Vista la propuesta formulada por el Tribunal calificador de las pruebas selectivas para ingreso en el Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, convocadas Resolución de 16 de enero de 2019, de la Subsecretaría («Boletín Oficial del Estado», número 18, del 21), y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 del Real Decreto 364/1995, de 10 marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, esta Subsecretaría resuelve:
Hacer pública la relación de aspirantes aprobados en la fase de oposición por el sistema general de turno libre y promoción interna por orden de puntuación obtenida según figura en el anexo I de la presente resolución.
De acuerdo con lo establecido en el apartado decimonoveno, punto 2, de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado», número 174, del 22), los aspirantes aprobados disponen de un plazo de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», para presentar en el Registro General del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, paseo de la Castellana, 160, Madrid, o en las oficinas a que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidos al Área de Recursos Humanos, los siguientes documentos:
1. Fotocopia compulsada del título exigido en la base 4 de la convocatoria. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de homologación, o en su caso, el correspondiente certificado de equivalencia. Al amparo de lo dispuesto en el apartado décimo, punto 5, de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado», número 174, del 22), por la que se establecen las bases comunes, el requisito anterior no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho comunitario.
2. Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública, ni hallarse inhabilitado/a para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que figura como anexo II.
Quienes tuvieran la condición de funcionarios/as de carrera estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y demás requisitos ya probados documentalmente para obtener su anterior nombramiento, debiendo presentar certificación del Registro Central de Personal o del Ministerio u Organismo del que dependieran para acreditar tal condición, y demás circunstancias que consten en su expediente personal.
Quienes dentro del plazo fijado y salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditados, no presentaran la documentación, o del examen de la misma se dedujera que carecen de alguno de los requisitos señalados en el apartado décimo de la Orden HFP/688/2017, de 20 de julio («Boletín Oficial del Estado», número 174, del 22) y los exigidos en las bases de la convocatoria, no podrán ser nombrados/as funcionarios/as y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubiesen podido incurrir por falsedad en la solicitud inicial.
Por resolución de la autoridad convocante se procederá al nombramiento de funcionarios/as en prácticas, en la que se determinará la fecha en que empezará a surtir efecto dicho nombramiento, debiendo superar el curso selectivo determinado en la convocatoria.
Los aspirantes que no superen el curso selectivo perderán el derecho a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera mediante resolución motivada por la autoridad convocante. Quienes no pudieran realizar el curso selectivo por causa de fuerza mayor debidamente justificada y apreciada por la Administración, podrán efectuarlo con posterioridad, intercalándose en el lugar correspondiente a la puntuación obtenida.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 22 de octubre de 2019.–El Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo, Fernando Valdés Verelst.
Cuerpo de Inspectores del SOIVRE
Acceso libre
N.º Orden | Apellidos y nombre | DNI | Puntuación final |
---|---|---|---|
1 | TEBA GARCÍA, GUILLERMO. | * * * * 0551 | 93,7 |
2 | CRUZ RODRÍGUEZ, PAULA DE LA. | * * * * 8572 | 93,6 |
3 | ALCOBA GUTIÉRREZ, CONCEPCIÓN. | * * * * 2493 | 84,6 |
4 | MELÉNDEZ HERNÁNDEZ, ÁNGEL GERARDO. | * * * * 8866 | 80,2 |
5 | FERNÁNDEZ ESTRADE, GEMA. | * * * * 8830 | 79,4 |
6 | EZCURRA GÓMEZ, JOAQUÍN. | * * * * 1695 | 76,4 |
Promoción interna
N.º Orden | APELLIDOS Y NOMBRE | DNI | Puntuación Final |
---|---|---|---|
1 | GARNÉS-CAMARENA ESTRUCH, ELENA. | * * * * 2941 | 73,0 |
Don/Doña ………..…...................................................................................................., con domicilio en ............................................................................................................. y documento nacional de identidad número ....................................... declara bajo juramento o promesa, a efectos de ser nombrado/a funcionario/a del Cuerpo de Inspectores del SOIVRE, que no ha sido separado/a del servicio de ninguna de las Administraciones públicas y que no se halla inhabilitado/a para el ejercicio de las funciones públicas.
En ............................, a ............... de ........................................ de 2019
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