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Mediante Orden JUS/438/2013, de 21 de febrero, del Ministerio de Justicia, en cumplimiento de la Sentencia n.º 51/12 del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 2 de Carlet y por Sentencia 57/2013 de la Audiencia Provincial, Sección Quinta de Valencia, doña Inmaculada Fort Fayos perdió su condición de funcionaria.
Esta Secretaría de Estado de Justicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 493 de la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, así como de los artículos 76.3 y siguientes aprobados por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, el Reglamento de Ingreso, provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, y en virtud de la Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero, por la que se delegan competencias de la Ministra y se aprueban las delegaciones de competencias de otros órganos del Ministerio de Justicia, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 81 del citado Reglamento, tras el vencimiento del plazo sin haberse dictado resolución, ha resuelto estimar la solicitud de la rehabilitación, por silencio administrativo, en el Cuerpo o Escala de Tramitación Procesal y Administrativo de la Administración de Justicia de doña Inmaculada Fort Fayos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su notificación, de conformidad con el artículo 11.a) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. También podrá ser recurrida potestativamente en reposición ante el mismo Órgano que la dictó, en el plazo de un mes, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, 31 de octubre de 2019.–La Ministra de Justicia, P.D. (Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero), el Secretario de Estado de Justicia, Manuel Dolz Lago.
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