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Documento BOE-A-2019-3374

Resolución de 26 de febrero de 2019, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica la revisión económica para 2018 y tablas salariales para 2019 del Convenio colectivo estatal para las industrias de elaboración del arroz.

Publicado en:
«BOE» núm. 58, de 8 de marzo de 2019, páginas 22540 a 22543 (4 págs.)
Sección:
III. Otras disposiciones
Departamento:
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social
Referencia:
BOE-A-2019-3374
Permalink ELI:
https://www.boe.es/eli/es/res/2019/02/26/(3)

TEXTO ORIGINAL

Visto el texto del Acta en la que se contiene el acuerdo de revisión económica para 2018 y las tablas salariales para 2019 de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del Convenio colectivo estatal para las industrias de elaboración del arroz (código de Convenio: 99000335011981) publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 25 de octubre de 2017, Acta que fue suscrita con fecha 31 de enero de 2019, por la Comisión Paritaria de dicho Convenio colectivo, en la que están integradas la organización empresarial PYMEV-UNIADE y las organizaciones sindicales CC.OO. y UGT, firmantes de dicho Convenio en representación, respectivamente, de las empresas y trabajadores del sector, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, esta Dirección General de Trabajo resuelve:

Primero.

Ordenar la inscripción de la citada revisión salarial en el correspondiente Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación a la Comisión Negociadora.

Segundo.

Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 26 de febrero de 2019.–El Director General de Trabajo, Ángel Allué Buiza.

ACTA REVISIÓN CONVENIO COLECTIVO ESTATAL DE LA INDUSTRIA DEL ARROZ

Asistentes:

PYMEV-UNIADE:

Flor Lanero.

Moisés Tornadijo.

Pablo Albendea.

Lucía García.

CC.OO.:

José Vte. Canet.

UGT:

Yovana Sancho.

En Valencia en los locales de PYMEV siendo las 12: 00 h. del 31 de enero de 2019, tiene lugar la reunión de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo de la Industria de Elaboradores del Arroz, con la asistencia de las personas al margen relacionadas, para proceder a efectuar la revisión económica para 2018 y la confección de las tablas salariales para 2019 de acuerdo con lo establecido en el artículo 36 del convenio vigente.

En tal sentido, la Comisión Paritaria acuerda regularizar las tablas salariales de 2018 aplicando un incremento del 1,45% (1,20+0,25) sobre las tablas de 2017 definitivas, dando éstas como resultado las tablas salariales definitivas de 2018 a todos los efectos. Sobre estas tablas resultantes, se aplicará el incremento salarial para el año 2019 que es de un 1%, dando como resultado la tabla salarial provisional de dicho año.

Se adjuntan Tablas Salariales definitivas correspondientes a 2018 (Anexo I) y Tablas Salariales provisionales de 2019 (Anexo II) para su publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Se faculta a Lucía García Rodríguez para que realice las gestiones necesarias para la inscripción del presente acuerdo.

Se levanta la sesión siendo las 13: 00 horas, firmando en prueba de conformidad un representante de cada Organización.

UNIADE CC.OO. UGT

TABLA SALARIAL 2018

Definitiva

Categorías

Euros

Personal Técnico, Administrativo y Comercial

Nivel I

1.100,81

Nivel II

1.037,42

Nivel III

1.004,80

Nivel IV

1.004,80

Nivel V

955,91

Personal de Producción

Nivel I

33,51

Nivel II

34,59

Nivel III

32,61

Nivel IV

32,24

Nivel V

32,24

Nivel VI

31,86

Nivel VII

31,62

Nivel VIII

28,70

Personal de Soporte

Personal Servicios Generales

Nivel I

955,91

Nivel II

895,46

Personal de mantenimiento

Nivel I

34,59

Nivel II

32,24

Nivel III

31,86

Plus Convenio

6,48

Plus Transporte

3,25

Dietas

Completa

8,89

Media

4,45

Plus cuarto turno

80,00

Jubilación voluntaria

Cinco años de antelación a la edad legal vigente.

4.661,33

Cuatro años de antelación a la edad legal vigente

4.195,20

Tres años de antelación a la edad legal vigente

3.729,08

Dos años de antelación a la edad legal vigente

3.262,93

Un año de antelación a la edad legal vigente

2.542,62

Póliza de seguro

Indemnización por fallecimiento o invalidez permanente total

12.937,79

Indemnización por invalidez absoluta

18.174,39

TABLA SALARIAL 2019

Provisionales

Categorías

Euros

Personal Técnico, Administrativo y Comercial

Nivel I

1.111,82

Nivel II

1.047,79

Nivel III

1.014,85

Nivel IV

1.014,85

Nivel V

965,47

Personal de Producción

Nivel I

33,84

Nivel II

34,94

Nivel III

32,94

Nivel IV

32,57

Nivel V

32,57

Nivel VI

32,18

Nivel VII

31,93

Nivel VIII

28,99

Personal de Soporte

Personal Servicios Generales

Nivel I

965,47

Nivel II

904,41

Personal de mantenimiento

Nivel I

34,94

Nivel II

32,57

Nivel III

32,18

Plus Convenio

6,54

Plus Transporte

3,28

Dietas

Completa

8,98

Media

4,50

Plus cuarto turno

85,00

Jubilación voluntaria

Cinco años de antelación a la edad legal vigente

4.707,94

Cuatro años de antelación a la edad legal vigente

4.237,15

Tres años de antelación a la edad legal vigente

3.766,37

Dos años de antelación a la edad legal vigente

3.295,56

Un año de antelación a la edad legal vigente

2.568,05

Póliza de seguro

Indemnización por fallecimiento o invalidez permanente total

13.067,16

Indemnización por invalidez absoluta

18.356,13

ANÁLISIS

  • Rango: Resolución
  • Fecha de disposición: 26/02/2019
  • Fecha de publicación: 08/03/2019
Referencias anteriores
  • DE CONFORMIDAD con:
    • el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre (Ref. BOE-A-2015-11430).
    • el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo (Ref. BOE-A-2010-9274).
  • EN RELACIÓN con el Convenio publicado por Resolución de 10 de octubre de 2017 (Ref. BOE-A-2017-12233).
Materias
  • Arroz
  • Convenios colectivos

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