Contingut no disponible en valencià
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, valorados los méritos alegados por los concursantes y previa actuación de la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base séptima de la citada Resolución,
Este Ministerio acuerda la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en la misma.
En la tramitación del presente concurso se ha procedido a la valoración de los méritos de los participantes, tal y como prevé el título III, capítulo II, artículos 39 y siguientes del Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, y lo dispuesto en las bases de la convocatoria.
En su virtud, se acuerda aprobar la propuesta elevada por la Comisión y
Resolver la adjudicación de los puestos de trabajo contenidos en los anexos I-A y I-B de esta Resolución, y declarar desiertos los puestos de trabajo que se detallan en el mismo.
El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.
El plazo de toma de posesión comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
Contra la presente Resolución se podrá interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado en el plazo de un mes desde su publicación o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde su publicación, ante el órgano judicial competente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
Madrid, 13 de noviembre de 2019.–El Subsecretario de Industria, Comercio y Turismo, Fernando Valdés Verelst.
Agència Estatal Butlletí Oficial de l'Estat
Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid