Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de modificación del Convenio colectivo estatal de industrias lácteas y sus derivados, (código de convenio núm. 99003175011981), que fue suscrito con fecha 28 de enero de 2019, de una parte por la Federación Estatal de Industrias Lácteas (FENIL), en representación de las empresas del sector, y, de otra, por los sindicatos CC.OO. y UGT, en representación de los trabajadores, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre («BOE» del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Ordenar la inscripción de la citada Acta en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión de Negociadora.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 20 de febrero de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.
– Por la representación empresarial-Federación Estatal de Industrias Lácteas (FENIL):
• D. Luis Calabozo Morán.
• D. Alejandro Martínez Mangas.
Asesores:
• Dña. Cristina Gonzalo Díaz.
• D. Manuel Pino Cruz.
– Por la representación social:
Por CCOO:
– D. José Vicente Canet Juan
Por UGT:
– D. Juan Carlos García Serrano
En la Ciudad de Madrid, a las 17.00 horas del día 28 de enero de 2019, se reúne la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo Estatal de Industrias Lácteas y sus derivados, en la sede social de la Federación Estatal de Industrias Lácteas, calle Ayala, n.º 10, con la asistencia de los miembros de la misma relacionados anteriormente, y
ACUERDAN
Iniciada la sesión ambas representaciones, ante la errata que figura en la transcripción de las Tablas Salariales definitivas de 2017, en lo que respecta al salario anual correspondiente al Jefe de área, se procede a la correspondiente subsanación, por lo que el salario anual del Jefe de equipo queda cifrado para el año 2017, de forma definitiva, en la cantidad de 19.982,31 euros.
En consecuencia la Tabla definitiva año 2017 que integra el Anexo III del Convenio Colectivo queda modificada en el anterior sentido.
Por unanimidad de los presentes se encomienda a la asesora de la parte empresarial, doña Cristina Gonzalo Díaz, para que pueda efectuar los trámites de subsanación, registro, depósito y publicación de la subsanación del Texto del Convenio, a los efectos previstos en el artículo 90 del Estatuto de los Trabajadores, autorizándole a firmar en su nombre cuantos documentos sean necesarios para ello.
Y no teniendo otros temas que tratar, se levanta la sesión a las 17.05 horas, extendiéndose la presente acta que es firmada por un miembro de cada una de las partes asistentes en prueba de conformidad, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.
Por la representación empresarial:
Por la representación social:
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