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Documento BOE-A-2019-2207

Resolución de 12 de febrero de 2019, de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., por la que se publica la modificación del Convenio con la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir, para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de máster.

Publicado en:
«BOE» núm. 42, de 18 de febrero de 2019, páginas 15652 a 15654 (3 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Industria, Comercio y Turismo
Referencia:
BOE-A-2019-2207

TEXTO ORIGINAL

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la modificación, más arriba referida, que ha sido firmada el 12 de febrero entre ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. y la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de máster.

Madrid, 12 de febrero de 2019.–La Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, María Peña Mateos.

ANEXO
Modificación al Convenio suscrito el 29 de enero de 2018 entre la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir e ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. para la realización de prácticas académicas externas para estudiantes de máster

A 12 de febrero de 2019.

De una parte, el Excmo. Sr. don José Manuel Pagán Agulló, Rector Magnífico de la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir (en lo sucesivo, la Universidad), con CIF G97025787 y domicilio en 46001 Valencia, en la Plaza Santa Úrsula, n.º 2, inscrita en la Sección Especial del Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia bajo el número 000534. Se halla facultado para este acto en virtud de los Estatutos de la Universidad, habiendo sido nombrado para el cargo por el Gran Canciller de la Universidad, en fecha 30 de mayo de 2018, con facultades suficientes según consta en documento público otorgado ante el Notario de Valencia don Joaquín Borrell García, en fecha 18 de junio de 2018, bajo el número 2.050 de su protocolo.

Y de otra parte, doña María Peña Mateos, Consejera Delegada de ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P. (en adelante, ICEX), entidad pública empresarial adscrita al Ministerio de Industria, Comercio y Turismo a través de la Secretaría de Estado de Comercio, con sede en Madrid, Paseo de la Castellana, número 278 y provista de NIF Q2891001F. La Sra. Peña actúa en nombre y representación de ICEX en virtud de su nombramiento efectuado por Real Decreto 848/2018, de 6 de julio (publicado en «BOE» número 164, de 7 de julio de 2018), y de las atribuciones que tiene conferidas por delegación del Consejo de Administración de la entidad mediante Resolución de 30 de mayo de 2018 («BOE» número 151, de 22 de junio de 2018).

La Universidad e ICEX serán denominados conjuntamente como las Partes e individualmente cada una de ellas como la Parte.

Ambas Partes se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente para suscribir el presente documento, y a tal efecto

EXPONEN

I. Que, las Partes suscribieron el 29 de enero de 2018 un Convenio al objeto de establecer el Programa de Prácticas Académicas Externas (en adelante, el Programa) para la realización de prácticas formativas, sin relación laboral, en los centros de actuación de ICEX en España, para estudiantes de másteres de la Universidad, tanto oficiales como propios (en adelante, el Convenio).

II. Que, en la cláusula décima del Convenio se establece que el mismo puede ser objeto de modificación por acuerdo expreso de las Partes.

III. Que, es voluntad de las Partes modificar el Convenio al objeto de recoger en la regulación sobre el régimen económico del Programa: por un lado, un apoyo económico adicional para aquellos estudiantes que participen en el Programa y que lo finalicen satisfactoriamente; y, por otro, que será ICEX quien abone el apoyo económico que reciben los estudiantes suprimiendo así la posibilidad de que sea un tercero a través de un patrocinio o instrumento similar.

IV. En consecuencia, las Partes, de común acuerdo, deciden suscribir la presente Modificación al Convenio (en lo sucesivo, la Modificación) que se regirá mediante las siguientes

ESTIPULACIONES

Primera. Carácter de la Modificación.

Las Partes declaran el carácter modificativo parcial y no extintivo de la presente Modificación en relación con el Convenio, quedando subsistente en todo lo no previsto expresamente en este documento lo dispuesto en el Convenio, el cual las Partes expresamente ratifican y del que el presente documento forma parte integrante e inseparable.

Segunda. Objeto.

Las Partes acuerdan modificar la cláusula tercera del Convenio donde se regula el «Régimen económico del Programa» al objeto de recoger la posibilidad de que los estudiantes en prácticas que participan en el Programa puedan recibir un apoyo económico adicional a la finalización del mismo y de que el apoyo económico que reciben los estudiantes a lo largo del Programa sea abonado directamente por ICEX.

A estos efectos, la cláusula tercera del Convenio quedará redactada con el siguiente tenor literal:

«El estudiante en formación recibirá, a lo largo de la duración efectiva del Programa, apoyo económico directo por parte de ICEX.

El apoyo mensual neto que percibirá cada estudiante durante el periodo de prácticas que desarrolle en el ejercicio 2019 será de trescientos euros (300 €), exceptuando la última mensualidad del Programa, que se incrementará en trescientos euros (300 €) netos más para aquellos estudiantes que finalicen satisfactoriamente el 31 de julio el periodo de prácticas. Para poder percibir este incremento en la última mensualidad es requisito indispensable que la incorporación del estudiante al Programa se haya producido antes del 1 de marzo de 2019.

Para el resto de anualidades que pudieran producirse motivados por las posibles prórrogas al Convenio que pudieran suscribirse, estas cantidades podrán sufrir alguna variación, tanto al alza como a la baja, de conformidad con lo dispuesto en la convocatoria del Programa para cada uno de estos ejercicios y atendiendo a la disponibilidad presupuestaria de ICEX.

La Universidad incorporará al estudiante seleccionado en un Seguro Escolar o en una póliza colectiva de seguro de accidentes y responsabilidad civil que dé cobertura al estudiante durante el período de duración efectiva del Programa en caso de accidente del estudiante.»

Tercera. Entrada en vigor.

Lo acordado bajo la presente Modificación estará vigente durante la duración del Convenio. La Modificación se perfecciona en el momento de su firma y será eficaz una vez inscrito en el Registro Electrónico Estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del Sector Público Estatal y publicado en el «Boletín Oficial el Estado» («BOE»).

Y para que conste a los efectos oportunos, las Partes firman la presente Modificación a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el pie de firma, tomándose como fecha de formalización del presente documento la fecha del último firmante.–En Valencia, por la Universidad Católica de Valencia San Vicente Mártir, el Rector Magnífico, José Manuel Pagán Agulló.–En Madrid, por ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., M.P., la Consejera Delegada, María Peña Mateos.

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