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Documento BOE-A-2019-13914

Resolución de 19 de septiembre de 2019, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueban las bases y se convoca la provisión de plazas de Coordinadores Generales de la Cooperación Española.

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 1 de octubre de 2019, páginas 107898 a 107903 (6 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - B. Oposiciones y concursos
Departamento:
Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación
Referencia:
BOE-A-2019-13914

TEXTO ORIGINAL

La Ley 28/2006, de 18 de julio, de Agencias Estatales para la mejora de los servicios públicos establece, en su artículo 23.3, que el Estatuto de las Agencias Estatales puede prever puestos directivos de máxima responsabilidad a cubrir, en régimen laboral, mediante contratos de alta dirección.

Por su parte el Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1403/2007, de 26 de octubre, y modificado por el Real Decreto 845/2011, de 17 de junio, así como por el Real Decreto 1424/2012 de 11 de octubre, establece en su artículo 17.11 la estructura básica de la Agencia en el exterior, señalando que estará integrada por las Oficinas Técnicas de Cooperación, Centros de Formación de la Cooperación Española y los Centros Culturales que aparecen relacionados en el anexo I del Estatuto, determinando que, conforme establece la Ley 23/1998, de 7 de julio, de Cooperación Internacional para el Desarrollo, son unidades adscritas orgánicamente a las Embajadas que, bajo la dirección de su Jefe/a de Misión y la dependencia funcional de la Agencia Española de Cooperación Internacional aseguran la coordinación y, en su caso, la ejecución de los recursos de la cooperación en su demarcación.

Asimismo, y de acuerdo con lo previsto en el artículo 38.1b) del citado Estatuto el personal al frente de los órganos de la AECID en el exterior tendrá la consideración de personal directivo y sus puestos de trabajo serán cubiertos en régimen laboral mediante contratos de alta dirección, formalizados al amparo del Real Decreto 1382/85, de 1 de agosto, el Real Decreto Ley 3/2012, de 10 de febrero, y en la legislación civil y mercantil que resulte de aplicación.

Por tanto, de conformidad con lo establecido en el apartado 4 del Contrato de Gestión de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, aprobado por la Orden PRE/1914/2009, de 13 de julio, aprobadas las Bases por la Dirección General de la Función Pública y teniendo en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres por lo que se refiere al acceso al empleo, de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución Española y lo previsto en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 20 de noviembre de 2015, por el que se aprueba el II Plan de igualdad entre mujeres y hombres en la Administración General del Estado y en sus Organismos Públicos, se anuncia la convocatoria pública y abierta para la provisión de plazas de Coordinador/a General de la Cooperación Española, de acuerdo con las siguientes.

Bases de la convocatoria

La presente convocatoria se publicará, en el «Boletín Oficial del Estado» www.boe.es, en la página web del Portal del ciudadano www.administracion.gob.es y en la de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo www.aecid.gob.es.

I) Características de las Plazas y Funciones.

Se convocan 9 puestos de trabajo de Coordinadores/as Generales de la Cooperación Española, que se recogen en el anexo I de esta Convocatoria, en el que se señalan los puestos que están vacantes o la fecha prevista de finalización de los contratos, así como las retribuciones anuales en las que no está incluida la vivienda cuyo coste (dentro de unos límites estipulados) correrá a cargo de la AECID. En ningún caso se formalizarán contratos mientras los puestos estén ocupados.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 38.1 b) del Estatuto de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, los/las Coordinadores/as Generales de la Cooperación tendrán la consideración de personal directivo.

Los/las Coordinadores/as Generales de la Cooperación española ocuparán las plazas previstas en el Catálogo de Personal Laboral de la AECID en el exterior y prestarán servicios en las Oficinas Técnicas de Cooperación española, integradas en la Embajada de España.

Bajo la dirección de los Jefes/as de Misión se ocuparán de dirigir las Oficinas Técnicas de Cooperación y su personal, gestionando los recursos económicos y los programas de cooperación de la AECID en el país que corresponda, contribuyendo a la identificación, formulación, ejecución, seguimiento y control de las actuaciones de la cooperación española en dicho país.

Asimismo, participarán en las Comisiones Mixtas de Cooperación y en el seguimiento de los Marcos de Asociación, manteniendo una adecuada relación con las autoridades competentes e instituciones contrapartes en temas de cooperación, elaborando los correspondientes informes y memorias sobre los programas de cooperación que existan en su demarcación.

Igualmente prestarán su apoyo a las instituciones españolas en materia de cooperación, gestionando y administrando, en su caso, los recursos de otras administraciones o instituciones públicas españolas que ejecuten proyectos de cooperación en dicho país.

Además, asumirán, en general, cualquier otra función que le sea encomendada por el equipo directivo de la AECID, en relación con los fines, funciones y objetivos de la Agencia.

II) Régimen de Contratación.

Los/as candidatos/as designados/as para ocupar las plazas que se convocan, suscribirán un contrato de trabajo de personal de alta dirección, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 1382/1985, de 1 de agosto.

Las retribuciones de las plazas serán las aprobadas, para la categoría de Coordinador/a General de la Cooperación Española en cada país, por la Comisión Interministerial de Retribuciones, conforme a lo establecido en la Orden de 26 de abril de 2012 del Ministerio de Hacienda Administraciones Públicas por la que se aprueba la clasificación de las Agencias Estatales de conformidad con el Real Decreto 451/2012, de 5 de marzo, por el que se aprueba el régimen retributivo de los máximos responsables y directivos en el sector público empresarial y otras entidades.

III) Requisitos de los Aspirantes.

Referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes:

a) Tener la nacionalidad española.

b) Tener capacidad para contratar la prestación de su trabajo, conforme a lo establecido en el Artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores aprobado por Real decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre.

c) No padecer enfermedad ni limitaciones físicas o psíquicas incompatibles con el normal desempeño de las tareas o funciones correspondientes, sin perjuicio de lo establecido en la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero por la que se publica el Acuerdo de Consejo de Ministros, de 30 de noviembre de 2018, por el que se aprueban instrucciones para actualizar las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, civil y militar en orden a eliminar ciertas causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público.

d) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado/a absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.

e) Estar en posesión del título de Licenciado/a, Arquitecto/a o Ingeniero/a superior, o Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán estar en posesión de la correspondiente credencial de homologación o en su caso del correspondiente certificado de equivalencia. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de Derecho Comunitario.

f) Experiencia demostrable en el ámbito de la cooperación para el desarrollo de al menos cuatro años.

g) Tener un alto nivel del idioma en las plazas que se recoge en el anexo I, que puede ser acreditado de cualquiera de las siguientes formas:

a) Acreditar un nivel B2 del idioma requisito aportando el certificado o título correspondiente, reconocido por las Mesas Lingüísticas de la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE). http://www.crue.org/SitePages/Mesas-linguisticas.aspx.

b) Haber utilizado el idioma requisito como idioma de trabajo, al menos durante 1 año, acreditado mediante certificación.

c) Haber cursado estudios, en el idioma requisito, de licenciatura, grado, ingeniería, máster o haber cursado cualquier otra disciplina, con una duración mínima de un curso académico. Se acreditará mediante título oficial o certificado.

d) En el caso de ser empleado público, mediante certificación o, en su defecto, declaración responsable del aspirante, de haber superado una prueba del idioma requisito que fuese obligatoria para el acceso a su categoría, cuerpo o escala.

IV) Méritos Específicos.

En esta fase se valorarán los méritos, referidos al último día del plazo de presentación de solicitudes, adecuados a las características de los puestos convocados.

Experiencia profesional:

a) Experiencia demostrable en el ámbito de la cooperación al desarrollo.

b) Experiencia demostrable en Instituciones públicas no españolas o en Organizaciones Internacionales o en Organizaciones No Gubernamentales.

c) Experiencia de trabajo en el funcionamiento de la Administración Pública española y especialmente en la AECID.

d) Experiencia de trabajo en gestión económica presupuestaria pública española.

e) Experiencia de trabajo en contratación pública española.

f) Experiencia en dirección y organización de equipos humanos.

Formación:

a) Formación en materia de cooperación al desarrollo.

b) Formación en el funcionamiento de la Administración Pública española.

c) Formación en gestión económica presupuestaria pública española.

d) Formación en contratación pública española.

e) Formación en dirección y organización de equipos humanos.

f) Conocimientos de inglés o conocimientos de otros idiomas (se concretará el idioma de que se trate, en los países que se considere necesario).

V) Solicitudes.

Quienes deseen tomar parte en esta convocatoria deberán hacerlo constar mediante solicitud, conforme al modelo establecido en el anexo II de esta Convocatoria, señalando a qué plaza/s opta, por orden de preferencia. La solicitud irá acompañada de currículum vitae, modelo europass (https://europass.cedefop.europa.eu/es/documents/curriculum-vitae/templates-instructions) 1, dirigido a la Sra. Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

La documentación se deberá presentar, en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el BOE.

Se presentará, preferentemente, a través del registro electrónico único de la Administración General del Estado, en el siguiente enlace: http://administracion.gob.es. No obstante, se podrá presentar también directamente en el Registro General de la AECID (Avda. Reyes Católicos, 4, 28040 Madrid) citando expresamente «Plazas de Coordinadores/as Generales de la Cooperación Española», o en el resto de formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

VI) Admisión de aspirantes.

Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes, la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo dictará una resolución, en el plazo máximo de un mes, que contenga la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, para cada puesto, concediéndose un plazo de cinco días hábiles para subsanar, cuando sea posible, el defecto que haya motivado la exclusión. Finalizado dicho plazo, se publicará una resolución con los listados definitivos de aspirantes admitidos y excluidos, para cada puesto, en los mismos lugares en que lo fueron las relaciones iniciales.

Serán excluidos del proceso de selección todos aquellos aspirantes que no reúnan los requisitos de participación establecidos en la Base III o que hayan presentado su solicitud fuera de plazo o incumpliendo los términos formales de presentación señalados en la Base V. En cualquier momento del proceso selectivo se podrá solicitar la acreditación del cumplimento de los requisitos establecidos y de los méritos alegados.

La citada resolución será expuesta en la Sede Electrónica de la AECID (www.aecid.gob.es) y en el punto de acceso general http://administracion.gob.es.

VII) Proceso de Selección.

La idoneidad de los aspirantes definitivamente admitidos será evaluada, de acuerdo con los méritos alegados por los mismos, por un órgano de selección que, de conformidad con lo acordado por el Consejo Rector de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, en su sesión del día 29 de julio de 2009, estará compuesto por:

– Presidenta: Doña Susana Velázquez Valoria, Cuerpo de Ingenieros Agrónomos del Estado, Secretaria General o persona en quien delegue.

– Vocales:

Doña Lucía Chicote Escrich, Carrera Diplomática. Directora del Gabinete Técnico, o persona en quien delegue.

Doña Carmen Castiella Ruiz de Velasco, Carrera Diplomática. Directora de Cooperación con América Latina, México y El Caribe, o persona en quien delegue.

Doña Cristina Díaz Fernández-Gil, Carrera Diplomática. Directora de Cooperación con África y Asia, o persona en quien delegue.

Doña Míriam Ciscar Blat, Personal laboral. Directora de Cooperación Multilateral, Horizontal y Financiera, o persona en quien delegue.

Doña Cristina Gutiérrez Hernández, Personal laboral. Jefa de la Oficina de Acción Humanitaria, o persona en quien delegue.

Doña Belén Paredes Rico, Escala Técnica de Organismos Autónomos. Jefa del Departamento de Recursos Humanos, Conciliación y Servicios Generales o persona en quien delegue.

– Secretaria/o (con voz, pero sin voto): Doña Casilda Martín-Montalvo Rodríguez de Trujillo, Escala Técnica de Organismos Autónomos, Jefa del Área de Personal en el Exterior o persona en quien delegue.

El órgano de selección establecerá los criterios para evaluar los méritos de los/as candidatos/as en relación con los méritos específicos requeridos en la presente convocatoria.

Aquellos candidatos/as que resulten preseleccionados a criterio del órgano de selección, podrán ser citados/as para la realización de una entrevista personal. La entrevista tendrá por objeto, entre otros, determinar y valorar la adecuación del candidato/a al puesto/s de trabajo, iniciativa y capacidad de organización y capacidad de expresión oral. Con este propósito el Órgano de selección, además de constatar el alcance y contenido de los méritos establecidos en la Base IV, requerirá del candidato/a la exposición y desarrollo, de alguna cuestión de sus conocimientos o relacionada con las funciones del puesto/s, además de en castellano.

El órgano de selección elevará, a la Directora de la Agencia, una propuesta motivada que incluya tres candidatos/as, para cada puesto convocado, pudiéndose presentar sucesivas ternas, al objeto de facilitar la cobertura de los puestos. La Directora resolverá proponiendo la contratación de un/a candidato/a, por cada puesto de trabajo, al Consejo Rector.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, cabe recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación, ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 9.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer.

Madrid, 19 de septiembre de 2019.–La Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, Ana María Calvo Sastre.

ANEXO I
Convocatoria de puestos de trabajo de Coordinadores/as Generales de la Cooperación Española

Número de orden convocatoria

Denominación del puesto

Retribuciones anuales en euros

Idioma

Vacante/Fecha prevista de finalización del/de los contratos

1

Oficina Técnica de Cooperación en Bolivia

72.791,32

31/07/2020

2

Oficina Técnica de Cooperación en Cabo Verde

67.251,63

Inglés

30/09/2019

3

Oficina Técnica de Cooperación en Colombia

66.131,66

31/07/2020

4

Oficina Técnica de Cooperación en Costa Rica

82.095,64

31/01/2020

5

Oficina Técnica de Cooperación en Filipinas

71.082,45

Inglés

31/07/2020

6

Oficina Técnica de Cooperación en Jordania

72.875,69

Inglés

31/07/2020

7

Oficina Técnica de Cooperación en Marruecos

62.063,25

Francés

31/07/2020

8

Oficina Técnica de Cooperación en Mauritania

61.405,03

Francés

31/07/2020

9

Oficina Técnica de Cooperación en Níger

66.146,77

Francés

31/07/2020

1

(1) Aportando la documentación justificativa que acredite los méritos.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 19/09/2019
  • Fecha de publicación: 01/10/2019
Referencias posteriores

Criterio de ordenación:

  • SE MODIFICA, por Resolución de 27 de diciembre de 2019 (Ref. BOE-A-2020-304).
  • SE CORRIGEN errores, por Resolución de 26 de noviembre de 2019 (Ref. BOE-A-2019-17484).

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