Visto el expediente de indulto de don Manuel Miguel Moreno Gil, condenado por la Audiencia Provincial de Córdoba, sección primera, en sentencia de 15 de marzo de 2011, como autor de un delito contra la salud pública a la pena de tres años de prisión, con la pena accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 6.288,21 euros, por hechos cometidos en el año 2010, en el que se han considerado los informes del Tribunal sentenciador y del Ministerio Fiscal, estimando que, atendiendo a las circunstancias del condenado y de acuerdo a la información que obra en el citado expediente, concurren razones de justicia y equidad, a propuesta de la Ministra de Justicia, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 8 de febrero de 2019,
Vengo en conmutar a don Manuel Miguel Moreno Gil la pena privativa de libertad impuesta por otra de dos años de prisión, a condición de que no vuelva a cometer delito doloso en el plazo de tres años desde la publicación del Real Decreto.
Dado en Madrid, el 8 de febrero de 2019.
FELIPE R.
La Ministra de Justicia,
DOLORES DELGADO GARCÍA
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