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Documento BOE-A-2019-18138

Resolución de 7 de junio de 2019, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se certifica un captador solar, fabricado por Fabrisolia, SLU.

Publicado en:
«BOE» núm. 303, de 18 de diciembre de 2019, páginas 136575 a 136577 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio para la Transición Ecológica
Referencia:
BOE-A-2019-18138

TEXTO ORIGINAL

Recibida en la Secretaría de Estado de Energía la solicitud presentada por Baxi Calefacción SLU, con domicilio social en López de Hoyos, 35, 28002-Madrid, Madrid, para la certificación de 1 captador/es, fabricado/os por Fabrisolia SLU en su instalación industrial ubicada en España.

Resultando que por el interesado se han presentado los dictámenes técnicos:

Laboratorio Emisor Clave
CENER 30.3502.0

Habiendo presentado asimismo el interesado certificado en el que la entidad AENOR confirma que Fabrisolia SLU, cumple los requisitos de calidad exigibles de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas para paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014 de 11 de diciembre.

Y que por todo lo anterior se ha hecho constar que el tipo o modelo presentado cumplen todas las especificaciones sobre exigencias técnicas de los paneles solares con arreglo a su última actualización por la Orden IET/2366/2014 de 11 de diciembre.

Esta Secretaría de Estado de Energía, de acuerdo con lo establecido en la referida disposición ha resuelto certificar los citados productos, con las contraseñas de certificación:

Modelo Contraseña
Mediterráneo Slim PV NPS-4619

Y con fecha de caducidad dos años después de la fecha de Resolución.

La identificación, características técnicas, especificaciones generales y datos resumen del informe del ensayo de los modelos o tipos certificados son las que se indican a continuación.

Esta certificación se ajusta a las normas e instrucciones técnicas complementarias para la homologación de los paneles solares, actualizadas por la Orden IET/2366/2014, de 11 de diciembre. Asimismo, el producto deberá cumplir cualquier otro reglamento o disposición que le sea aplicable.

El incumplimiento de cualquiera de las condiciones fundamentales en las que se basa la concesión de esta certificación dará lugar a la suspensión cautelar automática de la misma, independientemente de su posterior anulación, en su caso, y sin perjuicio de las responsabilidades legales que de ello pudieran derivarse.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

También podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el titular de la Secretaría de Estado de Energía en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, significando que, en caso de presentar recurso de reposición, no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el recurso de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 123.2 de la citada ley.

Para el cómputo de los plazos por meses habrá de estarse a lo dispuesto en el artículo 30.4 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

1. Modelo con contraseña NPS-4619

Identificación:

Fabricante: Fabrisolia SLU.

Nombre comercial: Mediterráneo Slim PV.

Tipo de captador: Calentamiento líquido, con cubierta.

Año de producción: 2019.

Dimensiones:

Longitud: 1640 mm.

Ancho: 990 mm.

Alto: 46 mm.

Área Apertura: 1,53 m2.

Área Absorbedor: 1,49 m2.

Área Total: 1,62 m2.

Especificaciones Generales:

Peso: Kg

Presión de funcionamiento máximo: atm.

Fluido de transferencia de calor: agua.

Resultados del Ensayo:

Caudal: Kg/(sm²).

Modificador ángulo incidencia: (Kθ(50º)).

Rendimiento (basado en el área total):

    Desviación típica (+/ -) Unidades
ɳo,hem 0,744 0,005  
ɳo,b(estimado) 0,750 0,000  
a1 3,750 0,340 W/(m²K)
a2 0,014 0,006 W/(m²K²)

Producción de potencia por unidad de captador (W):

Tm - Ta en K 400 W/m² 700 W/m² 1000 W/m²
0 1199 830 459
10 1136 767 396
20 1068 699 328
30 996 627 256
50 837 468 97
70 660 291 0

Madrid, 7 de junio de 2019.–La Directora General de Política Energética y Minas, María Jesús Martín Martínez.

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