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Documento BOE-A-2019-15586

Resolución de 18 de octubre de 2019, de la Dirección General de la Industria Alimentaria, por la que se publica la decisión favorable de la modificación del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida "Carne de Ávila".

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 30 de octubre de 2019, páginas 120693 a 120694 (2 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Referencia:
BOE-A-2019-15586

TEXTO ORIGINAL

El Consejo Regulador de la Indicación Geográfica Protegida (IGP) «Carne de Ávila», solicitó a esta Dirección General, con fecha 7 de marzo de 2019 la modificación del pliego de condiciones de la IGP.

Dicha solicitud de modificación fue remitida al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación junto con el pliego de condiciones y el Documento único, conforme al Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre, por el que se regula el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción de denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas en el registro comunitario y la oposición a ellas.

La citada propuesta fue remitida a las CCAA territorialmente afectadas por la DOP, es decir, Extremadura, Andalucía, Castilla La Mancha, Castilla y León, Aragón, La Rioja y Madrid con fecha 12 de abril, para que éstas emitieran informe según lo establecido en el artículo 8.2. del RD 149/2014, de 7 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1335/2011.

Con fecha 9 de mayo de 2019 se recibe informe de Extremadura con una observación relativa a la zona geográfica correspondiente a esta Comunidad Autónoma. El Ministerio considera adecuada la reivindicación de Extremadura, por lo que se recoge la modificación solicitada. Asimismo con fecha 8 de mayo se recibe informe de la comunidad de Madrid, en el que se hacen algunas observaciones y se plantean una serie de cuestiones. Las cuestiones planteadas son respondidas por el Consejo Regulador con fecha 28 de mayo.

El 28 de mayo se vuelve a consultar a las CCAA territorialmente afectadas la nueva documentación con la modificación de la zona geográfica.

Se recibió el informe favorable a la propuesta por parte de la Comunidad de Madrid con fecha 29 de mayo, el informe favorable de la Comunidad de Extremadura con fecha 30 de mayo y de Castilla y León con fecha 25 de julio.

Por ello, reunidos telemáticamente en Mesa de Coordinación de la Calidad Diferenciada en fecha 2 de agosto, las autoridades competentes del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la Comunidad de Extremadura, Andalucía, Castilla la Mancha, Castilla y León, Aragón, La Rioja y Madrid acordaron informar favorablemente la continuación del procedimiento de tramitación de la solicitud de modificación del pliego según lo establecido en el artículo 8.3 del RD 1335/2011, dando lugar a la publicación del anuncio de modificación del pliego a efectos de iniciar el procedimiento de oposición.

Publicada la mencionada solicitud en el «Boletín Oficial del Estado» de 10 de agosto de 2019, mediante Resolución de 5 de agosto de 2019 esta Dirección General de la Industria Alimentaria, concedió un plazo de dos meses para que cualquier persona física o jurídica cuyos legítimos derechos o intereses considerase afectados, pudiera presentar solicitud de oposición al registro de la misma.

Transcurridos más de dos meses desde la fecha de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», no se presentó ninguna solicitud de oposición.

Se establece igualmente en el citado artículo 49.4, que el Estado miembro garantizará que su decisión favorable se haga pública, así como la versión del pliego de condiciones en que se haya basado esa decisión.

La zona de producción de la IGP «Carne de Ávila» es de ámbito superior al de una comunidad autónoma, correspondiendo, por tanto, al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, la competencia para dictar la presente resolución, según lo establecido en el artículo 9 del Real Decreto 1335/2011, de 3 de octubre.

En su virtud, de acuerdo con las facultades atribuidas a esta Dirección General, resuelvo:

Primero.

Adoptar y hacer pública la decisión favorable de que las modificaciones del pliego de condiciones de la Indicación Geográfica Protegida «Carne de Ávila» sean registradas en el Registro comunitario de las denominaciones de origen protegidas y de las indicaciones geográficas protegidas de los productos agrícolas y alimenticios, una vez comprobado que se cumplen los requisitos del Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre.

Segundo.

Publicar la versión del pliego de condiciones en la que se ha basado esta decisión favorable, que figura en la siguiente dirección de la página web del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación:

https://www.mapa.gob.es/es/alimentacion/temas/calidad-agroalimentaria/calidad-diferenciada/dop/htm/IGP-carne-de-avila-modific-mayor.aspx

Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», ante el Ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, 18 de octubre de 2019.–El Director General de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero Velasco.

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