Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, en relación con el Capítulo III del Título III del Reglamento general de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
Esta Subsecretaría acuerda anunciar la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de trabajo que se relaciona en el anexo I de la presente Resolución, con arreglo a las siguientes bases:
El puesto de trabajo que se convoca por la presente Resolución podrá ser solicitado por los funcionarios que reúnan los requisitos establecidos para el desempeño del mismo.
Los interesados dirigirán sus solicitudes a la Subsecretaría de Sanidad, Consumo y Bienestar Social (Subdirección General de Recursos Humanos) Paseo del Prado, 18-20, 28014 Madrid, ajustándose al modelo publicado como Anexo II de la presente Resolución, y se presentarán en el Registro General del Departamento en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», o en los lugares a que se refiere el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Además de los datos personales, número de Registro de Personal y destino actual, los aspirantes deberán acompañar a su escrito un curriculum vitae en el que harán constar:
a) Títulos académicos.
b) Puestos de trabajo desempeñados, tanto en la Administración Pública, como en la empresa privada, en su caso.
c) Estudios y cursos realizados, conocimiento de idiomas y cuantas otras circunstancias estime el aspirante oportuno poner de manifiesto.
A la citada solicitud podrán los aspirantes acompañar, en todo caso, aquellas publicaciones, informes o cualquier otra documentación que permita apreciar las especificaciones del puesto.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el órgano que dicta el acto, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, de acuerdo con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Madrid, 31 de enero de 2019.–El Subsecretario de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, Alfredo González Gómez.
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