prevención, detección y extinción. Medios y recursos. El dispositivo de apoyo del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. Estadísticas y valoración de pérdidas. Restauración del medio tras grandes incendios.
38. Sanidad forestal: principales enfermedades, plagas forestales y daños en España. Intervenciones, medidas culturales, preventivas y terapéuticas. Tratamientos biológicos. Red de seguimiento de daños en los bosques. Registro de Productos Fitosanitarios.
39. La desertificación. Factores físicos y socioeconómicos. La erosión hídrica y superficial. Tipos, factores y modelos de evaluación. Problemática en España. El Inventario Nacional de Erosión de Suelos.
40. Restauración hidrológico-forestal y corrección de cuencas. Ordenación agrohidrológica. Técnicas de restauración: Estructuras transversales y longitudinales, diseño y cálculo.
41. Repoblación forestal. Objetivos. Elección de especies. Métodos y técnicas de repoblación. Maquinaria. Impacto de las repoblaciones forestales.
42. Principales tratamientos selvícolas de monte alto, monte bajo y monte medio. Cortas continuas, semicontinuas y discontinuas. Tratamientos parciales, complementarios y derivados. Transformaciones y conversiones.
43. Ordenación de montes arbolados. Objetivos. División dasocrática. Inventario. Estimación de existencias y crecimientos. Estructura de un proyecto de ordenación. Plan general, plan especial, planes anuales, revisiones. Métodos de ordenación en las masas forestales españolas según la forma principal de masa.
44. Aprovechamientos maderables. Apeo y extracciones de los productos maderables. Maquinaria a emplear. Vías de saca. Caminos forestales.
45. Aprovechamientos forestales de corcho, resina, frutos, hongos, plantas aromáticas y medicinales, biomasa forestal para uso energético.
46. La producción forestal española. Balance del consumo nacional de madera. Estadísticas y evolución. Distribución geográfica. Especies productoras. El mercado internacional de la madera y otros productos forestales.
47. La certificación forestal: certificación de la gestión y de la cadena de custodia. Diferentes sistemas utilizados en el mundo. Aplicación en España.
48. Valoración forestal y ambiental. Fórmulas y criterios. Valoración económica integral de los sistemas forestales. La valoración contingente de los sistemas naturales. La valoración de la biodiversidad. Fiscalidad e instrumentos económicos aplicables a los montes en España. Externalidades de los montes. Pagos por servicios ambientales.
Grupo de temas comunes
1. La Constitución Española de 1978: características, estructura, principios y valores fundamentales. Los derechos fundamentales y su especial protección. El Tribunal Constitucional. La reforma constitucional.
2. La Corona: atribuciones y competencias. Sucesión y regencia. El refrendo.
3. Las Cortes Generales. Composición y atribuciones del Congreso de los Diputados y del Senado.
4. El Gobierno y la Administración. El Gobierno: composición, designación, funciones y relaciones con el resto de los poderes del Estado. La Ley del Gobierno. El Sector Público. La Administración: Organización y Funcionamiento.
5. La organización territorial del Estado. Las Comunidades Autónomas. Distribución competencial. Los conflictos de competencias. La coordinación entre las distintas administraciones públicas. La Administración General del Estado y su organización periférica.
6. Las fuentes del Derecho Administrativo. La jerarquía de las fuentes. La Ley. Las disposiciones del Ejecutivo con fuerza de Ley: Decreto-Ley y Decreto Legislativo. El Reglamento: concepto, clases y límites. Otras fuentes del Derecho Administrativo.
7. El acto administrativo: concepto, clases, y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos. Su motivación y notificación.
8. El procedimiento administrativo: concepto, naturaleza y caracterización. Fases del procedimiento administrativo. La revisión de actos en vía administrativa.
9. Acceso electrónico de los ciudadanos a las Administraciones Públicas. Normativa sobre firma electrónica.
10. Presupuestos Generales del Estado. Estructura. El ciclo presupuestario. La legislación de estabilidad presupuestaria y los presupuestos del Estado. Elaboración, discusión y aprobación del presupuesto. Modificaciones presupuestarias. El control de la actividad financiera en España. El Tribunal de Cuentas.
11. Los contratos del Sector Público. Concepto y tipos. Sus elementos y procedimientos de adjudicación. Su cumplimiento. La revisión de precios y otras alteraciones contractuales. Incumplimiento de los contratos administrativos.
12. Régimen jurídico del personal al servicio de las Administraciones Públicas. El Estatuto Básico del Empleado Público. Derechos y deberes del personal al servicio de la Administración Pública. Incompatibilidades.
13. El Poder Judicial. El control jurisdiccional de la actividad administrativa.
14. La Unión Europea: Antecedentes. Objetivos y naturaleza jurídica. Los Tratados originarios y modificativos. Las instituciones europeas: composición, funcionamiento y atribuciones.
15. El ordenamiento jurídico de la Unión Europea. Sus fuentes. Derecho originario: los Tratados. Derecho derivado: Reglamentos, Directivas y Decisiones. Relaciones con el ordenamiento jurídico de los Estados miembros.
16. Políticas de Igualdad de Género. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres. Políticas contra la violencia de género. La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género. Régimen jurídico de la Dependencia. La Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.
17. El Gobierno abierto. Especial referencia a la transparencia y el acceso a la información pública, a la participación en la rendición de cuentas y al buen gobierno.
18. Estructura y competencias del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación. La organización periférica. La administración en el exterior. Los Organismos públicos: organismos autónomos y sociedades del Ministerio. Fundaciones participadas por el Ministerio o por sus organismos y sociedades.
19. Protección y gestión de la costa de España. La ley de costas y su reglamento. Régimen jurídico del dominio público marítimo-terrestre. Líneas maestras de la política de costas en España.
20. La administración pública del agua en España. La Ley de Aguas y sus Reglamentos de desarrollo.
21. Legislación reguladora del Medio Natural: La Ley 42/2007, 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad y sus modificaciones. La Ley 5/2007, de 3 de abril, de la Red de Parques Nacionales. La Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes y sus modificaciones.
22. Normativa sobre calidad y evaluación ambiental: Tipos, orígenes y características de la contaminación. La contaminación atmosférica: Normativa reguladora. La contaminación acústica: fuentes, tipos y medidas de prevención. La Evaluación Ambiental: Normativa Reguladora. La planificación en materia de residuos. Normativa sobre responsabilidad medioambiental.
23. El cambio climático. Evidencia científica del fenómeno. Respuesta internacional ante el cambio climático: la Convención Marco de Naciones Unidas sobre Cambio Climático, el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. El Marco Europeo de lucha contra el cambio climático: el régimen jurídico del comercio de derechos de emisión, sectores difusos y LULUCF. Estrategia europea de adaptación. Los bosques en el Protocolo de Kioto y el Acuerdo de París. Normativa LULUCF a nivel europeo. Aplicación en España.
Tribunal titular:
Presidente: Don Felipe Pérez Martín, C. de Ingenieros de Montes del Estado.
Secretaria: Doña M.ª Cruz Anegón Esteban, C. de Ingenieros Técnicos Forestales.
Vocales: Doña M.ª Dolores Cassinello Lorente, E. Técnica de Gestión de OO.AA. Don Gonzalo Viguera Molins, E. Técnicos Facultativos Superiores de OO.AA. del MAPA. Doña Guadalupe Moreno López, C. Facultativo de Archiveros, Bibliotecarios y Arqueólogos.
Tribunal suplente:
Presidenta: Doña Lucia Tornos Castillo, C. de Ingenieros de Montes del Estado.
Secretario: Don José Ramón González Pan, C. de Ingenieros Técnicos Forestales.
Vocales: Don Sebastián Fraile Arévalo, E. Técnica de Gestión de OO.AA. Doña Susana Sueiras Pena, C. de Gestión de la Administración Civil del Estado. Doña Mar Fernández Merlo, C. Nacional Veterinario.
Para la realización del ejercicio de idiomas el Tribunal podrá estar asistido por especialistas.
Este apartado se rellenará según lo establecido en la solicitud de admisión a pruebas selectivas en la Administración pública y liquidación de tasas de derechos de examen (modelo 790) y en las siguientes instrucciones particulares.
En el recuadro «Centro gestor», se consignará «Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación».
En el recuadro 15, «Cuerpo o Escala», se consignará «Cuerpo de Ingenieros Técnicos Forestales», código 0113.
En el recuadro 16, «Especialidad, área o asignatura», se dejará en blanco.
En el recuadro 17, «Forma de acceso», se consignará la letra «L».
En el recuadro 18, «Ministerio/Órgano/Entidad convocante», se consignará «Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación», código 50244.
En el recuadro 19, se consignará la fecha del «Boletín Oficial del Estado» en el que haya sido publicada la convocatoria.
En el recuadro 20, «Provincia de examen», se consignará «Madrid».
En el recuadro 21, «Grado de discapacidad», los aspirantes con discapacidad podrán indicar el porcentaje de discapacidad que tengan acreditado, y solicitar, expresándolo en el recuadro 23, las posibles adaptaciones de tiempo y medios para la realización de los ejercicios en que esta adaptación sea necesaria. Para ello deberán adjuntar el dictamen técnico facultativo emitido por el órgano técnico de calificación del grado de discapacidad, acreditando de forma fehaciente las deficiencias permanentes que han dado origen al grado de discapacidad reconocido, a efectos de que el órgano de selección pueda valorar la procedencia o no de la concesión de la adaptación solicitada.
En el recuadro 24, «Títulos académicos oficiales», se consignará el título exacto que se posee, en virtud de lo señalado en la base 4.
En el recuadro 25, apartado A, se consignará el idioma elegido por el aspirante (idiomas a que se refiere el apartado 1 del anexo I).
El importe de la tasa por derechos de examen será, con carácter general, de 22,87 euros y para las familias numerosas de categoría general 11,44 euros.
Estarán exentos del pago de la tasa por derechos de examen:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud certificado acreditativo de tal condición.
No será necesario presentar este certificado cuando la condición de discapacidad haya sido reconocida en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y previa conformidad del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante, al menos, un mes antes de la fecha de la convocatoria. Serán requisitos para el disfrute de la exención que, en el plazo de que se trate, no hubieran rechazado oferta de empleo adecuado ni se hubiesen negado a participar, salvo causa justificada, en acciones de promoción, formación o reconversión profesional y que, asimismo, carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.
Estos extremos deberán verificarse, en todo caso y salvo que conste oposición expresa del interesado, por el órgano gestor mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas ofrecido a través del servicio Inscripción en Pruebas Selectivas.
En caso de no dar el consentimiento la certificación relativa a la condición de demandante de empleo, con los requisitos señalados, se solicitará en la oficina de los servicios públicos de empleo. En cuanto a la acreditación de las rentas, se realizará mediante certificado de la declaración presentada del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, correspondiente al último ejercicio y, en su caso, del certificado del nivel de renta.
c) Las familias numerosas en los términos del artículo 12.1.c) de la Ley 40/2003, de 18 de noviembre, de Protección a las Familias Numerosas. Tendrán derecho a una exención del 100 por 100 de la tasa los miembros de familias de la categoría especial y a una bonificación del 50 por 100 los que fueran de la categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
La aportación del título de familia numerosa no será necesaria cuando el mismo haya sido obtenido en alguna de las Comunidades Autónomas que figuran en la dirección http://administracion.gob.es/PAG/PID. En este caso, y salvo que conste oposición expresa del interesado, el órgano gestor podrá verificar esta condición mediante el acceso a la Plataforma de Intermediación de Datos de las Administraciones Públicas.
d) Las víctimas del terrorismo, entendiendo por tales, las personas que hayan sufrido daños físicos o psíquicos como consecuencia de la actividad terrorista y así lo acrediten mediante sentencia judicial firme o en virtud de resolución administrativa por la que se reconozca tal condición, su cónyuge o persona que haya convivido con análoga relación de afectividad, el cónyuge del fallecido y los hijos de los heridos y fallecidos.
La solicitud se dirigirá a la Subsecretaría de Agricultura, Pesca y Alimentación, Subdirección General de Recursos Humanos, paseo de la Infanta Isabel, número 1, 28071 Madrid.
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Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid