En relación con la Resolución de 16 de abril de 2019, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se aprueba la segunda convocatoria para la selección de operaciones que se financiarán con el Fondo Social Europeo en el marco del Programa Operativo de Inclusión Social y Economía Social, y con la Resolución de 20 de septiembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Empleo, por la que se publica la relación definitiva de proyectos aprobados en el marco de dicha convocatoria, se publican a continuación las operaciones que figuraban en la lista de reserva y que han sido seleccionadas en aplicación del apartado 9 del artículo 6 de la convocatoria:
Entidades solicitantes |
Nombre de la operación |
Prioridad de inversión |
Objetivo específico |
Presupuesto de ayuda FSE asignado – Euros |
---|---|---|---|---|
Confederación de Centros de Desarrollo Rural. | Itinerarios integrados para luchar contra la despoblación rural. | 9.1 | 9.1.1 | 3.425.000,00 |
Fundación Acción Contra el Hambre. | Vives Proyecto: Itinerarios de equipos de inclusión. | 9.1 | 9.1.1 | 7.124.645,06 |
La asignación de ayuda del Fondo Social Europeo recogida en el cuadro precedente no genera derecho al cobro del presupuesto señalado, el cual queda sujeto, en última instancia, al reembolso efectivo de los gastos por parte de la Comisión Europea, siempre que se cumplan las normas de elegibilidad, justificación y reembolso de gastos, fijadas a tal efecto en el Reglamento (UE) 1303/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establecen las disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y en el Reglamento (UE) 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre, relativo al Fondo Social Europeo relativo al Fondo Social Europeo.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, y con arreglo a lo dispuesto en el artículo 13.3 de la Resolución de Convocatoria de 16 de abril de 2019, puede interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante la Secretaria de Estado de Empleo en el plazo de un mes a partir del día siguiente de la notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Tal y como se establece en el artículo 13.4 de la convocatoria, sin perjuicio de lo anterior, contra la presente Resolución cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11 de Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 13 de noviembre de 2019.–La Secretaría de Estado de Empleo, Yolanda Valdeolivas García.
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