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Documento BOE-A-2019-14970

Resolución de 2 de octubre de 2019, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Cáceres, por la que se modifica la de 26 de febrero de 2019, por la que se crea y regula la Mesa Provincial de Contratación y se designa a sus miembros.

Publicado en:
«BOE» núm. 251, de 18 de octubre de 2019, páginas 114642 a 114643 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-14970
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/10/02/(4)

TEXTO ORIGINAL

El artículo 326 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (en adelante LCSP), establece que los órganos de contratación de las Administraciones Públicas, salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, están asistidos, en los procedimientos de adjudicación que enumera, por una Mesa de Contratación, órgano de asistencia técnica especializada. Así mismo, los artículos 21 y 22 del Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, regulan la composición y las funciones de las Mesas de Contratación y facultan al órgano de contratación para que designe a sus miembros, bien, con carácter permanente o para una pluralidad de contratos, bien de manera específica para la adjudicación de cada contrato.

El artículo 323 LCSP, relativo a los órganos de contratación estatales, establece en su apartado 2 que en los organismos autónomos integrantes del sector público estatal, el órgano de contratación es su Director.

La Resolución de 6 de octubre de 2008, del Servicio Público de Empleo Estatal, sobre delegación de competencias en órganos administrativos del Organismo (BOE núm. 247, del 13), modificada por la Resolución de 4 de noviembre de 2009 (BOE núm. 283, del 24), atribuye en su apartado primero.siete.1.1, 1.4, 1.5 y 1.6, competencias delegadas a los Directores Provinciales del Organismo en materia de Administración General y la facultad para celebrar contratos de obras, suministros y servicios en los términos y con los límites que la misma señala. La competencia está delegada también en el Director Provincial del SEPE en materia de políticas activas de empleo, en relación con las acciones dirigidas a facilitar el funcionamiento de las acciones formativas del subsistema de formación profesional para el empleo, para la contratación de empresas para impartición de acciones de formación profesional para el empleo en los centros propios del Servicio Público de Empleo Estatal, de acuerdo con lo establecido en el apartado primero.siete.3.2m) de la antedicha Resolución de 6 de octubre de 2008.

Mediante la Resolución de 26 de febrero de 2019, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Cáceres y su posterior publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y en el Perfil del Contratante, se crea y regula la Mesa Provincial de Contratación y se procedió a designar a sus miembros. Si bien, la experiencia acumulada en la actuación de la Mesa Provincial de Contratación obliga, para una más eficaz gestión, a modificar su composición por lo que se altera una de las vocalías y la secretaría de la misma.

En su virtud, en uso de las facultades conferidas por delegación del Director General del Servicio Público de Empleo Estatal, dispongo:

Único.

Se modifica el punto Segundo de la Resolución de 26 de febrero de 2019, de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Cáceres, por la que se crea y regula la Mesa Provincial de Contratación y se designa a sus miembros, en el sentido siguiente:

Segundo. La Mesa Provincial de Contratación estará integrada con carácter permanente por los siguientes miembros:

a) Presidencia: El/La Director/a Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Cáceres, quien será sustituido/a, en caso de vacante, ausencia o enfermedad por el/la Subdirector/a Provincial de Gestión Económica y Servicios y en su defecto por el/la Subdirector/a Provincial de Prestaciones.

b) Vocalías:

Un/a Abogado/a del Estado, designado por la Abogacía del Estado en Cáceres.

Un/a Interventor/a de la Intervención Territorial Delegada de Hacienda y Función Pública en Cáceres.

El/La Subdirector/a Provincial de Gestión Económica y Servicios.

El/La Jefe/a de Sección de la Habilitación provincial.

Serán suplentes de los/las vocales adscritos al Organismo, en caso de vacante, ausencia o enfermedad:

El/La Jefe/a de Sección de Personal

El/La Jefe/a del Observatorio Ocupacional

El/La Instructor/a de Formación

c) Secretaría: El/La Jefe/a de la Sección de Patrimonio, siendo suplente el funcionario/a o empleado/a público/a del ámbito de la Dirección Provincial designado por el/la Presidente/a.

Todos los miembros tendrán voz y voto, a excepción de el/la Secretario/a, que tendrá voz y no voto.

No podrá formar parte de la Mesa de Contratación el personal que haya participado en la redacción técnica del contrato de que se trate.

Cáceres, 2 de octubre de 2019.–El Director Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal de Cáceres, P.S. (Resolución de 6 de octubre de 2008), el Subdirector Provincial de Gestión Económica y Servicios, Juan Antonio Pérez Sánchez.

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 02/10/2019
  • Fecha de publicación: 18/10/2019
Referencias anteriores
  • MODIFICA el apartado 2 de la Resolución de 26 de febrero de 2019 (Ref. BOE-A-2019-3372).
  • DE CONFORMIDAD con:
Materias
  • Cáceres
  • Mesas de Contratación
  • Servicio Público de Empleo Estatal

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