Está Vd. en

Documento BOE-A-2019-15584

Resolución de 23 de octubre de 2019, de la Secretaría de Estado de Turismo, por la que se publica el Convenio con la Asociación Española de Comisionados de Filmaciones de Cine y Televisión -Spain Film Commission-, para el desarrollo del "Primer Encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España".

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 30 de octubre de 2019, páginas 120680 a 120687 (8 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2019-15584

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Asociación Española de Comisionados de Filmaciones de Cine y Televisión –Spain Film Commission– para el desarrollo del «Primer Encuentro Shooting in Spain EE.UU.–España».

Madrid, 23 de octubre de 2019.–La Secretaria de Estado de Turismo, Isabel María Oliver Sagreras,

ANEXO
Convenio entre la Secretaría de Estado de Turismo del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y la Asociación Española de Comisionados de Filmaciones de Cine y Televisión –Spain Film Commission– para el desarrollo del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España»

Madrid, a 22 de octubre de 2019.

REUNIDOS

De una parte: Doña Isabel M.ª Oliver Sagreras, Secretaria de Estado de Turismo, nombrada por Real Decreto 535/2018, de 18 de junio («Boletín Oficial del Estado» núm. 148 de 19 de junio de 2018), actuando al amparo del artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y del artículo 5 del Real Decreto 998/2018, de 3 de agosto, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, y conforme a la estructura ministerial establecida en el Real Decreto 355/2018, de 6 de junio.

De otra: Don Carlos Rosado Cobián, Presidente de la Asociación Española de Comisionados de Filmaciones de Cine y Televisión –Spain Film Commission– (en adelante, «la SFC»), entidad sin ánimo de lucro representativa de la red española de oficinas públicas de rodajes audiovisuales, nombrado por acuerdo de la Asamblea de socios el 16 de septiembre de 2015, actuando al amparo del artículo 4 de los estatutos.

Ambas partes intervienen en función de sus respectivos cargos y en el ejercicio de las facultades que tienen conferidas para convenir, en nombre de las entidades que representan.

En su virtud, y dentro de las normas que resultan de aplicación a cada una de dichas entidades,

MANIFIESTAN

I. Que la Secretaría de Estado de Turismo realiza cuantas acciones sean precisas para la definición, desarrollo, coordinación y ejecución de las políticas turísticas del Estado, sin perjuicio de las competencias de la Comisión Interministerial de Turismo, así como las relaciones turísticas institucionales de la Administración General del Estado con organizaciones internacionales, públicas o privadas, y la cooperación turística internacional, en coordinación con el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y de Cooperación. Además, y a través del Instituto de Turismo de España (TURESPAÑA), O.A., cuya Presidencia le corresponde a la persona titular de la Secretaría de Estado de Turismo, ejerce la función de promoción exterior del turismo.

II. Que la Spain Film Commission, es una Asociación sin ánimo de lucro, miembro fundador e integrante de la Junta Directiva de la European Film Commission Network (EUFCN), que engloba a las Film Commission/Offices de Europa, y socia de la Asociation of Film Commissioners International (AFCI), que agrupa a la Red Mundial de Film Commissions, teniendo entre sus objetivos estatutarios representar, promover, coordinar y cooperar con las instituciones públicas o privadas en la promoción de cualquiera de las fases del proceso de rodaje al constituir éste un recurso turístico de gran reclamo.

III. Que la Spain Film Commission ha designado, en enero de 2019, al Excmo. Sr. James Costos como primer Embajador del Turismo Cinematográfico español, en atención a la amplia trayectoria en el sector del Sr. Costos como alto directivo de una de las mayores productoras norteamericanas de contenidos audiovisuales, y su especial y muy estrecha relación de amistad con nuestro país, reforzada por su condición de ex Embajador de los EE.UU. en España entre 2013 y 2017.

IV. Que la SFC y el Sr. James Costos están desarrollando un programa de promoción en Estados Unidos de la industria audiovisual española en general, y del turismo cinematográfico en particular, en el que se incluye la organización del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España» durante los días 6, 7 y 8 de noviembre de 2019, en la ciudad de Los Ángeles (EE.UU.), coincidiendo con el comienzo del «American Film Market» (el mayor mercado norteamericano de cine).

V. Que el «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España» es el marco idóneo y de gran interés para la Administración Pública Española para promover al más alto nivel decisorio, el programa Shooting in Spain así como la industria cinematográfica española y su potencial turístico, entre representantes de productoras audiovisuales y empresas auxiliares de la industria norteamericana junto con film commissions e instituciones españolas vinculadas al sector.

VI. Que la Secretaría de Estado de Turismo apoya la iniciativa «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España», por su interés para la promoción de preacuerdos sobre el desarrollo de producciones norteamericanas en nuestro país, su explotación como reclamo turístico y su potencialidad para la generación de flujos turísticos con origen en los EE.UU. vinculados al desarrollo de proyectos audiovisuales norteamericanos en España y la promoción de servicios e infraestructuras turísticas públicas y privadas españolas.

Por ello, a la vista de lo expuesto, las partes intervinientes acuerdan suscribir el presente convenio, de acuerdo con las siguientes

CLÁUSULAS

Primera. Objeto.

Es objeto del presente Convenio la colaboración entre las partes para la organización del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España», a celebrar entre el 6, 7 y 8 de noviembre de 2019 en Los Ángeles (California-EE.UU.)

Segunda. Bases de colaboración.

Para la consecución del objeto del Convenio, las partes se comprometen a realizar las siguientes actuaciones:

2.1 Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo en el ámbito de la celebración del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España»:

– Facilitar y gestionar la presencia en el Encuentro del representante que el Gobierno considere, incluyendo a modo meramente ejemplificativo: representantes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo y/o de la Representación diplomática española en los EE.UU. y/o de las entidades de promoción de España en los EE.UU. dependientes del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo (por ejemplo: TurEspaña, ICEX, etc.).

– Difundir esta colaboración con la Spain Film Commission, a través de los canales propios que la Secretaría de Estado de Turismo estime convenientes, dada la naturaleza del Encuentro y el grado de inserción en sus políticas.

– Realizar una aportación económica a la Spain Film Commission por importe de 30.000 € (IVA no incluido), como aportación dineraria, para aplicarla a gastos de transportes, alojamiento, manutención y catering generados en la organización del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España».

2.2 Actuaciones de la Spain Film Commission.

2.2.1 Actuaciones en el ámbito de la Comunicación:

– Incluir el logotipo de la Secretaría de Estado de Turismo, como socio principal en las acciones de comunicación del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España», dirigidas a los medios de comunicación, miembros y delegados registrados. Especialmente se incluirá en los siguientes soportes y material promocional:

• La página web de SFC incluirá los logotipos mencionados, con enlace a la web www.spain.info.

• Todos los materiales del Encuentro (incluyendo roller/tótem, invitaciones, folletos...).

• En la portada de la documentación.

– Toda actuación de comunicación necesaria para la información y difusión del encuentro:

• Envío de newsletter a diferentes bases de datos propias.

• Publicación en redes sociales de la SFC (Facebook, Twitter, Instagram y youtube).

• Publicación en página web.

• Gestión con medios de comunicación y RR.PP.

2.2.2 Actuaciones en el ámbito de la organización de la celebración del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España»:

– Dirección y secretaría técnica del encuentro en España y los EE.UU., incluyendo la asignación de un equipo profesional especializado en eventos profesionales de cine para la selección (productoras, empresas de service y film commissions) y asistencia a los participantes en el encuento (incluidos los institucionales) tanto de España como de la contraparte norteamericana, preparación de materiales-dossieres de trabajo y medios de comunicación, gestión de agenda y reuniones B2B, moderación de las sesiones, y asistencia logística para el desarrollo integral del evento, incluyendo su posterior evaluación y justificación hasta darse por cumplido el presente convenio.

– Facilitar la intervención de una representación que el Gobierno considere en el encuentro, incluyendo en el programa oficial del mismo una presentación ad hoc, de apertura o cierre, por la máxima autoridad española presente en cada uno de los actos principales: Jornada General de Trabajo Profesional, Encuentros B2B y cócktail.

– Aportación de los diferentes espacios en los que se celebrarán las distintas acciones del encuentro (jornadas de trabajo generales, encuentros B2B, cocktails, breaks) que tenga lugar durante las jornadas de su desarrollo. La jornada de trabajo general se desarrollará en uno de los principales estudios de producción audiovisual en Los Ángeles (EE.UU.) y el cocktail en un recinto privado de primer nivel en la misma ciudad.

– Aportación de relaciones públicas, azafatos/as y personal diverso que faciliten el trabajo necesario para el desarrollo de las actuaciones durante sus días de celebración.

– Aportación de los audiovisuales, traducción simultánea, decoración y cualquier tipo de material necesario para el desarrollo del Encuentro.

Todos los diseños de los materiales de comunicación, publicidad y promoción desarrollados y utilizados que incluyan o utilicen de alguna forma el nombre, el logotipo o cualquier otro símbolo de la Secretaría de Estado de Turismo deberán ser aprobados expresamente y por escrito por la Secretaría de Estado, con carácter previo a su reproducción, exhibición y distribución, a los efectos de comprobar el cumplimiento de lo previsto en el presente Convenio y de asegurar que no existe en los materiales sometidos a aprobación nada que pueda dañar su imagen. En su caso, la denegación de la aprobación deberá ser motivada y fundamentada en las causas expuestas.

Para dicha aprobación, se entregarán a la Secretaría de Estado de Turismo las correspondientes pruebas junto a la solicitud de aprobación, debiéndose aprobar o rechazar dichos materiales en el plazo de cinco días a contar desde la recepción de la solicitud. La falta de respuesta una vez transcurrido dicho plazo será entendido como una aprobación tácita de dichos materiales.

Tercera. Cesión de derechos de imágenes y material audiovisual.

La Spain Film Commission cederá gratuitamente a la Secretaría de Estado de Turismo, para su uso por la misma o por Turespaña, los derechos de uso de todas aquellas imágenes y material audiovisual que se genere durante la celebración de las acciones previstas en este documento, por un período de 24 meses desde su entrega a la Secretaría de Estado de Turismo.

Los derechos de reproducción total o parcial de las imágenes y el material audiovisual obtenidos como consecuencia de lo estipulado en el presente Convenio, a favor de la Secretaría de Estado de Turismo, serán otorgados por Spain Film Commission, sin coste alguno para la Secretaría de Estado de Turismo.

Cuarta. Protección de datos.

Ambas partes se comprometen a guardar confidencialidad sobre cualquier tipo de dato proporcionado por cualquiera de ellas, especialmente de los datos de carácter personal, de conformidad con lo estipulado en el Reglamento UE 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, y la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, y se obligan a no hacer uso de los datos para una finalidad distinta de la que motiva el desarrollo del presente Convenio y, en consecuencia, a no utilizarlos ni publicarlos de ninguna forma que exceda dicha finalidad. Igualmente, las partes se obligan a cumplir las medidas de seguridad y demás obligaciones derivadas de la Legislación de Protección de Datos de Carácter Personal.

Quinta. Compromisos económicos.

La Secretaría de Estado de Turismo se compromete a aportar un máximo de 30.000 € (IVA no incluido) a la SFC en calidad de gastos de transportes, alojamiento y catering generados en la organización del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España», según consta en el apartado 2.1 de la cláusula segunda de este Convenio.

La financiación se realizará con cargo a la aplicación presupuestaria 20.04.432A.640.08, proyecto de inversión n.º 2018 20 04 0001, del presupuesto de gastos de la mencionada Secretaría de Estado para el año 2019 –Presupuesto para el 2018 prorrogado durante 2019–.

Por otra parte, la SFC, como organizador principal de «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España», se compromete a aportar un máximo de 27.000 euros (IVA no incluido) para llevar a cabo las actividades previstas en el apartado 2.2 de este Convenio, efectuando, en su caso, y conforme a la normativa en vigor, las contrataciones necesarias para la ejecución de las mismas.

El total de las aportaciones económicas se realizarán por los importes y con el desglose presupuestario que figura detallado en el anexo de este Convenio.

Sexta. Justificación y régimen de pagos.

A la finalización de las actuaciones objeto de este Convenio, SFC remitirá a la Secretaría de Estado de Turismo la documentación justificativa del gasto realizado, y una memoria detallada de todas las actividades realizadas.

El abono a la SFC se efectuará mediante un único pago.

Séptima. Comisión de Seguimiento, vigilancia y control.

Para el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del Convenio y de los compromisos adquiridos por los firmantes, se constituirá una Comisión, con una representación paritaria de las partes firmantes.

La Comisión de Seguimiento estará formada por un miembro en representación de cada una de las partes firmantes, que se reunirá al menos una vez con el fin de realizar un seguimiento de la colaboración establecida. Por parte de la Secretaría de Estado de Turismo, la Secretaria de Estado de Turismo designará un representante, actuando como presidente de la comisión.

La Presidencia de la Comisión ejercerá las funciones que establece el artículo 19.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, salvo la de dirimir con su voto los empates.

Los acuerdos de esta Comisión se adoptarán por unanimidad de sus miembros.

La Comisión de Seguimiento resolverá los problemas de interpretación y cumplimiento que puedan plantearse en la ejecución del Convenio.

La Comisión de Seguimiento, elaborará un Informe final, antes de la fecha de finalización de la vigencia del Convenio, en el que se detallará la realización de la totalidad de sus actuaciones y examinará la documentación justificativa para proceder, en su caso, al pago correspondiente.

Octava. Régimen aplicable.

El presente convenio tiene naturaleza administrativa y se suscribe al amparo de lo establecido en el Capítulo VI, Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de Régimen Jurídico del Sector Público.

Las cuestiones litigiosas que se susciten entre las partes sobre la ejecución y cumplimiento del Convenio que no puedan solventarse en la Comisión de Seguimiento se resolverán por los órganos de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de conformidad con su Ley reguladora.

Novena. Vigencia.

El presente convenio surtirá efectos a partir de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal, y su plazo de vigencia finalizará el 30 de noviembre de 2019, en el cual deberán quedar finalizadas todas las aportaciones de las partes, recogidas en la cláusula segunda de este documento.

Debido al carácter singular que motiva la realización del presente Convenio, que es la celebración del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España» no procede la prórroga del mismo, más allá del plazo de vigencia indicado en el párrafo anterior.

Décima. Modificación.

Este Convenio podrá modificarse por acuerdo unánime de las partes, conforme a lo previsto en el artículo 49.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Undécima. Extinción y resolución.

El convenio se extinguirá por el cumplimiento de las actuaciones que constituyen su objeto o por incurrir en causa de resolución.

Son causas de resolución, de acuerdo con lo previsto en el artículo 51.2 de la citada Ley 40/2015:

a) El transcurso del plazo de vigencia del convenio.

b) El acuerdo unánime de todos los firmantes.

c) El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes.

d) Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.

e) Por cualquier otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes.

El cumplimiento y la resolución del Convenio darán lugar a la liquidación del mismo con el objeto de determinar las obligaciones y compromisos de cada una de las partes, en los términos establecidos en el artículo 52 de la citada Ley 40/2015.

Duodécima. Consecuencias en caso de incumplimiento del Convenio.

En caso de incumplimiento del Convenio por una de las partes, la otra podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en el plazo de un mes con las obligaciones o compromisos que se consideran incumplidos. Este requerimiento será comunicado también a la Comisión de Seguimiento.

Si transcurrido el plazo de un mes persistiera el incumplimiento, la parte que lo dirigió notificará a la otra y a la Comisión de Seguimiento la concurrencia de la causa de resolución y entenderá resuelto el Convenio, resultando, por tanto, de aplicación lo previsto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Si como consecuencia del incumplimiento, en la liquidación resultara que el importe de las actuaciones ejecutadas por SFC, fuera inferior a los fondos indicados en la cláusula «Quinta. Compromisos económicos», la aportación económica se verá reducida a la cantidad incluida en la liquidación.

Y en signo de conformidad con todo lo anterior, las partes firman el presente documento por duplicado y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.–Por la Secretaría de Estado de Turismo, Isabel María Oliver Sagreras.–Por la Asociación Española de Comisionados de Filmaciones de Cine y Televisión –Spain Film Commission–, Carlos Rosado Cobián.

ANEXO
Actuaciones con contenido económico

Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo:

2.1 Actuaciones de la Secretaría de Estado de Turismo en el ámbito de la celebración del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España» *Aportación no dineraria Aportación dineraria
A) Facilitar y gestionar la presencia del representante que el Gobierno considere, en el «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España». 100 €  
B) Difundir la colaboración con Spain Film Commission mediante este convenio, a través de los canales propios que la Secretaría de Estado de Turismo estime convenientes, dada la naturaleza del Encuentro y el carácter restringido de asistencia al mismo. 150 €  
C) Realizar una aportación económica a la Spain Film Commission, por importe de 30.000 €, IVA no incluido, como aportación dineraria, para aplicarla a gastos de transportes, alojamiento, manutención y catering generados en la celebración del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España».   30.000 €
   Totales. 250 € 30.000 €

*Total aportación no dineraria que forman parte de las competencias de la SETUR, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria: 250 euros.

Total aportación dineraria: 30.000 euros.

Valoración total Secretaria Estado de Turismo: 30.250 euros.

* Total aportaciones que forman parte de las competencias de la SETUR, y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria.

Actuaciones de la Spain Film Commission

2.2.1 Actuaciones de SFC en el ámbito de la comunicación del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España» *Aportación no dineraria Aportación dineraria

A) Incluir el logotipo de la Secretaría de Estado de Turismo, como socio oficial en las acciones de comunicación del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España, dirigidas a los medios de comunicación, miembros y delegados registrados. Especialmente se incluirá en los siguientes soportes y material promocional:

– La página web de Spain Film Commission incluirá los logotipos mencionados, con enlace a la web www.spain.info.

– Todos los materiales Encuentro.

– En la portada de la documentación.

500 €  

B) Toda actuación de comunicación necesaria para la información y difusión del Encuentro:

– Envío de newsletter a diferentes bases de datos propias.

– Publicación en redes sociales de la SFC (Facebook, Twitter, Instagram y Youtube).

• Publicación en página web.

• Gestión con medios de comunicación y RR.PP.

  5.000 €
   Totales. 500 € 5.000 €

*Total aportaciones que forman parte de las competencias de la SFC y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria: 500 euros.

Total aportación dineraria: 5.000 euros.

Valoración de la Spain Film Commission en el ámbito de la comunicación: 5.500 euros.

* Total aportaciones que forman parte de las competencias de la SFC y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria.

2.2.2 Actuaciones en el ámbito de la celebración del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España» *Actuaciones no financiables Actuaciones financiables
A) Dirección y secretaría técnica del Encuentro en España y los EEUU, incluyendo la asignación de un equipo profesional especializado en eventos profesionales de cine para la selección (productoras, empresas de service y film commissions) y asistencia a los participantes en el encuento (incluidos los institucionales) tanto de España como de la contraparte norteamericana, preparación de materiales–dossieres de trabajo y medios de comunicación, gestión de agenda y reuniones B2B, moderación de las sesiones, y asistencia logística para el desarrollo integral del evento, incluyendo su posterior evaluación y justificación hasta darse por cumplido el presente convenio. 5.000  
B) Facilitar la intervención de una representación que el Gobierno considere en el Encuentro, incluyendo en el programa oficial del mismo una presentación ad hoc, de apertura o cierre, por la máxima autoridad española presente en cada uno de los actos principales: Jornada General de Trabajo profesional, Encuentros B2B y cócktails. 500  
D) Aportación de los diferentes espacios en los que se celebrarán las distintas acciones del Encuentro (jornadas de trabajo generales, encuentros B2B, cocktails, breaks) que tenga lugar durante las jornadas de su desarrollo. La jornada de trabajo general se desarrollará en uno de los principales estudios de producción audiovisual en Los Ángeles (EEUU) y el cocktail en un recinto privado de primer nivel en la misma ciudad. 3.000  
E)  Aportación de relaciones públicas, azafatos/as y personal diverso que facilite el trabajo necesario para el desarrollo de las actuaciones durante sus días de celebración.   5.000
F) Aportación de los audiovisuales, traducción simultánea, decoración y cualquier tipo de material adicional necesario para el desarrollo del Encuentro.   8.000
   Totales. 8.500 13.000

*Total aportaciones que forman parte de las competencias de la SFC y no suponen un gasto adicional del presupuesto a lo ya previsto en la actividad ordinaria: 8.500 euros.

Total aportaciones dinerarias: 13.000 euros.

Valoración de la Spain Film Commission en el ámbito de la celebración del «Primer encuentro Shooting in Spain EE.UU.-España»: 21.500 euros.

Valoración total Spain Film Commission (Actuaciones 2.2.1 y 2.2.2): 27.000 euros.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid