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Documento BOE-A-2019-3122

Orden JUS/229/2019, de 18 de febrero, por la que, en ejecución de sentencia, se modifica la Orden JUS/2050/2014, de 20 de octubre, por la que se resuelve el concurso de traslados entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden JUS/808/2014, de 29 de abril.

Publicado en:
«BOE» núm. 55, de 5 de marzo de 2019, páginas 21065 a 21066 (2 págs.)
Sección:
II. Autoridades y personal - A. Nombramientos, situaciones e incidencias
Departamento:
Ministerio de Justicia
Referencia:
BOE-A-2019-3122

TEXTO ORIGINAL

Vista la Sentencia dictada en la Apelación 1/2018, de fecha 29 de enero de 2019, por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, en virtud del recurso de apelación interpuesto por don José Francisco Ramos Alonso, contra la Sentencia n.º 128/2017, de 30 de octubre de 2017, dictada por el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo n.º 2, en el recurso Procedimiento Abreviado 56/2015-C, contra la Orden JUS/2050/2014, de 20 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 4 de noviembre) por la que se resolvía definitivamente el concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia anunciado por Orden JUS/808/2014, de 29 de abril («Boletín Oficial del Estado» de 19 de mayo).

Este Ministerio, en cumplimiento a dicha Sentencia, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 524 y siguientes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, modificada por la Ley Orgánica 19/2003, de 23 de diciembre y por ley Orgánica 4/2018, de 28 de diciembre; con los artículos 43 y siguientes y la disposición derogatoria única del Reglamento de Ingreso, Provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre; y con las bases de la convocatoria del concurso, ha dispuesto:

Primero.

En virtud de la Sentencia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Málaga, de 15 de marzo de 2017, se reconoció al interesado todos los efectos administrativos y económicos como Secretario judicial sustituto del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 de Puebla de Sanabria desde el 19 de marzo de 2014, y visto que la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional entiende que incide en el presente caso, se le debe modificar su situación en el Escalafón del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, descontándole de este último Cuerpo el período de tiempo comprendido entre el 19 de marzo de 2014 y el 6 de octubre de 2014, en que se le reconocen efectos administrativos y económicos como Secretario sustituto y no como Gestor Procesal.

Segundo.

Teniendo en cuenta lo indicado en el punto Primero, incluir en el concurso impugnado al citado funcionario con el modelo de instancia V-2, con una antigüedad en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, a 29 de mayo de 2014, fecha del último día de presentación de instancias, de 1.045 días, lo que le supone una baremación de 5,805557 puntos.

Tercero.

Una vez revisadas las peticiones realizadas en su instancia de participación en el concurso, se adjudica destino al funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, D. José Francisco Ramos Alonso, en la Unidad Procesal de Apoyo Directo de Melilla, Gestión PA Penal, con los efectos administrativos y económicos indicados en la Sentencia de la Audiencia Nacional.

Cuarto.

No procede remover de su puesto de trabajo al resto de funcionarios que pudieran verse afectados por la presente adjudicación de destino, pues se considera que han adquirido derechos que no son susceptibles de vulnerar, por seguridad jurídica, y dado el tiempo transcurrido.

Quinto.

Puesto que la presente Orden comporta, para el interesado, el reingreso al servicio activo a la Administración de Justicia en el Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, ya que procede desde la situación administrativa de excedencia voluntaria por prestación de servicios en el sector público, el plazo posesorio será de veinte días hábiles y deberá de computarse desde el día de la publicación de esta Orden en el «Boletín Oficial del Estado». Este plazo posesorio no será retribuido.

En el caso de que no quisiera que se interrumpiera su relación de servicio con la Administración de Justicia, bastará con que, dentro del plazo posesorio de veinte días hábiles tome posesión en el nuevo Cuerpo, teniéndole por cesado en su antiguo destino con la fecha inmediatamente anterior a la de su posesión en la nueva plaza de reingreso. Para ello, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para efectuar la toma de posesión, podrán solicitar a la Gerencia Territorial de Justicia de su actual destino, un permiso retribuido de dos días hábiles si hay cambio de localidad, salvo aquellos casos que hayan de desplazarse a Canarias, Islas Baleares o Ceuta y Melilla, en cuyo caso el permiso podrá ser de hasta tres días hábiles, debiendo disfrutarse, en cualquier caso, dentro del plazo posesorio. La toma de posesión en el nuevo destino se efectuará durante los días de permiso indicados.

Sexto.

Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante el Ministerio de Justicia, en el plazo de un mes, según lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses, según lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa; a contar desde el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 18 de febrero de 2019.–La Ministra de Justicia, P.D. (Orden JUS/125/2019, de 5 de febrero), el Secretario General de la Administración de Justicia, Antonio Viejo LLorente.

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